Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2006 (23/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 23 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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Cangallo II Etapa, ubicada en los distritos de MORDAZA de Lucanamarca, MORDAZA, Sancos, Sacsamarca, Huancaraylla, Cayara, Huaya, Canaria, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Saurama, Huambalpa, Carhuanca y Accomarca, provincias de MORDAZA Sancos, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM, en el sistema PSAD56, figuran en el Expediente; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 293-2003EM/DGAA de fecha 21 de MORDAZA de 2003, se aprobo el Estudio de Impacto Ambiental del Pequeno Sistema Electrico Cangallo II Etapa; Que, las obras de la linea de transmision de 22,9/13,2 kV PSE Cangallo II Etapa fueron concluidas y transferidas como aporte del Estado al capital de ADINELSA, segun consta en la Resolucion Ministerial Nº 405-2002-EM/DM de fecha 10 de setiembre de 2002, y en virtud del Contrato de Administracion Nº 001-98, suscrito el 19 de noviembre de 1998, ADINELSA ha entregado la administracion de las obras electricas del Pequeno Sistema Electrico a que se refiere la presente Resolucion, a favor de ELECTROCENTRO S.A.; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25º de la Ley de Concesiones Electricas y en los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, debido a que la transmision de energia electrica esta destinada al suministro de una MORDAZA de concesion de ELECTROCENTRO S.A. que pertenece a un Sistema MORDAZA, no es de aplicacion lo dispuesto en el articulo 122º de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 023-2006-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad - ELECTROCENTRO S.A., concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision 22,9/13,2 kV PSE Cangallo II Etapa, ubicada en los distritos de MORDAZA de Lucanamarca, MORDAZA, Sancos, Sacsamarca, Huancaraylla, Cayara, Huaya, Canar ia, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Saurama, Huambalpa, Carhuanca y Accomarca, provincias de MORDAZA Sancos, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3º de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Las caracteristicas principales de los bienes indispensables para operar la concesion son los siguientes:
Salida / Llegada de la Linea Electrica Tension (kV) Nº de Ternas Longitud (km) Ancho de Faja de servidumbre que corresponde (m) 11 11 6 6 6 6 6 11 11 6 6 6 6 6 6 6 6

Articulo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesion Nº 272-2006 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad ELECTROCENTRO S.A., el que consta de 17 clausulas y 3 anexos. Articulo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica que de origen el Contrato de Concesion Nº 272-2006, referido en el articulo 3º de esta Resolucion, en cumplimiento del articulo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, confor me al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 05368 RESOLUCION SUPREMA Nº 017-2006-EM MORDAZA, 22 de marzo de 2006 VISTO: El Expediente Nº 14126902, organizado por EMPRESA DE GENERACION DE ENERGIA ELECTRICA DEL CENTRO S.A. - EGECEN S.A., sobre concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision de 220 kV CH Yuncan (SE MORDAZA Isabel) SE Nueva Carhuamayo, y la solicitud de modificacion del Contrato de Concesion Nº 203-2002, presentada el 6 de octubre de 2005; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 056-2002EM, publicada el 21 de diciembre de 2002, se otorgo a favor de EGECEN S.A. concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision de 220 kV CH Yuncan (SE MORDAZA Isabel) - SE Nueva Carhuamayo, ubicada en los distritos de Paucartambo y MORDAZA, provincias y departamentos de Pasco y MORDAZA, respectivamente, aprobandose el Contrato de Concesion Nº 203-2002, elevado a Escritura Publica el 31 de enero de 2003, modificado por minuta elevada a Escritura Publica el 21 de enero de 2005, aprobada por Resolucion Suprema Nº 059-2004-EM quedando modificado el ultimo parrafo del numeral 6.2.11 de la Clausula Sexta del Contrato de Concesion, ampliandose el plazo de culminacion de las obras de la Central hasta el 7 de octubre de 2005; Que, mediante documentos presentados el 6 de octubre de 2005 y el 23 de diciembre de 2005, EGECEN S.A. solicito nuevamente la modificacion del ultimo parrafo del numeral 6.2.11 de la Clausula Sexta del Contrato de Concesion, en el aspecto referido a la ampliacion del plazo para la ejecucion de las obras de la Linea de Transmision hasta el 28 de febrero de 2006, sustentando su solicitud en causas de fuerza mayor que han impedido la continuacion de la ejecucion de las obras de acuerdo al Cronograma de Obras; cumpliendo con presentar el MORDAZA Cronograma de Ejecucion de Obras y extendiendo la vigencia de la garantia hasta el 31 de marzo de 2006;

MORDAZA MORDAZA - Saurama Cayara - Taca Derivacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Derivacion Independencia Derivacion Carhuanca Derivacion Huambalpa Derivacion Accomarca Circamarca - MORDAZA MORDAZA - Sacsamarca Derivacion San MORDAZA de MORDAZA Derivacion Pallca Derivacion Taulle Derivacion MORDAZA MORDAZA de Ccocha Derivacion San MORDAZA de Julo Derivacion Erpa Derivacion Asca Derivacion Colcabamba

22,9/13,2 01 22,9/13,2 01 13,2 01 conductor 13,2 13,2 13,2 13,2 22,9/13,2 22,9/13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 01 01 01 01 conductor conductor conductor conductor 01 01 01 conductor 01 conductor 01 conductor 01 conductor 01 conductor 01 conductor 01 conductor 01 conductor

9,80 21,84 16,98 17,05 6,71 6,28 7,63 28,90 27,40 1,20 8,47 7,79 5,22 1,28 1,52 0,72 2,60

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