Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2006 (25/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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328890

NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 25 de setiembre de 2006

fecha 4 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Este; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Vista, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Este denego la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, presentada por la organizacion politica local "Armando el Progreso", senalando que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Palomarez es candidato a regidor y simultaneamente personero legal alterno de esta organizacion ante dicho MORDAZA, situacion que se encuentra prohibida conforme al articulo 141º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, el recurrente expone que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Palomarez ostento el cargo de personero legal alterno de esta organizacion hasta el 29 de agosto de 2006, fecha en que renuncio, con el fin de postular como candidato a regidor, e inscribiendose como tal 24 horas despues; Que, con fecha 29 de agosto de 2006, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Palomarez presento ante la organizacion "Armando el Progreso", su renuncia al cargo de personero legal alterno, realizandose en la misma fecha una asamblea distrital ante el Notario MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en que se acuerda aceptar tal decision y nombrar al reemplazo del mencionado personero, como es de verse de la MORDAZA legalizada notarialmente de carta de renuncia y MORDAZA certificada del acta de asamblea distrital adjuntadas con el recurso impugnatorio; por consiguiente, habiendose presentado la solicitud de inscripcion con fecha 30 de agosto de 2006, en este caso no se da el supuesto previsto en el articulo 141º de la Ley Nº 26859; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como tarea administrar justicia en MORDAZA instancia, en los procesos electorales, conforme lo senalan sus atribuciones establecidas por los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular de la organizacion politica local "Armando el Progreso"; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 078-2006-JEELIMA ESTE/ERM de fecha 4 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Este, y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos de tal agrupacion para el Concejo Distrital de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver el expediente en el dia al MORDAZA Electoral Especial de origen, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 02411-1 RESOLUCION Nº 1860-2006-JNE Expediente Nº 1619-2006

Independencia, provincia y departamento de MORDAZA, para las Elecciones Municipales del ano 2006; CONSIDERANDO: Que, la resolucion apelada denego la admision a tramite de la solicitud de inscripcion referida en el visto, al no cumplir con la cuota de jovenes, toda vez que se ha presentado solo 2 siendo que para el distrito de Independencia conforme a ley le corresponde 3; Que, el recurrente expresa como agravios, que se ha conformado la lista presentada conforme a la cuota que establece la Ley del Concejal Joven y la precision del articulo 4º y 5º de la Resolucion Nº 1338-2006-JNE, por lo que debe considerarse que se ha cumplido con el mencionado requisito; Que, la Ley Nº 28869 - Ley que Promueve la Participacion de la Juventud en las Listas de Regidores Provinciales y Municipales, dispuso que la lista de candidatos a los concejos municipales que presente cada organizacion politica debe contener, entre otros, no menos de veinte por ciento de ciudadanos o ciudadanas jovenes menores de veintinueve anos de edad; estableciendo como excepcion, que en las elecciones municipales correspondientes al ano 2006, la aplicacion de la cuota de ciudadanos y ciudadanas jovenes menores de 29 anos, podia asignarse de la MORDAZA parte del total de candidatos que serian designados directamente segun lo dispuesto por el articulo 24º de la Ley Nº 28094; Que, conforme a las precisiones de los articulo 4º y 5º de la Resolucion Nº 1338-2006-JNE, los partidos politicos que cuenten o no, con candidatos jovenes como consecuencia de sus procesos de democracia interna, excepcionalmente y para este MORDAZA podran presentar como cuota de jovenes el equivalente a no mas de la MORDAZA parte del numero total de regidores del concejo municipal escogido por designacion directa; estableciendose que para los concejos municipales con 11 regidores, pueden designarse directamente hasta 2; siendo que el Concejo Distrital de Independencia esta integrada por 11 regidores, al tener la lista presentada dos candidatos jovenes, debe considerarse por cumplido con el requisito senalado; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, conforme a sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Partido Aprista Peruano"; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 78-2006-JEE/LN, de fecha 31 de agosto de 2006; y reformandola, disponer se ADMITA TRAMITE la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos a los cargos de MORDAZA y regidores del Concejo Distrital de Independencia, provincia y departamento de MORDAZA, para las Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente para la prosecucion de su tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 02411-4

MORDAZA, 18 de setiembre de 2006 VISTO: en Audiencia Publica del 18 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por Rember MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal del partido politico "Partido Aprista Peruano", contra la Resolucion Nº 78-2006-JEE/LN, de fecha 31 de agosto de 2006, que deniega la admision a tramite de la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos a los cargos de MORDAZA y regidores del Concejo Distrital de RESOLUCION Nº 1861-2006-JNE Exp. Nº 1620-2006 MORDAZA, 18 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 18 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por la

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