Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2007 (05/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

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el plazo senalado sin que se hubiera realizado la modificacion del MORDAZA, operara la derogacion de aquellas disposiciones que contravengan los procedimientos, requisitos y demas disposiciones previstas en la referida Ley; Que, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, tiene como proposito institucional lograr el desarrollo economico y el crecimiento comercial ordenado del distrito; para ello integra, actualiza, armoniza y simplifica el MORDAZA normativo existente para que los procedimientos administrativos tendientes a obtener la licencia de funcionamiento en sus distintas modalidades, esten acordes con las necesidades de promocion empresarial y proteccion al vecino y, de esta manera, brindar orientacion y asesoramiento para la inversion, asi como lograr la calidad y eficiencia en el servicio al usuario; Que, de acuerdo a los Articulos 79° y 83º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, se otorga funciones especificas exclusivas a las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, encontrandose entre ellas el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de la apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificacion y; en materia de abastecimiento y comercializacion de productos y servicios, otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales; Que, el Articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, senala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Ordenanza Nº 235-MSS publicada con fecha 22.10.2005 y su modificatoria Ordenanza Nº 271-MSS publicada con fecha 20.10.2006, se aprobo el Reglamento General de Licencias Municipales de Funcionamiento; Que, a traves del Informe N° 280-2007-SGDE-MSS de fecha 20.07.2007, la Subgerencia de Desarrollo Economico, teniendo en cuenta la situacion actual, problematica y los aspectos tecnicos y legales, los cuales detalla, senala que ha elaborado el proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento General de Licencias y Autorizaciones de Funcionamiento, asimismo senala que el objetivo del mencionado proyecto de Ordenanza es regular el procedimiento administrativo tendiente a la obtencion de la licencia y autorizaciones de funcionamiento dentro de la jurisdiccion de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, adecuandola al MORDAZA normativo establecido en la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento ­ Ley Nº 28976- Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento; Que, del mismo modo indica que, se encuentra vigente la Ordenanza Nº 235-MSS mediante la cual se aprueba el Reglamento General de Licencias de Funcionamiento en la que ya se establecia una simplificacion administrativa, siendo este uno de los objetivos fundamentales de la Ley Nº 28976 en donde busca promover un MORDAZA normativo que facilite el desarrollo de las actividades economicas, brindando seguridad juridica a los agentes economicos y garantizando el respeto a la Ley, promoviendo la constitucion de negocios y su formalizacion, mejorando la eficiencia de la relacion Municipalidad ­ Inversionista asi como la generacion de una coyuntura favorable para el desarrollo local; Que, mediante Memorandum N° 725-2007-GDU-MSS de fecha 23.07.2007, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA remite el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento General de Licencias y Autorizaciones de Funcionamiento en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, senalando que el mismo ha sido elaborado por la Subgerencia de Desarrollo Economico en coordinacion con dicha Gerencia y, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 28976- Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, estableciendo un MORDAZA procedimiento simple y agil para el otorgamiento de las Licencias de funcionamiento en sus diversas modalidades; Que, es necesario adecuar la normatividad vigente a los lineamientos establecidos en la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, concordante con los dispositivos legales vigentes; Que, con Informe Nº 666-2007-OAJ-MSS, la Oficina de Asesoria Juridica senala que, mediante Ordenanza Nº 235-MSS y su modificatoria Ordenanza Nº 271-MSS se aprueba el Reglamento General de Licencias Municipales de Funcionamiento aplicable para la jurisdiccion de MORDAZA

de MORDAZA, siendo esta MORDAZA aprobada con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley N° 28976, por lo que algunas de sus disposiciones no se ajusta lo recientemente regulado, motivo por el cual resulta necesario adecuar el procedimiento administrativo de obtencion de licencia municipal de funcionamiento asi como el Texto Unico de Procedimiento Administrativo (TUPA) incorporando los procedimientos, requisitos y demas disposiciones previstos en la citada norma; Que, asimismo senala que, en el proyecto de Ordenanza presentado se regula los aspectos tecnicos y administrativos para la obtencion de la Licencia y autorizaciones de Funcionamiento en sus distintas modalidades para el desarrollo de actividades economicas, industriales, profesionales y de servicios, lucrativas o no lucrativas, con la finalidad de lograr el desarrollo economico y el crecimiento comercial ordenado del distrito el cual debe estar acorde con las necesidades de promocion empresarial y proteccion al vecino priorizando el caracter residencial del distrito, encontrandose el mismo dentro de los alcances establecidos en la Ley N° 28976 - Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, correspondiendo se apruebe la misma para su aplicacion dentro de la jurisdiccion de MORDAZA de Surco; Estando al Dictamen Conjunto Nº 021-2007-CGMCAJ-MSS, de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos, el Informe Nº 666-2007-OAJ-MSS, de la Oficina de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 13012007-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Memorandum Nº 725-2007-GDU-MSS, el Informe N° 280-2007-SGDEGDU-MSS de la Sub Gerencia de Desarrollo Economico, el Concejo Municipal conforme a las facultades establecidas en los Articulos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, los regidores presentes aprobaron por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE LICENCIAS Y AUTORIZACIONES DE FUNCIONAMIENTO EN EL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA TITULO I GENERALIDADES CAPITULO I CONTENIDO Y ALCANCES Articulo 1°.- CONTENIDO DE LA ORDENANZA La presente Ordenanza regula los aspectos tecnicos y administrativos que MORDAZA los procedimientos administrativos para la obtencion de la Licencia y Autorizaciones de Funcionamiento en sus distintas modalidades para el desarrollo de actividades economicas, industriales, profesionales y de servicios, lucrativas o no lucrativas, con la finalidad de lograr el desarrollo economico y el crecimiento comercial ordenado del distrito el cual debe estar acorde con las necesidades de promocion empresarial y proteccion al vecino priorizando el caracter residencial del distrito. Articulo 2°.- AMBITO DE APLICACION La presente Ordenanza rige en todo el ambito jurisdiccional del distrito de MORDAZA de Surco. Articulo 3°.- SUJETOS OBLIGADOS Estan obligados de manera previa a la apertura, o instalacion de establecimientos en los que se desarrollen actividades economicas, industriales, profesionales y de servicios, salvo los exceptuados en el articulo 15º de la presente Ordenanza, a obtener Licencia de Funcionamiento las personas naturales, juridicas o entes colectivos, nacionales o extranjeros, de derecho privado o publico, incluyendo empresas o entidades del estado, regionales o municipales, que desarrollen, con o sin finalidad de lucro, actividades de comercio, industriales y/o de servicios. Para ello deberan tramitarla conforme a los procedimientos y requisitos que se establecen en esta Ordenanza. CAPITULO II DEFINICIONES, CLASIFICACIONES Y COMPETENCIA Articulo 4°.- DEFINICIONES Para mejor entendimiento y uniformidad de criterios en la aplicacion de la presente Ordenanza, considerense las siguientes definiciones:

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