Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2007 (05/12/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 60

359110

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de diciembre de 2007

d) Utilizacion de los bienes y rentas de la Municipalidad en beneficio propio o de terceros. e) Cometer infidencia o actos contrarios a la confiabilidad y reserva de temas tratados en sesiones, que hayan sido considerados con esa categoria. f) Causar intencionalmente danos materiales en las instalaciones, obras, maquinarias, instrumentos, documentacion y demas bienes de la Municipalidad. g) No recibir las citaciones para asistir a las sesiones del Concejo. h) Inasistencia a tres sesiones extraordinarias consecutivas. i) Faltar a los actos civicos y protocolares programados por el aniversario patrio, el aniversario del distrito de Ancon y los demas que el Concejo estime conveniente, sin justificacion alguna. j) Falta de respeto a las actuaciones civicas y protocolares. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 139448-1

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA Articulo 1º.- OBJETIVO Establecer en la jurisdiccion de Cieneguilla, el Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria, para aquellos contribuyentes y/o administrados que mantengan obligaciones pendientes que se encuentren en via ordinaria o coactiva. Articulo 2º.- VIGENCIA El beneficio establecido entrara en vigencia a partir del 1º de diciembre hasta el 22 de diciembre del presente ano; a cuyo termino la administracion procedera a cobrar el integro de la deuda tributaria y no tributaria reajustada a la fecha de pago, asi como los gastos y costas procesales por procedimientos coactivos, de ser el caso, ademas de las sanciones que se deriven por el incumplimiento de la obligacion formal del contribuyente, en el caso de obligaciones tributarias. Articulo 3°.- REGIMEN DE BENEFICIOS El regimen de beneficios sera aplicado de la siguiente forma: 3.1 OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Condonese el 100% del interes moratorio y factor de reajuste del Impuesto Predial, Impuesto a los Espectaculos Publicos No Deportivos, Impuesto de Alcabala y multas tributarias pendientes de pago al 30 de noviembre del 2007, asimismo condonese las costas y gastos administrativos si la cobranza de la deuda se encuentra en la via coactiva. Condonese el 100% del interes moratorio y factor de reajuste de las cuotas vencidas de los fraccionamientos pendientes de pago al 30 de noviembre del 2007, asimismo condonese las costas y gastos administrativos si la cobranza de la deuda se encuentra en via coactiva. Condonese el 90% de las Multas Tributarias, a todos aquellos contribuyentes que cumplan con presentar la Declaracion Jurada por Omisiones o Rectificaciones del Impuesto Predial dentro del plazo de vigencia de la presente norma. Condonese el 90% de las Multas Tributarias, para aquellos contribuyentes a los que se les genero Resolucion de Multa, asi su cobranza se encuentre en la via coactiva. 3.2 OBLIGACIONES NO TRIBUTARIAS Condonese el 80% de la deuda insoluta por Multas Administrativas emitidas hasta el 30 de noviembre del 2007. Condonese las costas y gastos administrativos si la cobranza de la multa se encuentra en via coactiva. El pago de la Multa Administrativa, no implica la interrupcion del procedimiento que impone sanciones no pecuniarias, o la ejecucion de estas, segun sea el caso. Articulo 4° - BENEFICIO DE FRACCIONAMIENTO Condonese el 100% de los intereses moratorios que se hayan generado respecto de los Contratos de Fraccionamiento por obligaciones Tributarias y No Tributarias, suscritos por los contribuyentes por cada cuota pendiente de pago al 30 de noviembre del presente ano. Articulo5°.- DESESTIMIENTO Y RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA El pago al contado o en forma fraccionada de las deudas senaladas en la presente Ordenanza, implica el desistimiento automatico de la reclamacion, reconsideracion o apelacion, segun sea el MORDAZA de obligacion, que pudiera existir respecto de ellas. De la misma manera, el pago de aquellas deudas implica el reconocimiento expreso de la obligacion; por lo cual no podra presentar respecto de ellas reclamos futuros. Articulo 6°.- PAGO EFECTUADO Los contribuyentes que hayan realizado el pago, al contado o en forma fraccionada, de las obligaciones con

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Establecen beneficio de regularizacion tributaria y no tributaria
ORDENANZA N° 059-2007-MDC Cieneguilla, 29 de noviembre del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, en Sesion Ordinaria, de la fecha y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los Articulos 194° y 195º, literal c), de la Constitucion Politica del Peru, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, establece que pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el Articulo 41° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF, facultan excepcionalmente a los Gobiernos Locales a condonar con caracter general los intereses moratorios y las sanciones, respecto a los tributos que administran; Que, la Gerencia de Rentas mediante Informe N° 5132007-MDC-GR, ha solicitado y sustentado debidamente la necesidad de otorgar Beneficio Tributario y No Tributario, considerando los pedidos de los vecinos de la jurisdiccion. Que, la actual gestion Municipal, es consciente de la problematica economica ­ social de los contribuyentes del distrito, que dificulta el cumplimiento de sus obligaciones tributarias vencidas, por lo que es conveniente otorgar facilidades e incentivar a los contribuyentes que deseen regularizar su situacion. Estando a lo acordado y de conformidad con lo dispuesto por los Articulos 9°, 20° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades Ley 27972, con el MORDAZA unanime del Concejo Municipal en la sesion ordinaria de la fecha, aprobo la siguiente:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.