Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2007 (13/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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Articulo 2°.- Declarar infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por Interconexion Electrica ISA Peru S.A., contra la Resolucion OSINERGMIN N° 169-2007-OS/CD, en el extremo referido el "Tratamiento del SST de ISA PERU" por las razones expuestas en el numeral 2.1.2 de la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3°.- Modifiquese el Cargo por Peaje MORDAZA por Transmision Equivalente en Energia (CPSEE) de la Subestacion Base Pucallpa contenido en el Articulo 1°, Cuadro N° 1 de la Resolucion OSINERGMIN N° 169-2007OS/CD, por las razones expuestas en el numeral 2.3.2 de la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 4°.- Los valores resultantes de las modificaciones a efectuarse como consecuencia de lo dispuesto en el Articulo 3º, de la presente Resolucion, seran consignados en resolucion complementaria. Articulo 5°.- Incorporese los Informes Nº 0184-2007GART y Nº 0166-2007-GART, - Anexos, como parte integrante de la presente resolucion. Articulo 6°.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, junto con sus anexos, en la pagina WEB de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

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Precisan que la MORDAZA de estudios tecnico-economicos a que se refiere la Ley de Concesiones Electricas para el MORDAZA de Precios en MORDAZA del periodo MORDAZA 2008 - MORDAZA 2009, estara a cargo del Comite de Operacion Economica del Sistema (COES - SINAC)
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 319-2007-OS/CD
MORDAZA, 7 de junio de 2007 VISTOS El Informe N° 0171-2007-GART, presentado por la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (en adelante "OSINERGMIN"). CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, publicada el 23 de MORDAZA de 2006, se dispuso, en su Unica Disposicion Complementaria Modificatoria, la modificacion de diversos articulos y definiciones del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, siendo uno de los modificados el Articulo 51° de la referida ley, cuyo MORDAZA texto determina que los estudios tecnico economicos de las propuestas de los Precios en MORDAZA deban presentarse MORDAZA del 15 de noviembre de cada ano, debiendo efectuar los referidos estudios y MORDAZA de los mismos el Subcomite de Generadores y el Subcomite de Transmisores, en la actividad que les corresponda; Que, a efectos de incorporar las modificaciones al Procedimiento de Fijacion de Precios en MORDAZA, mediante Resolucion OSINERG N° 509-2006-OS/CD se dispuso sustituir el Anexo A de la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados", por el Anexo que forma parte integrante de la referida resolucion; Que, de conformidad con la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, el MORDAZA Comite de Operacion Economica del Sistema debe adecuarse y elegir a su MORDAZA Directorio con la estructura y caracteristicas establecidas en la mencionada Ley, dentro de los 120 dias siguientes a la fecha de publicacion del Reglamento; Que, la Decima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 28832, dispone que el Poder Ejecutivo expedira

la reglamentacion necesaria para la aplicacion de la citada Ley dentro de los 180 dias calendario siguientes a la fecha de su publicacion; Que, no habiendose expedido hasta la fecha el MORDAZA Reglamento del COES, es probable que, a la fecha de MORDAZA de los estudios tecnico-economicos de las propuestas de Precios en MORDAZA a que se refiere el MORDAZA articulo 51° de la Ley de Concesiones Electricas, no se hayan constituido los Subcomites de Generacion y Transmision, razon por la cual a efectos de evitar incertidumbres en los actores, corresponde autorizar excepcionalmente al actual Comite de Operacion Economica del Sistema (en adelante "COES-SINAC") a la MORDAZA de los estudios tecnico-economicos para el MORDAZA de Fijacion de Precios en MORDAZA del periodo MORDAZA 2008-abril 2009. Ademas, dada la cercania de la fecha de inicio del referido MORDAZA regulatorio, es necesario aprobar dicha autorizacion en el plazo mas breve. En consecuencia, es procedente efectuar dicha aprobacion exceptuandola de la prepublicacion prevista en el articulo 8° del Reglamento General del OSINERG, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; Que, al respecto, se ha emitido el Informe N° 01712007-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, el mismo que complementa la motivacion que sustenta la decision del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas; en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; y en lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. RESUELVE: Articulo Unico.- Para el MORDAZA de Precios en MORDAZA del periodo MORDAZA 2008 - MORDAZA 2009, la MORDAZA de los estudios tecnico-economicos a que se refiere el Articulo 51° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, estara a cargo del Comite de Operacion Economica del Sistema (COES-SINAC). MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

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Declaran no ha lugar pedido de nulidad contra el Oficio Nº 0371-2007-GART
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 320-2007-OS/CD
MORDAZA, 7 de junio de 2007 VISTOS: El correo electronico remitido por MORDAZA MORDAZA Patazca MORDAZA a OSINERGMIN el dia viernes 4 de MORDAZA de 2007, el Oficio N° 0371-2007-GART y la solicitud de nulidad presentada por la mencionada usuaria con fecha 21 de MORDAZA de 2007. 1. ANTECEDENTES: Que, con fecha 11 de MORDAZA de 2007, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano la Resolucion OSINERGMIN N° 168-2007-OS/CD (en adelante "Resolucion 168"), mediante la cual, entre otros, (i) se fijaron los Precios en MORDAZA para los suministros que se efectuen desde diversas Subestaciones de Generacion-Transporte y tarifas de transmision, asi como sus respectivas formulas de actualizacion, (ii) se fijaron las Compensaciones Anuales a asignar a cada una de las empresas distribuidoras que suministra energia electrica a usuarios regulados en los

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