Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2007 (13/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES
VISTO:

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de junio de 2007

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban Directiva sobre Procedimientos de Provision, Determinacion, Castigo y Quiebre de Deudas de Cobranza Dudosa y de Recuperacion Onerosa
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2007-ALC-MDL
Lince, 14 de MORDAZA de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE; VISTO el Memorando Nº 398-2007-MDL-GR de fecha 23 de MORDAZA de 2007, elaborado por la Gerencia de Rentas; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 27º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que la obligacion tributaria se extingue entre otros medios por Resolucion de la Administracion Tributaria sobre deudas de cobranza dudosa o de recuperacion onerosa; Que, por Ordenanza Nº 161-MDL de fecha 20 de MORDAZA de 2006, se determina la extincion de las deudas de recuperacion dudosa y en la Primera Disposicion Transitoria y Final de la indicada Ordenanza se faculta al MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza; Que, los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las Ordenanzas y sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal; Que, a traves del Informe Nº110-2007-MDL/GAJ de fecha 2 de MORDAZA de 2007, la Gerencia de Asesoria Juridica opina por la procedencia de emitir el Decreto correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Articulo 42º y el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Apruebese la Directiva sobre los PROCEDIMIENTOS DE PROVISION, DETERMINACION, CASTIGO Y QUIEBRE DE DEUDAS DE COBRANZA DUDOSA Y DE RECUPERACION ONEROSA de la Municipalidad de Lince, la misma que consta de 06 capitulos, 25 articulos y una Disposicion Final y cuyo texto forma parte del presente Decreto. Articulo Segundo.- Encarguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Rentas, a traves de las Jefaturas de Administracion Tributaria, de Fiscalizacion Tributaria, de Recaudacion y Control y Ejecucion Coactiva; a la Gerencia de Administracion y Gerencia de Informatica. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA

El Informe N° 078-07-SG-RRCC/MDSJL de fecha 14.05.2007, el Memorandum N° 0115-2007-GP/MDSJL de fecha 30.05.2007, el Memorandum N° 733-2007-GAF/ MSJL de fecha 01.06.2007, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 078-07-SG-RRCC/MDSJL de fecha 14.05.2007 emitido por la Sub Gerencia de Registro Civil se senala que se tiene programado llevar a cabo el Tercer Matrimonio Civil Comunitario para el dia 21 de MORDAZA del 2007, la misma que debera llevarse a cabo a 11:00 a.m. en el Modulo Siglo XXI del MORDAZA Zonal Wiracocha, ello aprovechando la proximidad a la celebracion de nuestro Aniversario de MORDAZA Patrias. Que, asimismo mediante Memorandum N° 0115-2007GP/MDSJL de fecha 30.05.2007 emitido por la Gerencia de Planificacion y ratificado por la Gerencia de Administracion y Finanzas mediante Memorandum N° 733-2007-GAF/MSJL de fecha 01.06.2007, se senala que existe disponibilidad presupuestaria en la Actividad 000640 Conduccion y Manejo de Registros Civiles hasta por la suma de S/. 6,825.00 (Seis Mil Ochocientos Veinticinco y 00/100 Nuevos Soles) para atender los gastos para la realizacion del Tercer Matrimonio Civil Comunitario previsto para el dia 21.07.2007. Que, el Articulo 252° del Codigo Civil vigente faculta al MORDAZA dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el articulo 248º del mismo cuerpo legal. Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades senala en su Articulo 42° que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal". Que, es objetivo primordial de la actual gestion municipal propiciar las bases solidas de formacion de la familia, contribuir a la consolidacion, fortalecimiento, proteccion y formalizacion como celula basica de la sociedad en MORDAZA con nuestro ordenamiento juridico, e igualmente es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vinculos de paternidad y proteccion a la familia que el MORDAZA juridico exige, y que en MORDAZA de lo consagrado por el Articulo 4° de nuestra Constitucion Politica, es obligacion del Estado promover y proteger a la familia por ser instituciones naturales y fundamentales de la sociedad. Por las consideraciones MORDAZA expuestas, y estando a establecido en el numeral 6 del Articulo 20° de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, y el Articulo 248° y 252° del Codigo Civil vigente; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR y EJECUTAR la ceremonia del Tercer Matrimonio Civil Comunitario, la misma que se llevara a cabo el dia sabado 21 de MORDAZA del 2007 a horas 11:00 a.m. en el Modulo Siglo XXI del Gran MORDAZA Zonal Wiracocha, ubicado en la Av. Proceres de la Independencia Cuadra 15 ­ San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Segundo.- DISPENSAR la publicacion de los avisos de Ley para el Matrimonio Civil Comunitario, realizandose una unica publicacion en el Diario Oficial El Peruano, indicando en forma generica el dia, la hora y el lugar donde se llevara a cabo el Matrimonio Civil Comunitario. Articulo Tercero.- AUTORIZAR la asignacion de una Partida Economica por la suma de S/. 6,825.00 (Seis Mil Ochocientos Veinticinco y 00/100 Nuevos Soles) para cubrir los gastos de la ceremonia, el cheque sera girado a nombre del Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Sub Gerente Registros Civiles, quien una vez concluida dicha actividad debera cumplir con realizar el rendimiento de gastos efectuados ante la unidad organica respectiva. Articulo Cuarto.- ESTABLECER como tarifa por Derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), los mismos que estaran disgregados de la siguiente manera: - POR GASTOS ADMINISTRATIVOS: Pagar en MORDAZA del Local Central por Expediente Matrimonial la suma de S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles).

71451-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban ceremonia del Matrimonio Civil Comunitario
DECRETO DE ALCALDIA N° 016 San MORDAZA de Lurigancho, 7 de junio del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO

Tercer

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