Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2007 (28/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de junio de 2007

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
Disponen mantener montos del Programa del Vaso de Leche a Municipalidades Provinciales y Distritales para la elaboracion de los Presupuestos Institucionales de Apertura de los Gobiernos Locales del Ano Fiscal 2008
DECRETO DE URGENCIA Nº 019-2007

sus Presupuestos Institucionales de Apertura para el Ano Fiscal 2008; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 19 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Recursos para el Programa del Vaso de Leche del Ano Fiscal 2008 Para la elaboracion de los Presupuestos Institucionales de Apertura de los Gobiernos Locales del Ano Fiscal 2008, se mantendra los mismos montos del Programa del Vaso de Leche que fueron comunicados a cada Municipalidad Provincial y Municipalidad Distrital del MORDAZA, para el Presupuesto Institucional de Apertura del Ano Fiscal 2007, incluyendo al distrito de Manantay de reciente creacion. Articulo 2º.- Aprobacion de los Indices de Distribucion La Comision Especial constituida por Decreto de Urgencia Nº 026-2006, validara la metodologia de actualizacion de los indices de distribucion del Programa del Vaso de Leche con la informacion de los Censos Nacionales: XI de Poblacion y VI de Vivienda que se llevara a cabo en el ano 2007, la cual sera aplicable a partir de la elaboracion del Presupuesto Institucional de Apertura del Ano Fiscal 2009. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de junio del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas
78679-1

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 7º de la Ley Nº 27470, Ley que establece normas complementarias para la ejecucion del Programa del Vaso de Leche, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas aprueba por resolucion ministerial los indices de distribucion de dicho Programa, debiendo considerar entre los criterios de distribucion, principalmente, los indices de pobreza y demografico; Que, el articulo 8º de la referida Ley dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas asigna mensualmente a las municipalidades del MORDAZA, los recursos que por concepto del Programa del Vaso de Leche se encuentren aprobados en la Ley Anual del Presupuesto Publico y conforme a la programacion mensual efectuada sobre la base del Presupuesto Institucional de Apertura; Que, actualmente el Ministerio de Economia y Finanzas se encuentra determinando los fondos publicos, entre los cuales se encuentran los recursos que financiaran el Programa del Vaso de Leche, a ser comunicados a las Municipalidades Provinciales y Municipalidades Distritales del MORDAZA para la elaboracion de sus Presupuestos institucionales de Apertura del Ano Fiscal 2008; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 026-2006 fue constituida una Comision Especial que tiene por funcion validar la metodologia de actualizacion de los indices de distribucion del Programa del Vaso de Leche; Que, en el Censo Poblacional del ano 2005 se ha considerado una limitada cobertura tematica que no permite caracterizar a la poblacion, segun lo senalado en los considerandos del Decreto Supremo Nº 0932006-PCM, MORDAZA que declara de prioridad nacional la ejecucion de los Censos Nacionales: XI de Poblacion y VI de Vivienda en el ano 2007; Que, la ejecucion del MORDAZA censo posibilitara disponer de estadisticas definitivas en el primer trimestre del ano 2008, haciendo mas eficiente la asignacion de los recursos del Estado, no contandose a la fecha con las herramientas necesarias para determinar los montos del Programa del Vaso de Leche del Ano Fiscal 2008 correspondiente a los Gobiernos Locales; Que, el articulo 15º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece dentro de las fases del MORDAZA presupuestario que los limites de los creditos presupuestarios estaran en funcion de la estimacion de ingresos que esperan percibir las Entidades, asi como los fondos publicos que le han sido determinados y comunicados por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, es necesario adoptar medidas de caracter economico y financiero de aplicacion inmediata para la determinacion de los montos del Programa del Vaso de Leche que le corresponde a cada Municipalidad Provincial y Municipalidad Distrital del MORDAZA, que les permita formular

ECONOMIA Y FINANZAS
Determinan criterios en base a los cuales se distribuiran recursos presupuestales y aprueban montos a asignarse a las Municipalidades Provinciales o Distritales de los departamentos de la Amazonia
DECRETO SUPREMO Nº 079-2007-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 978 se busca promover la inversion y el desarrollo de la Region MORDAZA y de la Amazonia, a fin de incrementar prioritariamente la infraestructura y gasto social en ellas, a traves de la transferencia de los recursos que se generen como consecuencia de la racionalizacion de las exoneraciones e incentivos tributarios en los departamentos, provincias y distritos comprendidos en dicha norma; Que, en el articulo 9° del Decreto Legislativo N° 978 se determinan los montos que se transferiran anualmente a la Cuenta Especial como consecuencia de la

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