Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2007 (09/03/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

341269

discapacidad, y el articulo 26º en su numeral 1) reconoce la igualdad de oportunidades sin discriminacion; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 015-2006MIMDES, declaro el periodo 2007-2016 como el "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Peru" con la finalidad de incentivar el conocimiento y reflexion a nivel nacional sobre el tema de la discapacidad, debiendo todos los sectores y niveles de gobierno impulsar programas, proyectos y acciones encaminados a alcanzar la inclusion y participacion plena de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la sociedad; Que, mediante Ley Nº 27050, se aprobo la Ley General de la Persona con Discapacidad, la cual conforme a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo de su articulo 33º senala como obligacion del Poder Ejecutivo, entre otros, contratar personas con discapacidad que reunan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporcion no inferior al tres por ciento (3%) de la totalidad de su personal; Que, en tal sentido resulta necesario emitir el acto administrativo correspondiente; Con las visaciones del Viceministro de Promocion del Empleo y la Micro y Pequena Empresa, del Secretario General y de la Directora General (e) de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto por el literal d) del Articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modificatorias; y la Resolucion Ministerial Nº 147-2005-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer que para el caso del Pliego del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, en conjunto con sus Unidades Ejecutoras la contratacion de personas con discapacidad no debera ser menor al cinco por ciento (5%) de la totalidad de su personal, en forma progresiva y con arreglo a la normatividad vigente y la disponibilidad presupuestal. Articulo 2º.- Establecer que en los Convenios para la Ejecucion de Proyectos que celebre el Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano" se incorporaran medidas promocionales para la participacion de las personas con discapacidad. Articulo 3º.- Establecer que el Programa de Capacitacion Laboral Juvenil ­ PROJoven, comprendera en cada Convocatoria programas especificos o modulos que tengan beneficiarios de los servicios de Capacitacion Laboral, a jovenes con discapacidad. Articulo 4°.- Encargar a la Direccion General de la Oficina de Administracion, para que a traves de la Oficina de Personal y en coordinacion con la Direccion Tecnica de Bienestar Laboral y Seguridad Social de la Direccion Nacional de Relaciones de Trabajo, en un plazo no menor de treinta (30) dias calendario remitan a la Secretaria General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, los lineamientos y/o criterios que deberan tomarse en cuenta a fin de que se dicten las medidas administrativas necesarias para el cumplimiento progresivo de lo dispuesto en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 5º.- El Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo en el MORDAZA del Decenio de las personas con Discapacidad invoca la participacion de las entidades del Sector Publico y del Sector Privado para realizar medidas promocionales de caracter laboral y de otra indole a favor de las personas con discapacidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo

VISTA, la solicitud formulada mediante Expediente Nº 2006-017483 por la empresa CABLE REAL S.R.L., para que se le otorgue concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico en el distrito de Cutervo, de la provincia de Cutervo, del departamento de Cajamarca; y en el distrito de Cajabamba, de la provincia de Cajabamba, del departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 126º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y sus modificatorias, establece que los servicios publicos de difusion se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 93º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios publicos de difusion se encuentra el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; Que, mediante Informes Nºs. 631-2006-MTC/17.01.ssp y 063-2007-MTC/17.01.ssp la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, es procedente la solicitud formulada por la empresa CABLE REAL S.R.L.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y sus modificatorias; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa CABLE REAL S.R.L. concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en la modalidad de cable alambrico u optico, por el plazo de veinte (20) anos en el area que comprende en el distrito de Cutervo, de la provincia de Cutervo, del departamento de Cajamarca; y en el distrito de Cajabamba, de la provincia de Cajabamba, del departamento de Cajamarca. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa CABLE REAL S.R.L. para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el que consta de veinticuatro (24) clausulas y tres (3) anexos y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo anterior, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

34748-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan concesion a persona juridica para prestar servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en localidades del departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 098-2007 MTC/03
MORDAZA, 6 de marzo de 2007

34146-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.