Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2007 (15/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de marzo de 2007

Que la Academia de la Magistratura es una persona juridica de derecho publico interno que forma parte del Poder Judicial y goza de autonomia administrativa, academica y economica; Que el Consejo Directivo es el mas alto Organo de Gobierno de la Academia de la Magistratura. Esta integrado por siete Consejeros, designados tres por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, dos por la Junta de Fiscales Supremos del Ministerio Publico, uno por el Consejo Nacional de la Magistratura y uno por la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Peru; Que el Pleno del Consejo Directivo tiene a su cargo el gobierno institucional, y esta representado por su Presidente; Que de conformidad con el articulo 5º de la Ley Organica de la Academia de la Magistratura, establece que el Presidente del Consejo Directivo, es elegido por la mayoria legal de sus miembros, por un periodo de dos anos; Que en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de la Academia de la Magistratura N° 26335, y por su Estatuto, aprobado mediante Resolucion N° 0222001-AMAG-CD, de conformidad con el mandato legal, y por el acuerdo adoptado en sesion del Pleno del Consejo Directivo del visto; RESUELVE: Articulo Primero.- PROCLAMAR a la senora Consejera, doctora MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA, Presidenta del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, para el Periodo Institucional 2007-2008. Articulo Segundo.- PROCLAMAR al senor Consejero, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, para el Periodo 2007-2008. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura Intervinieron: SS. Echaiz MORDAZA, Gladys; Presidenta; MORDAZA MORDAZA, Efrain; Vicepresidente; Sanchez-Palacios Paiva, Manuel; Sivina MORDAZA, Hugo; MORDAZA MORDAZA, Pablo; Sausa MORDAZA, Jose; Talavera MORDAZA, Pablo; Consejeros.

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo acordado por el Directorio en su sesion de 22 de febrero; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la mision en el exterior del Presidente, senor MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de Guatemala, Guatemala, del 16 al 21 de marzo y al pago de los gastos, a fin de que participe en las reuniones mencionadas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que irrogara dicho viaje es como sigue:
Pasaje Viaticos Tarifa unica de uso de aeropuerto: TOTAL US$ US$ US$ US$ 1100,68 1200,00 30,25 2330,93

Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA MORDAZA Presidente

36781-1

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Ratifican en el cargo a Vocales de la Corte Superior del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 015-2007-PCNM
MORDAZA, 28 de febrero de 2007 VISTO: El expediente de evaluacion y ratificacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso 2 del articulo 154 de la Constitucion Politica del Peru corresponde al Consejo Nacional de la Magistratura evaluar y ratificar a los jueces y fiscales de todos los niveles con una periodicidad de cada siete anos; Segundo: Que, mediante el MORDAZA de evaluacion y ratificacion, el Consejo Nacional de la Magistratura determina si un magistrado debe continuar o no en el cargo, bajo un MORDAZA distinto al disciplinario, esto es, evaluando si se justifica o no su permanencia en el servicio bajo los parametros de seguir observando la debida conducta e idoneidad propias de la funcion, tal como lo consagra el articulo 146º inciso 3 de la Constitucion Politica del Peru, debiendo entenderse que la decision acerca de que continue o no en el ejercicio del cargo exige que el magistrado evidencie una conducta caracterizada por la verdad, lealtad, probidad, independencia, imparcialidad, diligencia, decoro y rectitud, ademas de una capacitacion y actualizacion adecuada y permanente, como asimismo el fiel respeto y observancia a la Constitucion Politica del Estado y a las Leyes de la Republica; Tercero: Que, por Resolucion Nº 003-94 de 29 de MORDAZA de 1994, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue nombrado Vocal de la Corte Superior del Distrito Judicial de MORDAZA, habiendo prestado el juramento el 9 de MORDAZA de 1994, y mas adelante, por Resolucion N° 381-2002-CNM el Consejo Nacional de la Magistratura dejo sin efecto su nombramiento y cancelo su titulo de Vocal Superior en ejecucion del Acuerdo de Pleno en Sesion N° 670-2002 del 17 de MORDAZA de 2002 que decidio no ratificarlo; a posteriori, en merito al Acuerdo de Solucion Amistosa entre el Estado Peruano y la Comision Interamericana de Derechos Humanos, el Consejo Nacional de la Magistratura rehabilito el Titulo del Dr. MORDAZA MORDAZA mediante Resolucion N° 156-2006-CNM, siendo reincorporado en el cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA por Resolucion Administrativa

36775-1

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de Presidente del Directorio del BCRP a Guatemala para participar en reuniones convocadas por el BID
RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 005-2007-BCRP
MORDAZA, 13 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, se ha recibido invitacion del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para que el Presidente del Banco Central participe en la Reunion Anual de la Asamblea de Gobernadores 2007 y de la Corporacion Interamericana de Inversiones, a llevarse a cabo entre el 16 y el 20 de marzo en MORDAZA de Guatemala, Guatemala; Que, las citadas reuniones estan dirigidas a fortalecer el dialogo, intercambio de informacion y opiniones en temas relevantes sobre politica economica y monetaria en MORDAZA Latina, por lo que el Directorio ha considerado conveniente la participacion del Banco Central;

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