Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2007 (22/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 112

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de noviembre de 2007

5 de noviembre del 2007, relacionado a opinion sobre la Situacion de Emergencia; paso al orden del dia CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado, establece que las municipalidades, son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, a traves del informe de vistos la asesoria legal de esta municipalidad informa que Asesoria Juridica es de OPINION que los hechos expuestos en el Informe Tecnico Nº 052-2007-MDHchi, guardan las caracteristicas de una situacion de emergencia, por tanto la Municipalidad Distrital de MORDAZA, puede efectuar los procedimientos para la adquisicion de Maquinaria Pesada y Camion volquetes en forma definitiva, toda vez que no se trata de una adquisicion que no requiere de un MORDAZA posterior, al tratarse de maquinaria pesada y volquetes para solucionar una situacion de emergencia, originada por los continuos deslizamientos de cerros por las intensas precipitaciones pluviales en la MORDAZA, debiendo de acordarse la Adquisicion, razon por la que se hace necesaria que por acuerdo de concejo municipal se declare la situacion de emergencia contenida en el articulo 22º de la Ley y 142 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, de conformidad con el articulo 22º de la Ley, estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de Emergencia, declarada conforme a Ley, en tal sentido, el articulo 22º del mencionado cuerpo legal, se entiende como Situacion de Emergencia aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa Nacional en este caso la entidad queda exonerada de la tramitacion de expediente administrativo y podra ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la presente Ley. El reglamento establecera los mecanismos y plazos para la regularizacion del procedimiento correspondiente. Que, de conformidad con los articulos 142º, del D.S. Nº 084-2004-PCM, en la situacion de Emergencia detalla que la situacion de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional, debiendo la entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevivientes, despues de lo cual debera de convocar los procesos de seleccion que correspondan. Cuando no corresponda realizar un MORDAZA de seleccion posterior, en el informe tecnico legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la adquisicion o contratacion definitiva.

Que, de conformidad con los articulos 146º, del D.S. Nº 084-2004-PCM, del informe tecnico-legal previo en caso de exoneraciones, la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion. La necesidad de restablecer los servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, a fin de dar continuidad a los servicios esenciales que brinda la Entidad; en nuestro caso, se debe de adquirir las maquinarias pesadas y los camiones volquete; razon por la que el presente Acuerdo debera ser publicado en el diario Judicial de la MORDAZA de MORDAZA departamento de MORDAZA, dentro de los diez (10) dias de ejecutado el ultimo evento. Que, en virtud a lo expuesto, y teniendo presente que la implementacion de la adquisicion podria extenderse hasta fines del mes de Noviembre del presente ano, la Situacion de Emergencia debera declararse por unica vez; ello a fin de solucionar los problemas en forma inmediata. Que, en virtud de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ D.S. Nº 0832004-PCM y su Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ D.S. Nº 084-2004-PCM; SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR, en Situacion de Emergencia para la adquisicion de Maquinaria Pesada y Camion volquetes en forma definitiva, segun se detalla: - 01 Unidad Cargador Frontal - 01 Unidad Motoniveladora - 01 Unidad Rodillo vibrador liso - 01 Unidad Retroexcavadora - 02 Unidades Camion Volquetes de 15-20 m3 Articulo Segundo.- De conformidad con el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, deleguese al comite especial de adquisiciones y contrataciones, para efectuar la adquisicion de las maquinarias pesadas y de los camiones volquete. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a secretaria general la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el diario Judicial de la MORDAZA de MORDAZA ­ Departamento de MORDAZA, o en el periodico mural de la municipalidad dentro de los diez (10) dias habiles de la emision. Registrese, comuniquese y cumplase. FILOTER A. MORDAZA MORDAZA DNI Nº 32272055

135098-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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