Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2008 (05/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES

370111

MORDAZA Oliveros, en calidad de otorgante y en representacion del Gobierno Regional La MORDAZA, se constituyo la Empresa "ASFALTO Y AGREGADOS LA MORDAZA Sociedad Anonima Cerrada (ASAFALL SAC)". Que, la Administracion, a efectos de determinar la situacion en que se encuentra la Empresa "Asfalto y Agregados La MORDAZA SAC, constituyo una Comision Tecnica, la misma que mediante Oficio Nº 011-2007-GRA/ CA ha alcanzado el respectivo informe situacional, en que concluye que "ASFALL SAC, es un empresa que se encuentra en situacion irregular, por no haberse inscrito en Registros Publicos y por encontrarse a la fecha totalmente inoperativa, entre otros aspectos, irregularidades de orden societario, patrimonial, contable, financiero y tributario, que hacen inviable su funcionamiento. Que, de acuerdo a los resultados de dicha evaluacion, la Empresa Asfalto y Agregados La MORDAZA SAC debe ser disuelta y liquidada conforme a su propio Estatuto y de acuerdo a las normas de la Ley General de Sociedades. Que, Estatuto de la Empresa ASFALL SAC, en su Articulo Decimo Noveno prescribe que la disolucion y liquidacion de la Sociedad procede en los casos que la Ley General de Sociedad contempla, previo informe del Directorio, siendo una decision de competencia del Consejo Regional La Libertad. Que, para tal efecto, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1354-2007-GRLL-PRE de fecha 06 de MORDAZA del 2007, se ha reconstituido el Directorio de dicha empresa de acuerdo con la clausula septima de su Estatuto, con el unico objeto o finalidad de que este Directorio, emita el informe previo requerido por el Articulo Decimo Noveno de su Estatuto, para formalizar el Acuerdo de disolucion y liquidacion de la Sociedad y, de esa manera evitar observaciones sobre dicho procedimiento. Que, el Directorio a que se refiere la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1354-2007-GRLL-PRE, mediante Acta de Sesion celebra el dia 12 de MORDAZA del 2007, acordo por Unanimidad: Recomendar al Consejo Regional que apruebe una Ordenanza Regional disponiendo: 1. La derogatoria de la Ordenanza Nº 11-2003-CR de fecha 23 de diciembre del 2003, mediante la cual fue creada la empresa ASFALL SAC. 2. La disolucion y liquidacion de la Empresa "Asfalto y Agregados La MORDAZA SAC". 3. La conformacion de la respectiva Comision Liquidadora que para tal efecto se propone a los senores Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y Lic. MORDAZA MORDAZA Carrascal MORDAZA, quienes laboran en la Sede Central del GRLL. Que, en consecuencia, el Consejo Regional en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Organica de Gobiernos Regionales y de conformidad con el Articulo Decimo Noveno del Estatuto de ASAFALL SAC, procede disponer mediante Ordenanza Regional, la disolucion y liquidacion de la Empresa Publica Regional "ASFALTO Y AGREGADOS LA MORDAZA SAC (ASFALL SAC)", por no haber cumplido con los fines y objetivos de su creacion, por su situacion legal irregular, inoperatividad y demas situaciones irregularidades que hacen inviable su funcionamiento. Que, a tal efecto debe nombrarse o constituirse la respectiva Comision Liquidadora conforme a la propuesta efectuada por el Directorio, para que proceda con arreglo a ley. Que, en el mismo acto debe disponerse que el Organo de Control Institucional proceda a realizar una accion de control a efectos de deslindar las responsabilidades que hubieren respecto al manejo patrimonial, administrativo y financiero de dicha empresa. De conformidad con la Constitucion Politica del Peru de 1993, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Articulo 37º y Articulo 38º de la Ley Organica de Gobierno Regionales Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968 y, estando a lo acordado; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.DISPONER, la disolucion y liquidacion de la Empresa Publica Regional "Asfalto y Agregados La MORDAZA Sociedad Anonima Cerrada (ASFALL SAC)", la misma que en adelante se denominara "Asfalto y Agregados La MORDAZA Sociedad Anonima Cerrada en Liquidacion o ASFALL SAC en liquidacion". Articulo Segundo.- NOMBRAR Y/O CONSTITUIR, la respectiva Comision Liquidadora, la misma que estara integrada por los senores:

· Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira. · Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y · Lic. en Adm. MORDAZA MORDAZA Carrascal Cabanillas. Articulo Tercero.- LA COMISION LIQUIDADORA, por mandato legal, asume la representacion de la Empresa ASFALL SAC EN LIQUIDACION con todas las facultades y prerrogativas que la Ley establece hasta la disolucion y liquidacion total de la misma. Articulo Cuarto.- EL DIRECTORIO, a que se refiere la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1354-2007-GRLL-PRE, cesa automaticamente en sus funciones. Articulo Quinto.- DISPONER, que el Organo de Control Institucional realice una accion de control a efectos de deslindar las responsabilidades que hubieren respecto al manejo patrimonial, administrativo y financiero de la Empresa ASFALL SAC. Articulo Sexto.- DEROGAR, la Ordenanza Regional Nº 011-2003-CR/RLL de fecha 23 de diciembre del 2003. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional La MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los doce dias del mes de febrero del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado AL SENOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La MORDAZA a los doce dias del mes de febrero del ano dos mil ocho. JOSE. H. MORDAZA ZANNIER Presidente Regional

184108-7

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Ratifican articulo del Acuerdo N° 0242006-CR/GOB.REG.TACNA en lo referente a la dieta mensual de Consejeros Regionales
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 004-2008-CR/GOB.REG.TACNA
Tacna, 29 de marzo del 2008 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA CONSIDERANDO: Que, el articulo 15º literal f) de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, prescribe como atribucion del Consejo Regional, "Fijar la remuneracion mensual del Presidente y Vicepresidente y las dietas de los Consejeros"; asimismo el articulo 19º del mismo cuerpo legal, establece: "(...) Las dietas son fijadas por el Consejo Regional dentro del primer trimestre de cada ejercicio anual, (...)"; Que, la Ley Nº 28212 ­ Ley que desarrolla el articulo 39º de la Constitucion Politica en lo que se refiere a jerarquia y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado; en su articulo 3º senala: "Crease la Unidad Remunerativa del Sector Publico ­ URSP, que servira como referencia para el pago del las remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado, cuyo monto sera fijado por el Poder Ejecutivo (...)"; Que, el articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 0462006-PCM, establece el monto de la Unidad Remunerativa

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