Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2008 (07/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 7 de MORDAZA de 2008

Regidores: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Licarion MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Sr. CPC. MORDAZA MORDAZA Paita, MORDAZA de esta Comuna; NO encontrandose presente el Sr. Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, pese haber sido debidamente notificado con la citacion, a fin de tratar la unica Agenda que fue: Aprobar la vacancia al cargo de regidor del Concejo Distrital de Ulcumayo para el periodo municipal 2007 ­ 2010 de don: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, acto que realizaron conforme lo establece la Ley N° 27972 "Ley Organica de Municipalidades", Art. 13° Sesiones de Concejo, donde menciona que en la Sesion Extraordinaria solo se tratan de asuntos prefijados en la Agenda, la misma que tiene lugar cuando la convoca el MORDAZA o a solicitud de una tercera parte numero legal de sus miembros; Que, la remocion o vacancia del MORDAZA o regidores tiene su fundamento constitucional en el Art. 31° de la Constitucion Politica del Peru, el inciso 7 del Art. 22° y Art. 23° del cuerpo legal N° 27972, establece que la vacancia al cargo de MORDAZA o regidor es declarada por concejo municipal en los casos de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres meses; Asimismo la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho a la defensa. Que, el Acuerdo de Consejo, es la MORDAZA que contiene las decisiones que toma el Consejo, mediante el cual regula asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresa la voluntad del organo de

Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una Conducta o MORDAZA Institucional, Art. 41° de la Ley 27972 "Ley Organica de Municipalidades". En consecuencia estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el Inc. 10 del Art. 9°; de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros el Concejo; ACUERDA:

Articulo Primero.- APROBAR LA VACANCIA AL CARGO DE REGIDOR DEL CONCEJO DISTRITAL DE ULCUMAYO PARA EL PERIODO MUNICIPAL 2007 ­ 2010 DE DON: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por encontrarse incurso en las causales establecidas en el inciso 7 del Art. 22° de la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972. Articulo Segundo.- NOTIFICAR el presente Acuerdo Municipal a Don: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de que pueda hacer MORDAZA su derecho a la defensa dentro del plazo establecido por ley si lo considera pertinente. Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR la presente MORDAZA Municipal al MORDAZA Nacional de Elecciones, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PAITA MORDAZA 184286-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Oficial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicacion correspondiente deberan estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 5.- Si la entidad no remitiese la MORDAZA o sentencia en disquete, debera enviar el documento al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe 6.- Si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan estar trabajadas en EXCEL, con una linea por celda sin justificar y, si se agregasen graficos, su MORDAZA sera en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. LA DIRECCION

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