Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2008 (07/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 7 de MORDAZA de 2008

Articulo 1°.- Autorizar el viaje de la senorita Milagritos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a las ciudades de Guadalajara y Mexico, Estados Unidos Mexicanos, del 14 al 21 de MORDAZA de 2008, para que en representacion de PROMPERU lleve a cabo diversas acciones de promocion del turismo receptivo, durante los eventos mencionados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion se efectuaran con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU, de acuerdo al siguiente detalle: - Viaticos (US$ 220,00 x 7 dias) : US$ 1 540.00 - Pasajes Aereos : US$ 1 650.00 - Tarifa Corpac : US$ 30,25 Articulo 3°.- Dentro de los quince dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, la senorita Milagritos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presentara a la Titular del Pliego de PROMPERU un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante los eventos a los que asistira; asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Articulo 4°.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo 184730-3

inspeccionado se encuentra en "Riesgo Muy Alto" para el peligro de derrumbes, recomendando adoptar medidas inmediatas para evitar el colapso de viviendas en la MORDAZA afectada, por lo que resulta necesario reubicar y mejorar el Emisor Costanero MORDAZA mencionado; Que, existen razones de interes sectorial y local para proceder a la ejecucion de dichos proyectos de inversion publica, que justifican su tratamiento excepcional; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1.- Excepcion al cumplimiento de la fase de Preinversion del Ciclo del Proyecto a Proyectos de Inversion Publica Exceptuese del cumplimiento de la fase de preinversion del Ciclo del Proyecto a que se refiere la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica, incluida la declaracion de viabilidad, a los Proyectos de Inversion Publica siguientes: - Estabilizacion y reforzamiento de Taludes en la MORDAZA de descarga del Colector Costanero en el distrito de San Miguel. - Rehabilitacion de la MORDAZA de descarga del Colector Costanero en el distrito de La MORDAZA para la disposicion final de las aguas servidas; y, - Construccion de Infraestructura para el Tratamiento Preliminar de las Aguas Residuales en Taboada. Articulo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 184732-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Exceptuan Proyectos de Inversion Publica de la aplicacion de las normas del Sistema Nacional de Inversion Publica referidas a la fase de preinversion
DECRETO SUPREMO Nº 050-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27293 crea el Sistema Nacional de Inversion Publica con la finalidad de optimizar el uso de los recursos publicos destinados a la inversion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 10.4 del articulo 10º de dicha MORDAZA, la observancia del Ciclo del Proyecto es obligatoria y tal como lo senala el numeral 10.5 del articulo 10º de la misma Ley, cualquier excepcion a este se realiza a traves de un Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Sector correspondiente y por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, se han producido derrumbes en el acantilado natural en el que se encuentra instalada la descarga del Emisor Costanero en el distrito de San MORDAZA, habiendo quedado expuesto y en peligro de fracturarse y caerse, existiendo a la fecha, en caso de seguir funcionando, el riesgo que el peligro de fuga de las aguas servidas se incremente y sea incontrolable, pudiendo afectar la MORDAZA de las personas asi como la infraestructura de sus viviendas y la via publica; Que, producto de las inspecciones realizadas por el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI en la MORDAZA en la que se ubica la descarga del Emisor Costanero en mencion, se ha emitido el Informe de Estimacion de Riesgos Nº 008-2008-INDECI/10.2 del 6 de marzo del 2008, en el que se concluye, entre otros, que el terreno

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Aprueban el Convenio de Administracion de Recursos suscrito entre el MIMDES y el Programa Mundial de Alimentos PMA de las Naciones Unidas
RESOLUCION SUPREMA Nº 006-2008-MIMDES MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por la Vigesima Novena Disposicion Final de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante los Anos Fiscales 2007 y 2008, a suscribir Convenios de Administracion de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares, con organismos o instituciones internacionales, para encargarles la administracion de sus recursos; Que, dichas modalidades deben contar, previamente, con un Informe de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el que se demuestre las ventajas y beneficios de su concertacion, asi como la disponibilidad de los recursos para su financiamiento y asimismo, el Convenio referido debera aprobarse por Resolucion Suprema refrendada por el Ministro del Sector correspondiente. Este mismo procedimiento se empleara tambien para el caso de addendas, revisiones u otros, que amplien la vigencia, modifiquen o anadan metas no contempladas originalmente; Que, se ha determinado la existencia de poblaciones en situacion de pobreza, que han visto disminuido su poder adquisitivo debido a la reciente variacion de precios de los alimentos en los mercados, lo cual dificultaria considerablemente

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