Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2008 (10/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 10 de marzo de 2008

Hidrandina S.A. (en adelante "Hidrandina"), el Informe Tecnico Nº 0101-2008-GART y el Informe Legal Nº 01102008-GART, elaborados por la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (en adelante "GART") del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (en adelante "OSINERGMIN"). CONSIDERANDO: Que, mediante comunicacion GR-4041-2007, Hidrandina informo de la entrada en operacion comercial del MORDAZA sistema de distribucion electrica PSE Celendin II y III, solicitando la clasificacion del mismo; Que, mediante las comunicaciones GR-4471-2007 y GR5686-2007, Hidrandina remitio informacion complementaria solicitada por OSINERGMIN, a fin de realizar un analisis adecuado de la solicitud de clasificacion; Que, la Resolucion OSINERG Nº 157-2005-OS/CD, en su Articulo 3º, establece que los nuevos sistemas de distribucion electrica seran clasificados por OSINERGMIN, siendo necesario para tal efecto que la empresa de distribucion electrica remita la informacion comercial y tecnica que permita aplicar lo dispuesto en la Resolucion Directoral Nº 015-2004-EM/DGE; Que, la Resolucion Directoral Nº 015-2004-EM/DGE establece los sectores de distribucion tipicos, asi como el procedimiento de clasificacion de los sistemas de distribucion electrica correspondiente a la Fijacion de las Tarifas de Distribucion Electrica del periodo noviembre 2005 - octubre 2009; Que, la solicitud de la empresa Hidrandina, referida a la clasificacion del sector tipico del MORDAZA sistema de distribucion electrica PSE Celendin II y III, se ha canalizado de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 3º de la Resolucion OSINERG Nº 157-2005-OS/CD, habiendose analizado y verificado la informacion remitida por la empresa en el Informe Tecnico Nº 0101-2008-GART, concluyendose en dicho informe que las caracteristicas tecnicas y de MORDAZA del MORDAZA sistema, concordadas con el procedimiento de clasificacion establecido en la Resolucion Directoral Nº 015-2004-EM/DGE, determinan que le corresponde el sector de distribucion tipico 5; Que, finalmente, con relacion a la clasificacion del MORDAZA sistema de distribucion electrica PSE Celendin II y III, se han expedido el Informe Tecnico Nº 01012008-GART y el Informe Legal Nº 0110-2008-GART, cumpliendose de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el articulo 3º, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General del OSINERGMIN aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Fijese la clasificacion del MORDAZA sistema de distribucion electrica PSE Celendin II y III, de la empresa de distribucion electrica Hidrandina S.A., como perteneciente al sector de distribucion tipico 5, hasta el 31 de octubre de 2009, tal como se muestra a continuacion:
Empresa Hidrandina MORDAZA de Sistema Interconectado Sistema PSE Celendin II y III Sector Tipico 5 Descripcion C.T. Celendin (Alimentadores Cel 001, Cel 002, Cel 003, Cel 004 y Cel 005)

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Declaran desafectacion administrativa de inmueble ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA y aprueban su transferencia a favor del Ministerio de Educacion
JEFATURA DE ADJUDICACIONES

RESOLUCION Nº 026-2008/SBN-GO-JAD
San MORDAZA, 3 de marzo de 2008 Visto, el Expediente N° 018-2008/SBNJAD en el cual se sustenta la desafectacion administrativa y la transferencia del inmueble de 25 442.50 m², constituido por el Lote 1 de la Mz N-8, de la Urbanizacion San MORDAZA, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, el cual constituye Aporte Reglamentario a favor del Estado; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales es un organismo publico descentralizado, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, encargado de llevar el registro, control y administracion de los bienes inmuebles y muebles que comprende el Patrimonio Fiscal, el cual tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes en MORDAZA con el interes social; Que, el Estado es propietario del inmueble de 25 442.50 m², constituido por el Lote 1 de la Mz N-8, de la Urbanizacion San MORDAZA, del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Ficha Nº 36008 con continuacion en la Partida Registral Nº 49034309 del Registro de Predios de MORDAZA y con Registro SINABIP Nº 1062 del Sistema de informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal ­ SINABIP, correspondiente al Departamento de Lima; Que, mediante Decreto Municipal Nº 1845 de fecha 5 de diciembre de 1970, expedido por la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, se declaro cumplido por Inversiones San MORDAZA S.A. la ejecucion de las obras de habilitacion, correspondiente al octavo sector de la Urbanizacion San MORDAZA (actualmente distrito de San Borja); Que, el Estado ha recibido por concepto del 2% de Aporte Reglamentario, la extension de 25 442.50m², constituido por el Lote 1 de la Mz N-8, de la Urbanizacion San MORDAZA, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 271-68/HCBN de fecha 5 de marzo de 1968, se afecto en uso el terreno de 25 000,00 m² que forma parte del indicado en el considerando precedente a favor del Ministerio de Educacion para la construccion del local de la Gran Unidad Escolar de Mujeres MORDAZA de MORDAZA Maria; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 3474 de fecha 4 de diciembre de 1970, el Ministerio de Educacion resolvio destinar el terreno submateria a la construccion de un Centro de Formacion Magisterial y del Instituto de Investigacion, Perfeccionamiento y Documentacion Pedagogica; Que, la Resolucion Ministerial acotada en el parrafo precedente fue emitida por el Sector Educacion cuando a la fecha de su expedicion se encontraba vigente la afectacion en uso a su favor, constituyendo dicho Ministerio un organo incompetente para dictar el referido acto de disposicion; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 088-97PRES de fecha 30 de MORDAZA de 1997 se dejo sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 3474 de fecha 4 de diciembre de 1970 por lo expuesto en el considerando precedente; Que, asimismo mediante la acotada resolucion se modifico la parte resolutiva de la Resolucion Suprema Nº 271-68/HCBN de fecha 5 de marzo de 1968 en el sentido que el area afectada es de 25 442,50 m² con el fin que sea destinada a la sede central del Ministerio de Educacion; Que, por Resolucion Nº 035-2008/SBN-GO-JAR de fecha 29 de febrero de 2008, emitida por la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones se aprobo la renuncia a la afectacion en uso formulada por el Ministerio de Educacion, del predio submateria; Que, con Oficio Nº 033-2008-ME/DM de fecha 25 de febrero de 2008, el Ministerio de Educacion solicita la transferencia del inmueble de 25 442,50 m² para sus fines institucionales; Que, la Transferencia Patrimonial Predial Interestatal es la traslacion de dominio que a titulo oneroso o gratuito se realiza

Articulo 2º.- Incorporese como Anexo de la presente resolucion, el Informe Nº 0101-2008-GART. Articulo 3º.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y, junto con su Anexo, en la pagina web del OSINERGMIN: www.osinerg. gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

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