Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2008 (19/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de marzo de 2008

Que, mediante Informe Nº 854-2007/SGOPT/MDR, la Sub Gerencia de Obras Publicas y Transporte adjunta el Estudio Tecnico de "Plan Vial de Vehiculos Menores para el Distrito del Rimac" estableciendo la determinacion de las zonas de trabajo delimitado por vias principales o auxiliares y/o linderos de centros poblados, asi como los parametros de factibilidad tecnica y operativa que determina la ubicacion y cantidad de las zonas de estacionamiento (paraderos) de vehiculos menores por cada uno de las zonas de trabajo en la cual se prestara el servicio de transporte especial, Estudio Tecnico que cuenta con el Informe Nº 085-08-OAJMDR emitido por la Oficina de Asuntos Juridicos y que es favorable; Que, el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, preceptua que, los decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las Ordenanzas Municipales; Estando a lo expuesto y en uso de sus facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y la Ordenanza Municipal Nº 090-2004/MDR y sus modificatorias Ordenanza Nº 107-2005/MDR y Ordenanza Nº 153-2007/MDR; DECRETA Articulo Primero.- APROBAR el Estudio Tecnico "PLAN VIAL DE VEHICULOS MENORES PARA EL DISTRITO DEL RIMAC" de fecha Octubre 2007; asimismo la Ampliacion de fecha Febrero 2008, el mismo que consta de 135 folios, los que debidamente rubricados sellados forman parte constitutiva del presente Decreto. Articulo Segundo.- ESTABLECER el distrito del MORDAZA en 5 (cinco) las zonas de trabajo para la prestacion del servicio de transporte en vehiculos menores, estando ubicadas. Articulo Tercero.- ESTABLECER en 11 (once) las zonas de estacionamiento (paraderos) para la MORDAZA de trabajo Nº 1; 28 (veintiocho) las zonas de estacionamiento (paraderos) para la MORDAZA de trabajo Nº 2; 16(dieciseis) las zonas de estacionamiento (paraderos) para la MORDAZA de trabajo Nº 3; 6 (seis) las zonas de estacionamiento (paraderos) para la MORDAZA de trabajo Nº 4 y 1 (uno) la MORDAZA de estacionamiento (paradero) para la MORDAZA de trabajo Nº 5. Articulo Cuarto.- ESTABLECER que las Personas Juridicas autorizadas estaran en la obligacion de habilitar y mantener la senalizacion horizontal y vertical, previa coordinacion con la Sub Gerencia de Obras Publicas y Transporte. Articulo Quinto.- ESTABLECER que las Personas Juridicas deberan adecuarse al presente Plan Vial de Vehiculos Menores para el Distrito del MORDAZA, en un plazo no mayor a 30 dias calendario. Articulo Sexto.- ESTABLECER que las personas juridicas que no se adecuen en el plazo establecido o incumplan con el Plan Vial de Vehiculos Menores para el Distrito del MORDAZA, no seran consideradas en el MORDAZA de adecuacion de autorizaciones de los permisos de operaciones donde se otorga las zonas de trabajo y zonas de estacionamiento (paraderos) considerados en el "Plan Vial de Vehiculos Menores del Distrito del Rimac". Articulo Septimo.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Octavo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, sus subgerencias dependientes, Oficina de Administracion y Finanzas y demas dependencias de acuerdo a su competencia, el cumplimiento del presente Decreto. Dado en el local de la Municipalidad del MORDAZA a los cuatro dias del mes de marzo del dos mil ocho. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Prorrogan fechas de del Impuesto Predial Municipales 2008 vencimiento y Arbitrios

DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2008-MDS
Surquillo, 29 de febrero de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO VISTO el informe Nº 023-08/GR-MDS del 29/02/2008 emitido por la Gerencia de Rentas mediante el cual solicita se prorrogue la fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2006; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 15º del Texto Unico Ordenando de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, el Impuesto Predial podra cancelarse al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendo la primera cuota pagarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero; Que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el tercer parrafo del articulo 8º de dicho cuerpo legal, que asigna a esta Municipalidad Distrital la recaudacion, administracion y fiscalizacion del impuesto predial, resulta conveniente disponer la prorroga del plazo descrito en el parrafo anterior; Que, asimismo, mediante Ordenanza Nº 192-MDS se establecio el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de la Municipalidad de Surquillo para el Ejercicio Fiscal 2008, ratificada por Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 504 del 20 de diciembre de 2007, ambos publicados el 31/12/08 en el Diario Oficial, senalandose en el articulo 14º que la obligacion de pago del primer bimestre vence el 29 de febrero de 2008, disponiendo al MORDAZA, en su Primera Disposicion Complementaria y Final, extender las fechas de vencimiento mediante Decreto de Alcaldia; Que, en atencion a dichas disposiciones, y conforme al Informe de Vistos, resulta conveniente brindar al contribuyente surquillano las facilidades del caso para el cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias evitandoles asi mayores recargas impositivas; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA:

PRORROGA FECHAS DE VENCIMIENTO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2008
Articulo 1º.- Prorroga del pago del Impuesto Predial.- Prorroguese hasta el 31 de marzo del 2008 el pago al contado o el pago de la primera cuota, en caso de pago fraccionado, del Impuesto Predial correspondiente al Ejercicio 2008. Articulo 2º.- Prorroga del pago del Primer Bimestre de los Arbitrios Municipales 2008.- Prorroguese hasta el 31 de marzo del 2008 el pago del primer bimestre de los Arbitrios Municipales 2008 aprobados por la Ordenanza Nº 192-MDS. Articulo 3º.- Organos Competentes.- La Gerencia de Rentas y la Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional quedan encargadas del adecuado cumplimiento y difusion del presente Decreto.

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