Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2008 (19/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de marzo de 2008

F-5 de dicha dependencia cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente; Que, teniendo en cuenta lo dispuesto en el articulo 6º de la Ley Nº 27594 "Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos", todas las resoluciones de designacion o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza surten efecto a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposicion en contrario de la misma que postergue su vigencia; De conformidad con lo previsto en el Art. 52º Inc. b) y c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Complementar la Resolucion Rectoral Nº 187 del 01 de febrero del 2008 que designa a la Lic. Liz MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefa de la Oficina de Relaciones Publicas de la Universidad Nacional de Ingenieria, encargandose a la Oficina Central de Planificacion y a la Oficina Central de Personal, realizar las acciones necesarias para implementar lo dispuesto en la citada Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la Oficina Central de Logistica publique la presente Resolucion Rectoral en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Rector (e)

Aprueban Guias de Acreditacion de Entidades de Certificacion Digital, Entidades de Registro o Verificacion de datos y Entidades de Prestacion de Servicios de Valor anadido, asi como la Guia para la Acreditacion del Software de Firmas Digitales
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 030-2008/CRT-INDECOPI
MORDAZA, 12 de marzo del 2008 VISTO: El Informe Nº 0042-2008/CRT, de la Secretaria Tecnica, el Informe Nº 001-2008-EAV, del consultor jefe del equipo que elaboro los proyectos de las Guias de Acreditacion de Entidades de Certificacion Digital y entidades afines o conexas, y el Informe Nº 000001-2008/GCRD/RENIEC, de la Gerencia de Certificacion Digital del RENIEC; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley de Firmas y Certificados Digitales, Nº 27269, se establecio que la autoridad administrativa competente registraria a las Entidades de Certificacion Digital y a las Entidades de Registro o Verificacion, las cuales deberian cumplir con los estandares tecnicos internacionales vinculados a la certificacion digital; Que, el Reglamento de la Ley Nº 27269, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2002-JUS, designo a INDECOPI como la autoridad administrativa competente para dirigir la Infraestructura Oficial de Firma Digital en el Peru, y entre otras funciones le asigno las de aprobar la politica de certificados y el empleo de estandares tecnicos internacionales, formular los criterios para el establecimiento de la idoneidad tecnica de quienes presten servicios de certificacion digital y registro o verificacion de datos, y regular los servicios de valor anadido; Que, la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales -CRT- recibio del Directorio de la institucion la responsabilidad de asumir las funciones que el mencionado Reglamento de Firmas y Certificados Digitales asigno a INDECOPI; Que, en cumplimiento de dichas atribuciones, mediante su Resolucion Nº 0103-2003/CRT-INDECOPI la CRT aprobo las "Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales"; las cuales, sin embargo, remitian a futuras disposiciones para la especificacion de los requisitos de funcionalidad y arquitectura criptografica que debian ser cumplidos por las entidades interesadas en la acreditacion; Que, con el objeto de completar y sistematizar en un cuerpo organico los requerimientos tecnicos, administrativos y legales exigibles a las Entidades de Certificacion Digital, Entidades de Verificacion de Datos y Prestadoras de Servicios de Intermediacion Electronica, la CRT gestiono la elaboracion de tres proyectos de Guias de Acreditacion, uno por cada MORDAZA de entidad, mas un MORDAZA proyecto de Guia para la acreditacion de software de firmas digitales; Que, los cuatro proyectos fueron publicados en el MORDAZA electronico de INDECOPI para recibir comentarios o sugerencias de los agentes privados y publicos interesados en la materia, prorrogandose extensamente el periodo de publicacion para que los documentos pudieran ser detalladamente revisados por los interesados; Que, en enero de 2007 el Decreto Supremo Nº 0042007-PCM aprobo el MORDAZA Reglamento de Firmas y Certificados Digitales, el cual confirmo la responsabilidad de INDECOPI de dirigir la Infraestructura Oficial de Firma Electronica, pero introdujo modificaciones fundamentales en el modelo de la mencionada infraestructura, al crear los conceptos de Entidad de Certificacion Nacional para el Estado Peruano (ECERNEP), Entidad de Certificacion para el Estado Peruano (ECEP) y Entidad de Registro para el Estado Peruano (EREP) y dotarlos con determinadas funciones y responsabilidades; Que, como consecuencia de la derogatoria y sustitucion del reglamento original, se hizo necesario re-elaborar los proyectos de Guias de Acreditacion y publicarlos

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ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Aceptan renuncia presentada por miembro de la Comision de Libre Competencia del INDECOPI
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 023-2008-INDECOPI/DIR
MORDAZA, 12 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que el senor MORDAZA Espinosa-Saldana MORDAZA ha presentado renuncia al cargo de miembro de la Comision de Libre Competencia del Indecopi; Que la referida renuncia ha sido aceptada por el Directorio de la institucion; De conformidad con el inciso e) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia presentada por el senor MORDAZA Espinosa-Saldana MORDAZA al cargo de miembro de la Comision de Libre Competencia del INDECOPI, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Presidente del Directorio

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