Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2008 (25/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, martes 25 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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j) Distrito de Ongon de la provincia de Pataz del departamento de La Libertad. k) Distrito de MORDAZA de la Frontera de la provincia de Huancabamba del departamento de Piura. Reglamento: El presente Reglamento. Servicios de Transporte Aereo: Se considera servicio de transporte aereo a la serie de actos destinados a trasladar por via aerea a personas o cosas, de un punto de partida a otro de destino a cambio de una contraprestacion, salvo las condiciones particulares del transporte aereo especial y el trabajo aereo. Subvencion: Es el subsidio que tiene por finalidad estimular artificialmente la oferta de la prestacion del servicio de transporte aereo con frecuencia regular para alcanzar los objetivos del Programa. Vuelos Regulares o Frecuencia Regular: Son aquellos vuelos que son abiertos al uso publico, y se realiza con sujecion a frecuencias, itinerarios y horarios prefijados, para constituir una serie que pueda reconocerse facilmente como sistematica. Zonas Aisladas: Zonas con vias de muy dificil acceso, situadas en lugares apartados y de dificil geografia en las regiones de la MORDAZA, a las cuales solamente se puede acceder via aerea; aun cuando existiendo cualquier MORDAZA de via terrestre o fluvial, estas no constituyan medios eficientes de comunicacion por las precarias condiciones de la via, las malas condiciones de navegabilidad y/o por

la lejania de dichas localidades, determinando asi un excesivo costo de transporte. Articulo 2º.- Del objeto de la MORDAZA El presente Reglamento establece las normas que rigen el programa de promocion y fomento para los explotadores aereos, respecto a la prestacion de servicios de transporte aereo con frecuencia regular a zonas aisladas donde no MORDAZA oferta privada de servicio regular de transporte aereo.
TITULO I DEL PROGRAMA DE PROMOCION Y FOMENTO

Articulo 3º.- Definicion El Programa de Promocion y Fomento es el programa mediante el cual se garantizara a las localidades beneficiarias la prestacion de un servicio de transporte aereo de pasajeros, carga y correo, con frecuencia regular, en zonas aisladas, donde no exista oferta privada de vuelos regulares. Articulo 4º.- Objetivo del programa El objetivo del Programa es integrar a las localidades beneficiarias al resto del MORDAZA, constituyendo un mecanismo de alivio de la pobreza y generacion de actividades economicas autosostenibles. Articulo 5°.- Implementacion del programa Para la implementacion del Programa, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones utilizara subvenciones.

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Oficial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicacion correspondiente deberan estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 5.- Si la entidad no remitiese la MORDAZA o sentencia en disquete, debera enviar el documento al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe 6.- Si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan estar trabajadas en EXCEL, con una linea por celda sin justificar y, si se agregasen graficos, su MORDAZA sera en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. LA DIRECCION

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