Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2008 (29/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

369701

Aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACION DEL USO DE JARDINES Y AISLAMIENTO Articulo Primero.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular los aspectos tecnicos, legales y administrativos del Uso de Jardin de Aislamiento en vias locales, colectoras y principales, pertenecientes a Urbanizaciones, cooperativas, Asociaciones de Vivienda y Asentamientos Humanos. Articulo Segundo.- Entiendase para efectos del presente Reglamento: · Jardin de Aislamiento.- es la separacion del limite de propiedad con respecto de la vereda y que forma parte de la via publica, excepto del jardin de los pasajes peatonales, esta area se encuentra fuera del terreno. · Retiro.- Separacion de la edificacion con respecto al limite de la propiedad y la linea de fachada del predio, esta area se encuentra dentro del terreno. · Bienes de Dominio Publico.- Los destinados a uso publico y sujetos a la Administracion Municipal como caminos, puentes, plazas, jardines, avenidas paseos, calles y sus elementos constitutivos, asi como sus aires y los jardines de aislamiento. Articulo Tercero.- La Autorizacion es temporal y se renovara anualmente, y cuya concesion solo se procedera cuando exista una consolidacion de uso del Jardin de Aislamiento. La autorizacion de ninguna manera regulariza la propiedad ni da propiedad sobre el jardin de aislamiento. Articulo Cuarto.- Los requisitos son los siguientes: · Carta de Compromiso · Derecho de tramite segun el siguiente cuadro:
USO CERCOS Descripcion · Cercos, de MORDAZA, ladrillo, concreto, MORDAZA, sin ocupacion de edificacion dentro del jardin de aislamiento. Con un volado MORDAZA de 0.50 m sobre la vereda. · Si el jardin de aislamiento esta ocupado solo por escaleras de concreto, ladrillo, metalicos, madera; con o sin cercos en el jardin de aislamiento Se permitira la ocupacion del jardin de aislamiento de edificaciones con area techada pudiendo tener un alero o voladizo exterior sobre la vereda de 0.50 m siempre y cuando esta no afecte redes aereas electricas, se incluye las escaleras. Si existiera una parte del jardin de aislamiento ocupado por comercio con el giro de bodega hasta un MORDAZA de 40 m2, esta se considerara como vivienda. Se permitira la ocupacion del jardin de aislamiento de edificacion con area techada y ademas puede tener alero exterior sobre la linea de vereda y jardin de aislamiento un volado MORDAZA de 0.50.m (siempre y cuando no afecte redes aereas electricas. Incluye escaleras. · En locales comerciales, las areas destinadas a comercio que ocupan el jardin de aislamiento se regiran con los costos indicados, si tuviese area destinada a vivienda se regira con lo indicado en vivienda. · En locales de hospedaje, o locales comerciales mayores a 50 m2 el derecho de uso se incrementa en 25%. Costo Anual % UIT S/.

merito de la MORDAZA de los requisitos, la Subgerencia de Fiscalizacion y Control emitira la anulacion de la multa. Articulo Sexto.- El administrado presentara el expediente con los requisitos indicados en el articulo tercero, via Mesa de Partes de la Municipalidad Distrital, derivandose la solicitud, a la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, para su evaluacion y emision de la autorizacion, de corresponder. Articulo Setimo.- Dentro del termino de 30 dias calendarios, a partir de la emision de la carta de invitacion, los propietarios de los predios que hayan invadido y usan el jardin de aislamiento, deberan regularizar su situacion. Articulo Octavo.- Ante el incumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento, se procedera y sancionara, conforme lo disponga el Reglamento de Aplicacion de Sanciones y Multas Administrativas RAMSA, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 013-2008/MDV, de fecha 29 de febrero del 2008. Articulo Noveno.- Asimismo la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro en coordinacion con la Subgerencia de Fiscalizacion y Control, procederan a notificar mediante carta circular a todas aquellas edificaciones que no hayan ocupado el jardin de aislamiento, informandoles sobre la entrada en vigencia de la presente Ordenanza y la prohibicion definitiva de realizar construcciones en esta area en mencion, el incumplimiento de la misma sera sancionado de acuerdo a ley y paralizada la construccion en el acto, por parte de la Subgerencia de Fiscalizacion y Control, y de ser el caso recurrir a la fuerza publica, ademas del decomiso del material de construccion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 180698-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
1.0% 1% 0.5% por piso adicional ocupado por escalera 35.00

DE TALARA
Autorizan viaje del MORDAZA y Regidor de la Municipalidad a Brasil para participar en la Mision Tecnica Internacional sobre Desarrollo Local Sostenible
ACUERDO DE CONCEJO Nº 30-3-2008-MPT Talara, diecinueve de marzo del dos mil ocho VISTO, en la Sesion Ordinaria de Concejo realizada el 14 de marzo del 2008, la autorizacion de viaje al exterior para participar al evento: Desarrollo Local Sostenible; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Internacional para el Desarrollo Local (IIDEL) y la Organizacion para el Desarrollo de MORDAZA Latina y el Caribe (ONWARD), en cooperacion con la Municipalidad de Sao MORDAZA, el Instituto Gea- Etica y Medio Ambiente, el MORDAZA MORDAZA Ambiental del Brasil, la Red Paulista de Educacion Ambiental, el Observatorio Social de Brasil, el Instituto de Investigacion y Capacitacion Ambiental del Brasil, estan organizando la Mision Tecnica Internacional sobre Desarrollo Local Sostenible, evento de capacitacion e intercambio de buenas practicas que se llevara a cabo, en la MORDAZA de Sao MORDAZA, Brasil, entre los dias 1,2 y 3 de MORDAZA del 2008; Que, de acuerdo a nuestro ordenamiento legal mediante Ley Nº 27619 se regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; asimismo, mediante Decreto Supremo No. 047-2003-PCM se emite las normas reglamentarias sobre Autorizacion de viajes al exterior; Que, las normas legales MORDAZA invocadas establecen como requisito de procedibilidad que los viajes al exterior de los funcionarios en el caso de las municipalidades se autorizaran mediante Resolucion de la mas alta autoridad de la respectiva entidad, que en el caso de autos es el Pleno de Concejo, asimismo establece la obligatoriedad que las resoluciones de autorizacion deberan sustentarse

ESCALERAS

35.00 17.50

1.0% por los primeros 5 m2 de area techada construida 0.5 % por cada 5 m2 de area techada adicional

VIVIENDA

35.00

17.50

COMERCIO

1.5% por los primeros 52.50 5 m2 de area techada construida

0.5 % por cada 5 m2 de area techada adicional.

17.50

Articulo Quinto.- El procedimiento sera el siguiente: La Subgerencia de Obras Privadas y Catastro de acuerdo al levantamiento catastral, enviara los oficios de invitacion, a los pobladores que pueden acogerse a esta Ordenanza. Si en el plazo de 30 dias calendarios no presentasen la carta de compromiso, el area administrativa en mencion enviara un Informe a la Subgerencia de Fiscalizacion y Control, para que realice el procedimiento de notificacion preventiva, administrativa y resolucion de demolicion. En la etapa de notificacion preventiva, el administrado podra acogerse a la presente Ordenanza, con el cual a solo

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