Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2008 (23/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 23 de noviembre de 2008

la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendencia Nacional de Bienes Estatales

280370-1

280681-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Aprueban el Plan de Capacitacion denominado "Seminario - Taller Macroregional: Regimen Juridico de Administracion, Adjudicacion y Registro de los Bienes Estatales"
RESOLUCION Nº 084-2008/SBN
San MORDAZA, 14 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales establece las normas que regulan el ambito, organizacion, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en el MORDAZA del MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado y en apoyo y fortalecimiento al MORDAZA de descentralizacion; Que, el Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales es el ente rector de dicho Sistema encargado, entre otras funciones, de brindar capacitacion permanente al personal a cargo de la administracion de los bienes estatales; Que, de conformidad a lo establecido en el inciso j) del articulo 35 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion y el articulo 62 de la Ley N° 27867- Ley de Gobiernos Regionales, es competencia y funcion de los Gobiernos Regionales en administrar y adjudicar terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, con excepcion de los bienes de propiedad municipal de conformidad con la legislacion vigente y el sistema de bienes nacionales; Que, asimismo en cumplimiento de las actividades que la SBN viene desarrollando a traves de la Comision de Transferencia de la institucion, que a su vez estan articuladas con el Plan Estrategico Institucional 2007-2011 que plantea como objetivo estrategico "Apoyar al MORDAZA de descentralizacion"; Que, el Plan de Capacitacion permitira la difusion y el MORDAZA normativo necesario para los operadores encargados de la administracion de los bienes del Estado a nivel de los Gobiernos Regionales y su aplicacion en los actos de administracion y disposicion de los bienes a su cargo; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar el Plan de Capacitacion que desarrolla el SeminarioTaller Macroregional denominado "Regimen Juridico de Administracion, Adjudicacion y Registro de los Bienes Estatales", el cual se llevara a cabo conforme a la programacion tematica, cronograma y financiamiento que forma parte del mismo; Con la visacion de la Gerencia de Operaciones, Gerencia de Planeamiento y Desarrollo, Gerencia de Administracion, Gerencia Legal y la Gerencia General; De conformidad con lo establecido en el articulo 21º de la Ley Nº 29151 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el Plan de Capacitacion denominado: "Seminario-Taller Macroregional: Regimen Juridico de Administracion, Adjudicacion y Registro de los Bienes Estatales", el mismo que forma parte de la presente resolucion.

Expresan MORDAZA de extraneza contra el Fondo Minero Antamina por su actitud frente al Consejo Regional de MORDAZA
CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO Nº 053-2008-GRA/CR
EL SECRETARIO DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Certifica que el Consejo Regional ha dado el Acuerdo siguiente : ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL

MORDAZA, en sesion extraordinaria del Consejo Regional de fecha 08 de agosto de 2008. VISTO: En sesion extraordinaria de Consejo Regional, realizado en la MORDAZA de MORDAZA Chimbote el dia 08 de agosto de 2008, visto el MORDAZA punto de la agenda referido a la exposicion de avances de las actividades desarrolladas por las diferentes lineas de intervencion del Fondo Minero Antamina; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional es el MORDAZA organo del Gobierno Regional de MORDAZA, es MORDAZA en el ejercicio de sus funciones, ejerce su funcion normativa a traves de la aprobacion de ordenanzas y acuerdos regionales, de acuerdo a lo establecido en el articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru, concordante con la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley N° 27902; Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interes publico, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, en sesion extraordinaria del dia 08 de agosto de 2008, fue visto el MORDAZA punto de la agenda referido a la exposicion de avances de las actividades desarrolladas por las diferentes lineas de intervencion del Fondo Minero Antamina; verificandose que los funcionarios del Fondo Minero no asistieron a exponer, sin comunicar o justificar su inasistencia; constituyendo dicha actitud un acto de irrespeto y desacato, mas aun si el Gerente del Fondo Minero Antamina, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Carta de fecha 30 de MORDAZA de 2008, hace conocer su interes de exponer ante el Consejo Regional, y mediante Carta de fecha 04 de agosto de 2008 el mismo Gerente del Fondo Minero Antamina confirma su asistencia; Asimismo, el Vicepresidente del Gobierno Regional de MORDAZA, no asistio a la sesion extraordinaria, presentando su justificacion de inasistencia, a pesar que tambien es miembro del Fondo Minero Antamina; Que, en conformidad con los articulos 2º y 61º del Reglamento Interno del Consejo Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 002-2008-REGION ANCASH/CR, concordante con los articulos 15º Inc. a), 16º Inc. a) y 39º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28961, 28968 y 29053, y demas normas pertinentes; previa las deliberaciones del caso, el Consejo Regional en sesion extraordinaria por unanimidad;

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