Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2009 (08/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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y Drogas, se encargaran de la difusion de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo 4º.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud o las que MORDAZA sus veces en el nivel regional son responsables de la implementacion, difusion, supervision y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial en el ambito de sus respectivas funciones. Articulo 5.- La Oficina General de Comunicaciones dispondra la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, en la direccion: http://www.minsa.gob.pe/portada/ transparencia/normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan a Nextel del Peru S.A. concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones en area que comprende todo el territorio nacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 470-2009-MTC/03
MORDAZA, 30 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 121º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone que los servicios portadores, finales y de difusion de caracter publico, se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites que establecen la Ley y el Reglamento y se perfecciona por contrato escrito aprobado por el Titular del Ministerio; Que, el articulo 123° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que el otorgamiento de la concesion, asi como, las asignaciones de espectro que correspondan, se efectuaran obligatoriamente por Concurso Publico de Ofertas cuando: a) en una determinada localidad o area de servicio, exista restriccion en la disponibilidad de frecuencias o banda de frecuencias disponible, para la prestacion de un determinado servicio publico de telecomunicaciones, b) se senale en el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias ­ PNAF; Que, la Nota P52 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias ­ PNAF aprobado con Resolucion Ministerial Nº 187-2005-MTC/03, modificado mediante Resolucion Ministerial Nº 699-2008-MTC/03 dispone en la Nota P52 que: "...las bandas 821 ­ 824 MHz y 866 ­ 869 MHz estan atribuidas a titulo primario para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones. La asignacion del espectro radioelectrico en esta banda de frecuencias sera por concurso publico de ofertas para la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao"; Que, el articulo 159º del texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que mediante Resolucion del Titular del Ministerio se podra, para casos especificos, encargar a otra entidad la conduccion del Concurso Publico de Ofertas y el otorgamiento de la buena pro; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 580-2008MTC/03, publicada el 04 de agosto de 2008, el Ministerio

de Transportes y Comunicaciones dispuso la realizacion del Concurso Publico de Ofertas para seleccionar al operador al que se le asignara espectro radioelectrico en la Banda 821-824 MHz y 866-869 MHz en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, y de ser el caso, se le otorgara concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, de acuerdo a las condiciones que se establezcan en las Bases del Concurso; asimismo, se encargo a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, la conduccion del citado Concurso Publico de Ofertas y el correspondiente otorgamiento de la Buena Pro; Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 073-2008-EF, publicada el 13 de setiembre de 2008, se ratifico el acuerdo del Consejo Directivo de Proinversion, en virtud del cual se incorporo al MORDAZA de promocion de la inversion privada la entrega en concesion de la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones en la Banda 821-824 MHz y 866-869 MHz para la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante la Resolucion Suprema citada en el considerando anterior, se ratifico el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en sesion de fecha 12 de agosto de 2008, mediante el cual se aprobo el Plan de Promocion de la Inversion Privada para entregar en concesion la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en la Banda 821-824 MHz y 866-869 MHz en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; Que, con fecha 08 de junio de 2009, se adjudico la buena pro de la Licitacion Publica Especial para la entrega en concesion la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones y asignacion de espectro radioelectrico en la banda 821 ­ 824 MHz y 866 ­ 869 MHz en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Informe Nº 760-2009-MTC/27 la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, senala que es procedente el otorgamiento de concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones y asignacion de espectro radioelectrico en la banda 821 ­ 824 MHz y 866 ­ 869 MHz en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, el Texto Unico Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa NEXTEL DEL PERU S.A., concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, por el plazo de veinte (20) anos en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa NEXTEL DEL PERU S.A., para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiun (21) clausulas y ocho (08) anexos que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2° de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion.

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