Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2009 (19/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, martes 19 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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Respondiendo a una politica que nace de una de las lineas estrategicas del PEM, dirigida a disminuir la transmision madre-nino del VIH a menos del 2% para el 2011, las pruebas de laboratorio para el tamizaje, diagnostico y seguimiento del VIH/Sida y sifilis durante el embarazo, el parto y el puerperio son gratuitas. La supervision permitio verificar que mas del 85% de los establecimientos se encontraba abastecido con kits RPR para sifilis y pruebas rapidas para VIH/Sida. Sin embargo, en el 56% se registraron problemas de desabastecimiento de dichos insumos durante el ano. A este respecto, resulta necesario subrayar la importancia del uso de la prueba rapida en gestantes, toda vez que permite la obtencion de resultados inmediatos y la adopcion de medidas necesarias con vistas a prevenir la transmision de MORDAZA a hijo. De esta manera, mediante el uso de una prueba diagnostica que facilita una mayor cobertura y cuyo costo se estima en S/. 10, es posible disminuir las probabilidades del nacimiento de un MORDAZA con VIH, cuyo tratamiento puede demandar una inversion de S/. 1,000 a S/. 50,000 al ano, sin que ello le garantice un optimo estado de salud y el desarrollo de una MORDAZA normal. Con relacion a la consejeria en ITS y VIH/Sida a gestantes, segun los resultados obtenidos, se registro un mayor nivel de cumplimiento en la realizacion de la consejeria pre test (92%), respecto de la realizacion de la consejeria post test (79%). Asimismo se constato que solo el 46% de los establecimientos realizaba consejeria grupal, lo cual no resultaria observable en la medida en que se este asegurando y priorizando la consejeria individual, MORDAZA a la cual es posible obtener mejores resultados. d) Sobre el servicio de prevencion de la transmision vertical De acuerdo con las pautas y procedimientos establecidos para la atencion a gestantes con VIH y/o sifilis, asi como a los hijos de madres infectadas, esta comprende el suministro gratuito de antirretrovirales y/o medicamentos para el tratamiento de la MORDAZA, el MORDAZA o MORDAZA, asi como de leche artificial. Con relacion al suministro de medicamentos para la prevencion de la transmision vertical, los resultados de la supervision mostraron que el 33% de establecimientos no se encontraba abastecido con los medicamentos requeridos para la terapia antirretroviral (monoterapia) a gestantes, en tanto que en el 83% se registraron problemas de desabastecimiento durante el 2008, situacion que causa especial preocupacion, considerando la importancia del suministro de dichos medicamentos para prevenir la transmision de MORDAZA a hijo. e) Sobre el servicio de tratamiento antirretroviral de gran actividad a adultos El TARGA es una de las mejores estrategias costoefectiva, introducidas en la MORDAZA decada, con que se ha logrado reducir la tasa de mortalidad, hospitalizaciones, incidencia de infecciones oportunistas y el uso de servicios de salud, ademas de que ha permitido alcanzar una mejora en la calidad de vida. Sin embargo, resulta necesario poner especial atencion en los periodos de carencia de medicamentos, los cuales son realmente preocupantes, considerando la resistencia que generan, asi como los cambios de esquemas y los costos que implican. Si bien en el curso de la supervision se constato que el 73% de los establecimientos disponia de los medicamentos requeridos para brindar el TARGA, segun los esquemas de las personas a las que brindan atencion, en este caso en particular, los resultados son preocupantes considerando, por un lado, que durante los ultimos anos los esfuerzos se han concentrado en ampliar y asegurar el acceso a tratamiento y, por otro, las consecuencias que genera la interrupcion del tratamiento en lo referente a salud, calidad de MORDAZA, costos y sostenibilidad. Independientemente del stock de antirretrovirales con el que en el curso de la supervision contaban los establecimientos, el 67% registro haber tenido problemas de desabastecimiento durante el ano 2008. Dentro de los medicamentos faltantes se indicaron los siguientes: Zidovudina (AZT), Lamivudina (3TC), Nevirapina (NVP), Efavirenz (EFV) y Stavudina (D4T).

f) Sobre el servicio de tratamiento antirretroviral de gran actividad a ninos, ninas y adolescentes La Directiva que regula la prestacion del servicio del TARGA en ninos y ninas tambien es aplicable para el tratamiento de adolescentes con VIH/Sida ante la falta de un dispositivo legal que regule el tratamiento para este grupo poblacional, situacion que requiere ser subsanada a la brevedad. Se ha advertido, ademas, que pese a que el Codigo del MORDAZA y Adolescente garantiza la atencion integral en salud de los (y las) adolescentes, en la practica no se han implementado mecanismos que permitan su acceso pleno a los servicios de consejeria y diagnostico en VIH/Sida. En efecto, el articulo 4º de la Ley General de Salud,3 referido al consentimiento informado, restringe la posibilidad de los adolescentes a brindar dicho consentimiento, el cual es requisito para el acceso a los servicios de salud en ITS y VIH/Sida. Esta situacion tiene una particular incidencia en la vulnerabilidad en que se encuentran los (y las) adolescentes frente a la epidemia del VIH/Sida, principalmente, quienes viven en situacion de MORDAZA y abandono que se ven impedidos de acceder directamente a dichos servicios. Al igual que en el caso de los adultos, a traves de la supervision a este servicio se obtuvieron resultados preocupantes, toda vez que mas del 50% de establecimientos visitados registro problemas de abastecimiento de antirretrovirales, lo cual refleja que las medidas adoptadas no son suficientes con vistas a asegurar el suministro continuo de estos medicamentos. Con la finalidad de garantizar la atencion integral a todas las personas con VIH/Sida, resulta necesario adoptar medidas urgentes conducentes a respetar el precio del paquete minimo de examenes complementarios para el inicio del TARGA, el cual no deberia exceder el monto de S/. 20.00, asi como a cubrir la atencion de las enfermedades oportunistas que padecen las personas con VIH/Sida a consecuencia de la infeccion, lo cual supone un costo adicional para ellas y afecta su calidad de vida. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Informe Defensorial Nº 143, denominado "Fortaleciendo la respuesta frente a la epidemia del VIH/Sida: Supervision de los servicios de prevencion, atencion y tratamiento del VIH/Sida", elaborado por la Adjuntia para la Administracion Estatal de la Defensoria del Pueblo. Articulo Segundo.- RECOMENDAR al Ministerio de Salud (MINSA): 1. En su condicion de ente rector, FORTALECER su liderazgo en la respuesta integral a la epidemia del VIH/ Sida y en la articulacion de los niveles de coordinacion de todos los actores de la respuesta sanitaria. 2. PONER mayor enfasis en las intervenciones sanitarias preventivas a efectos de reducir la tasa de nuevas infecciones por VIH y asegurar la sostenibilidad de los avances logrados en materia de atencion y tratamiento. 3. IMPLEMENTAR un sistema de informacion y monitoreo de indicadores que permita evaluar el impacto de las intervenciones sanitarias en materia de prevencion, atencion y tratamiento del VIH/Sida, con vistas a fortalecer y ampliar las respuestas multisectoriales frente a los diferentes escenarios que se presentan en cada grupo poblacional y zonas del pais. 4. DISPONER la sistematizacion y homogeneizacion de la reglamentacion sectorial sobre el funcionamiento de los servicios de prevencion, atencion y tratamiento de las ITS y el VIH/Sida, y supervisar su adecuada implementacion. 5. INCLUIR periodos de vacatio legis en las resoluciones ministeriales y directorales que aprueban normas tecnicas y directivas, las cuales requieren un periodo de adecuacion para su debido cumplimiento. 6. DISPONER la publicacion de todos los dispositivos legales vigentes que regulan la prestacion de los servicios

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Ley Nº 26842. Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de MORDAZA de 1997.

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