Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2009 (22/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES
VISTO:

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en contra de lo propuesto por el ponente de la causa y basando su decision en hechos falsos. · Luego de ser liberado, el 01.12.2003 el procesado MORDAZA MORDAZA expidio la Resolucion Ejecutiva Regional N° 482-2003-GOREMAD/PR (fs.31/32), por la que, en vias de regularizacion, encargo la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA de MORDAZA al Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, yerno del hoy denunciado MORDAZA MORDAZA, a partir del 21.11.2003, esto es, a la semana desde que este ultimo, junto con el Vocal MORDAZA MORDAZA, habian resuelto concederle la MORDAZA provisional. · Mediante Resolucion N° 124 de fecha 07.02.2005 (fs.82-94), la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, propuso al Consejo Nacional de la Magistratura la destitucion del magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, entre otras razones, por las actividades de favoritismo en pro del inculpado MORDAZA MORDAZA durante el tramite de la MORDAZA provisional solicitada por este en el MORDAZA penal N° 133-2002. · Por Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura N° 043-2005-CNM de fecha 19.09.2005, publicada el 25.11.2005, se impuso al denunciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA la sancion de destitucion, al haberse acreditado, entre otros, que "...mantenia una estrecha relacion de amistad con MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien nombro a su yerno MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director Regional de Pesqueria y a quien recibio en su domicilio MORDAZA y despues de su detencion, y, no obstante ello, intervino en el incidente de MORDAZA provisional de MORDAZA MORDAZA Lopez..." . En consecuencia, de conformidad con lo opinado por la Fiscalia Suprema de Control Interno de MORDAZA a fs. 301/306, y de acuerdo a lo previsto en el articulo 159º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 052 -Ley Organica del Ministerio Publico, en concordancia con el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Fiscalia Suprema de Control Interno; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADA la denuncia interpuesta contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Vocal y ex Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA de MORDAZA, por la presunta comision de los delitos de CORRUPCION DE MAGISTRADO Y PREVARICATO; FUNDADA la denuncia contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Vocal Provisional de la Sala Mixta de Puerto MORDAZA, por la presunta comision del delito de PREVARICATO, e Infundada contra este ultimo por el delito de CORRUPCION DE MAGISTRADO. Remitanse los actuados al Fiscal llamado por ley. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento de la presente Resolucion a los senores Presidentes del Consejo Nacional de la Magistratura y de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Jefe del Organo de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA De MORDAZA y a los interesados, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA Fiscal de la Nacion 412846-1

El Oficio Nº 533-2008-MP-ODCI-PIURA-TUMBES, remitido por la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Piura-Tumbes, elevando el Caso Nº 24-2008-ODCIPIURA-TUMBES, que contiene la investigacion seguida de oficio contra MORDAZA MORDAZA PISCONTI MORDAZA, en su condicion de Fiscal Provincial Titular de Prevencion del Delito de Tumbes, por la presunta comision de los delitos de INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES, OMISION DE DENUNCIA Y ENCUBRIMIENTO PERSONAL; en la cual ha recaido el Informe Nº 003-2008, con opinion de declarar fundada la denuncia por los delitos de INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES Y OMISION DE DENUNCIA; y, CONSIDERANDO: I. ANTECEDENTES: 1. A raiz del Oficio Nº 090-2006-MP-FN/UCJIE de fecha 22.03.06 (fs.02), dirigido por la Presidenta de la Unidad de Cooperacion Judicial Internacional y Extradiciones a la Fiscal Decana del Distrito Judicial de Tumbes, adjuntandole la solicitud de Asistencia Penal Internacional MORDAZA por la Agente Fiscal de lo Penal del Guayas ­ Unidad de Migracion de la Republica del Ecuador, la Fiscalia Superior Decana requirio a la Fiscal investigada informacion sobre la intervencion de ciudadanos ecuatorianos indocumentados en aguas peruanas, efectuada el 27.09.05. Recibido el 10.04.06 el informe de la Fiscal cuestionada (fs.20-22), y advirtiendo de su contenido y demas documentos recabados que ese dia, no obstante constatarse el ingreso ilegal al MORDAZA de los referidos ciudadanos e incautarse armamento y explosivos, ello no fue comunicado a la Fiscalia Provincial Mixta de Turno de Tumbes, se derivo MORDAZA de los actuados a la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Tumbes, la que, mediante resolucion de fecha 08.05.06 (fs.254), abrio investigacion preliminar contra MORDAZA MORDAZA Pisconti MORDAZA, Fiscal Provincial de Prevencion del delito de Tumbes. 2. La decision de la Oficina Desconcentrada fue anulada por defectos formales advertidos por la Fiscalia Suprema de Control Interno (fs.503-504), de manera que el 07.09.07 la referida Oficina nuevamente abrio investigacion preliminar de oficio contra la Fiscal cuestionada por la presunta comision de los delitos de INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES, OMISION DE DENUNCIA Y ENCUBRIMIENTO PERSONAL (fs.507-510), presentando esta sus descargos a fs.513-514; y, una vez concluida la investigacion, el organo de control emitio el informe de ley de fs.577-583. II. CARGOS IMPUTADOS: 3. Se atribuye a la doctora MORDAZA MORDAZA PISCONTI MORDAZA, en su condicion de Fiscal Provincial de Prevencion del Delito de Tumbes, la presunta comision de los ilicitos de OMISION DE DENUNCIA E INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES, por haber omitido comunicar al Fiscal de Turno de Tumbes la presunta comision de los delitos de Trafico Ilicito de Personas y Trafico Ilegal de MORDAZA, advertida durante su participacion como Fiscal de Prevencion del Delito en las diligencias llevadas a cabo por personal de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y la Policia Nacional el 27.09.05, como consecuencia de la intervencion en la localidad de Puerto MORDAZA, de una embarcacion peruana que transportaba ilegalmente inmigrantes del Peru y Ecuador presuntamente con destino a los Estados Unidos, y en cuyo interior se hallaron MORDAZA, como se desprende de las actas de registro personal e inspeccion realizadas, la MORDAZA de las cuales no fue suscrita por la investigada no obstante haber intervenido en la diligencia. Asimismo, se le imputa el delito de ENCUBRIMIENTO PERSONAL por no haber adoptado ninguna medida con respecto a los tripulantes de la embarcacion y haber dispuesto la liberacion de los ciudadanos peruanos que fueron intervenidos, pese a no haber comunicado a la Fiscalia de Turno para que realice las diligencias de investigacion pertinentes, con lo cual habria sustraido de la persecucion penal a los presuntos responsables de los

Declaran fundada denuncia contra Fiscal Provincial de la Fiscalia Provincial de Prevencion del delito de Tumbes por presunta comision de delitos de omision de denuncia y encubrimiento personal
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1517-2009-MP-FN MORDAZA, 20 de octubre del 2009

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