Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2009 (05/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de setiembre de 2009

Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2303-2009MTC/15, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 2 de MORDAZA del 2009, se modificaron los formatos de Certificacion Tecnica Vehicular Complementaria contenidos en el Anexo Nº 5 de la Resolucion Directoral Nº 11697-2008MTC/15, atendiendo a la nueva clasificacion del servicio de transporte terrestre establecida en el Reglamento Nacional de Administracion de Transporte aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 7.3 del articulo 7 del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008MTC, la inspeccion tecnica vehicular complementaria tiene por objeto verificar que los vehiculos, por su naturaleza, elemento transportado o en funcion al servicio de transporte que realizan, cumplen ademas con los requisitos o condiciones tecnicas contempladas en la normatividad especifica; Que, en consecuencia, teniendo en cuenta el elemento transportado en el servicio de transporte privado de mercancias, es necesario modificar el formato correspondiente a la certificacion tecnica complementaria para dicho servicio aprobado por Resolucion Directoral Nº 2303-2009-MTC/15; De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares y la Resolucion Directoral Nº 11697-2008-MTC/15; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el Formato de Certificacion Tecnica Complementaria para el Servicio de Transporte Privado de Mercancias, contenido en el Anexo Nº 5 de la Resolucion Directoral Nº 11697-2008-MTC/15 en los teminos siguientes: "5.11 CERTIFICACION TECNICACOMPLEMENTARIA PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PRIVADO DE MERCANCIAS

Autorizan a la empresa CL GAS S.R.L. como taller de conversion a gas natural vehicular para instalacion del kit de conversion, ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2624-2009-MTC/15
MORDAZA, 6 de agosto de 2009 VISTOS: Los Partes Diarios con Nºs. 078757, 090193 y Expedientes Nºs. 2009-013845 y 2009-014148 de fechas 19 de junio, 14, 17 y 21 de MORDAZA de 2009, presentados por CL GAS S.R.L., mediante los cuales solicita autorizacion como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modificada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15, 4284-2008-MTC/15 y Decretos Supremos Nºs. 016-2008MTC y 022-2009-MTC, sobre "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversion a GNV", establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas juridicas para ser autorizadas como Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversion a Gas Natural es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustion de GNV mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe Nº 747-2009-MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada mediante los Partes Diarios Nºs. 078757, 090193 y expedientes Nºs. 2009-013845 y 2009-014148 de fechas 19 de junio, 14, 17 y 21 de MORDAZA de 2009, cumplen con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa CL GAS S.R.L., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para la instalacion del kit de conversion correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; el Reglamento Nacional de Vehiculos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa CL GAS S.R.L., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV, para la instalacion del kit de conversion correspondiente, en el local ubicado en la Manzana E ­ Lote 54, Asociacion de Pobladores Los Gramadales, distrito MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La empresa CL GAS S.R.L., debera presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:

CERTIFICACION TECNICA COMPLEMENTARIA PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PRIVADO DE MERCANCIAS CLASE DE AUTORIZACION :
(CONSIGNAR FOTOGRAFIA DEL VEHICULO) Mediante el presente documento se certifica que el vehiculo materia de inspeccion destinado al servicio de transporte privado de mercancias ha aprobado la Inspeccion Tecnica Vehicular Complementaria al haberse verificado que se encuentra en buenas condiciones tecnicas y mecanicas de funcionamiento, que cumple con las condiciones y caracteristicas tecnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, en los articulos 19º y 24º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC y en la normatividad emitida por la Autoridad competente, segun consta en el Informe de Inspeccion Tecnica Vehicular Nº.................... OBSERVACIONES: ...................................................................................... ...................................................................................... ......................................................................................

Fecha de Inspeccion:

...................................................... Firma del Ingeniero Supervisor "

Articulo Segundo.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre

392616-1

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