Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2010 (14/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

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Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de La MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los ocho dias del mes de junio del dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MAURTUA Consejera Delegada Consejo Regional La MORDAZA AL SENOR PRESIDENTE REGIONAL LA MORDAZA POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La MORDAZA a los 20 dias del mes de MORDAZA de 2010. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente
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DEL

GOBIERNO

Declaran en situacion de emergencia a la Region La MORDAZA para enfrentar los casos de peste bubonica y/o neumonica
ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2010-GR-LL/CR

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno de La MORDAZA de conformidad con lo previsto en los Articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica del Peru; Ley de Bases de Descentralizacion, Ley N° 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, y sus Modificatorias, y demas Normas Complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: VISTO: En Sesion Extraordinaria de fecha 16 de MORDAZA del 2010 la solicitud verbal del Presidente Regional, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la realizacion de una Sesion Extraordinaria con caracter de emergencia y reservada para declarar en situacion de emergencia a la Region La MORDAZA con la finalidad de enfrentar los casos de peste bubonica y/o neumonica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, senalan que los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, es competencia del Gobierno Regional de La MORDAZA, emitir Ordenanzas Regionales, conforme a lo prescrito en el Articulo 38° de la acotada Ley, que establece: "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia.(...)". Que, asimismo de conformidad con lo establecido en el Articulo 49° de la citada Ley, es funcion del Gobierno

Regional de La MORDAZA en materia de salud: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas de salud de la region en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales, e) Promover y ejecutar en forma prioritaria las actividades de promocion y prevencion de la salud, y k) Promover y preservar la salud ambiental de la region. Que, la Region La MORDAZA a raiz de su ubicacion y caracteristicas geograficas ha venido sufriendo constantes cambios climatologicos, pudiendo perjudicar de esta manera, la salud y la MORDAZA de la poblacion, resultando indispensable adoptar medias tecnico administrativas que permitan actuar oportunamente en la atencion de brotes, epidemias y emergencias en la medida que estas se presenten y lo demanden. Que, mediante comunicacion verbal de fecha 16 de MORDAZA de 2010 el Presidente Regional, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita a la Consejera Delegada convoque a Sesion Extraordinaria para ese dia con caracter de emergencia y reservada, para declarar en situacion de emergencia a la Region La MORDAZA con la finalidad de enfrentar los casos de peste bubonica y/o neumonica, asi como proteger la indentidad de las personas reportadas como contagiadas por la peste bubonica y/o neumonica. Que, en merito a lo dispuesto por el Articulo 34° del Reglamento Interno del Consejo Regional, en su MORDAZA y MORDAZA parrafo disponen: "El Pleno del Consejo Regional se reune en Sesion Ordinaria por lo menos una vez al mes o en cualquier momento cuando lo solicite la mitad mas uno de los Consejeros Regionales o cuando lo convoque el Consejero Delegado por razones extraordinarias o de emergencia (...). "Las sesiones son publicas; sin embargo, el Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional La MORDAZA puede disponer que se pase a sesion reservada, para tratar temas que puedan afectar los asuntos de la integridad personal. Lo tratado en sesion reservada no puede ser revelado en ninguna circunstancia, salvo el acuerdo final del Pleno, si lo considera necesario". Que, con Resolucion Gerencial Regional N° 9382010-GR-LL-GGR-GRSS de fecha 16 de MORDAZA de 2010 el Gerente Regional de Salud, declara en Situacion de Emergencia Sanitaria Regional a los Establecimientos de Salud de la Region La MORDAZA, por el plazo de noventa dias (90), a fin de que la Gerencia Regional de Salud, pueda acogerse a las facilidades administrativas que legalmente devienen en la mencionada situacion de emergencia; como consecuencia, del riesgo inminente de MORDAZA de casos de peste bubonica y/o neumonica, conforme al Articulo 23° del Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado y a los considerandos expresados en al presente Resolucion. Que, con Informe Legal N° 002-2010-GR-LL/CR-OATyL de fecha 17 de MORDAZA de 2010 y el Informe Tecnico verbal sustentado por el medico MORDAZA MORDAZA MORDAZA, indicando que ante la confirmacion de un brote de peste bubonica y/ o neumonica MORDAZA en AA.HH. La MORDAZA de la MORDAZA de Chicama, provincia de Ascope, departamento de La Libertad; existe riesgo de transmision y extension del brote de peste en Chicama hacia otras provincias, evidenciado por la alta poblacion de roedores, xenopsylla y ratas portadoras de yersinia pestitis; se ha demostrado la transmision de peste por aerosoles, de un gato con peste neumonica a una nina; los roedores silvestres dentro de las MORDAZA incrementa el riesgo de transmision de peste a roedores sinatropicos, animales domesticos y al humano; se debe fortalecer las capacidades del personal de salud local y regional, con la finalidad de enfrentar los casos de peste bubonica y/o neumonica, principalmente en los sectores donde se han presentado estos casos; en virtud de ello opinan que se declare en situacion de emergencia. Que, ante la presencia de la epidemia de peste bubonica en el distrito de Chicama, provincia de Ascope, de donde procede el caso indice de peste neumonica, es necesario el fortalecimiento de los servicios de salud y la participacion comunitaria, para disponer de una capacidad de respuesta adecuada y efectiva, para lo cual las instituciones publicas y privadas deben aunar esfuerzos mediante un trabajo integrado y corporativo.

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