Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2010 (12/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

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construccion de MORDAZA deportivos y recreacionales o el empleo temporal de zonas urbanas apropiadas, para los fines MORDAZA indicados; coordinan con las entidades publicas responsables y convocan la participacion del sector privado"; competencia que de acuerdo al articulo 59º, inciso b) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de Miraflores, aprobado por Ordenanza Nº 303-MM, corresponde a la Subgerencia de Deporte y Recreacion; Que, a fin de administrar eficientemente las instalaciones y espacios deportivos y recreativos de propiedad o bajo la administracion de la Municipalidad de Miraflores, resulta necesario aprobar el proyecto de Reglamento de Uso de Infraestructura Deportiva y Recreacional de la Municipalidad de Miraflores, propuesto por la Subgerencia de Deporte y Recreacion, en donde se establecen criterios y modalidades que permiten brindar un servicio deportivo y recreativo de calidad y seguro; Estando a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas por el numeral 6 del articulo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar el "Reglamento de Uso de la Infraestructura Deportiva y Recreacional

de la Municipalidad de Miraflores", el mismo que en anexo forma parte integrante del presente decreto de alcaldia. Articulo Segundo.- Encargar a la Subgerencia de Deporte y Recreacion el cumplimiento de lo dispuesto en el reglamento que el presente decreto de alcaldia aprueba. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planificacion efectuar las modificaciones pertinentes en el Texto Unico de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de Miraflores. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente decreto de alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y, conjuntamente con su anexo, en el MORDAZA institucional de la Municipalidad de Miraflores y en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Articulo Quinto.- El presente decreto de alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en Miraflores a los ocho dias del mes de enero del dos mil diez. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA 456460-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Seccion MORDAZA aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentara en dos columnas, una linea por celda. 5. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra.

LA DIRECCION

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