Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2011 (01/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 1 de agosto de 2011

Declaran aprobada renovacion presentada por Sociedad Radiodifusora Comercial S.A.C. para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en la localidad de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 654-2011-MTC/03 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2011 VISTO, el escrito de registro Nº 2010-040759, presentado por la SOCIEDAD RADIODIFUSORA COMERCIAL S.A.C., sobre renovacion de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Viceministerial Nº 6162005-MTC/03 del 12 de diciembre de 2005, se renovo la autorizacion concedida a la COMPANIA RADIODIFUSORA PERUANA S.A., por el plazo de diez (10) anos, para operar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) ubicada en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de MORDAZA, con vigencia hasta el 06 de octubre de 2010; asimismo, se declaro aprobada la transferencia de la mencionada autorizacion, a favor de la SOCIEDAD RADIODIFUSORA COMERCIAL S.A.C., reconociendola como titular, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la misma; Que, con escrito de registro Nº 2010-040759 del 06 octubre de 2010, la SOCIEDAD RADIODIFUSORA COMERCIAL S.A.C., solicito la renovacion de la autorizacion que le fuera reconocida con Resolucion Viceministerial Nº 616-2005-MTC/03; Que, las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se otorgan por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, renovables por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 15º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television ­ Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, el articulo 69º del mencionado Reglamento establece las condiciones a las cuales se sujeta la renovacion de las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion; en tanto que el articulo 71º y la Cuarta Disposicion Final y Transitoria de dicho cuerpo legal consignan los requisitos necesarios para el otorgamiento de la renovacion solicitada; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 6442007-MTC/01 y Nº 846-2009-MTC/01 se modifico el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, estableciendo que el procedimiento de renovacion para los servicios de radiodifusion es uno sujeto al silencio administrativo positivo, disposicion que beneficia a la administrada y que por tanto debe serle aplicable en virtud a lo dispuesto en el articulo 4º de la citada Resolucion Ministerial y la Ley del Silencio Administrativo - Ley Nº 29060; Que, considerando que ha transcurrido el plazo sin que la Administracion MORDAZA emitido un pronunciamiento valido, se considera que al 04 de junio de 2011, se produjo la aprobacion de la solicitud de renovacion en virtud al silencio administrativo positivo; Que, el articulo 68º del citado Reglamento dispone que la solicitud pueda presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion otorgada; en el presente caso, la solicitud de renovacion, presentada mediante escrito de registro Nº 2010-040759 del 06 de octubre de 2010, fue presentada dentro del plazo de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 616-2005-MTC/03; Que, mediante Memorando Nº 4164-2010-MTC/29 del 23 de noviembre de 2010, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones remite el informe Nº 5808-2010-MTC/29.02 del 11 de noviembre de 2010, dando cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada a la estacion el 20 de octubre de 2010, concluyendo que de acuerdo con lo verificado, la

SOCIEDAD RADIODIFUSORA COMERCIAL S.A.C., se encuentra prestando el servicio de radiodifusion sonora en FM conforme a las caracteristicas tecnicas autorizadas y las normas tecnicas de radiodifusion, siendo en consecuencia el resultado de la presente inspeccion tecnica favorable; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 2512004-MTC/03, modificado mediante Resoluciones Viceministeriales Nº 485-2005-MTC/03 y Nº 509-2006MTC/03, ratificado mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, modificado mediante Resoluciones Viceministeriales Nº 166-2009-MTC/03, Nº 460-2009MTC/03, Nº 234-2010-MTC/03, Nº 601-2010-MTC/03, Nº 805-2010-MTC/03 y Nº 345-2011-MTC/03 se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad denominada MORDAZA, en el que se incluye al distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 1978-2011-MTC/28, MORDAZA con informe Nº 2851-2011-MTC/28 la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones opina que ha quedado aprobada al 04 de junio de 2011 la solicitud de renovacion de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 616-2005MTC/03, toda vez que vencio el plazo del procedimiento sin que la entidad MORDAZA emitido pronunciamiento, ademas cumple las condiciones y requisitos previstos en los articulos 69º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television ­ Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC y sus modificatorias, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 04 de junio de 2011, la solicitud de renovacion, presentada por la SOCIEDAD RADIODIFUSORA COMERCIAL S.A.C., con escrito de registro Nº 2010-040759, referida a su autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 6162005-MTC/03 para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA, departamento de Lima. Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 06 de octubre de 2020. Articulo 3º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados. Articulo 4º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 671529-1

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