Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2011 (01/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, lunes 1 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

447813

Renuevan autorizaciones otorgadas a la Asociacion Cultural Bethel para prestar servicio de radiodifusion sonora educativa en localidades del departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 657-2011-MTC/03 MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2011 VISTA, las solicitudes de registros Nº 2011-002905 y Nº 2011-002907, ambos del 20 de enero de 2011, presentadas por la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, sobre renovacion de autorizacion de una estacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Chanchamayo y en el distrito y provincia de Satipo, ambos en el departamento de MORDAZA, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 0332001-MTC/15.03 del 22 de enero de 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de enero de 2001, se otorgo a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, que incluyo un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Satipo, departamento de MORDAZA, con vigencia al 27 de enero de 2011; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 0362001-MTC/15.03 del 22 de enero de 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de enero de 2001, se otorgo a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, que incluyo un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, con vigencia al 27 de enero de 2011; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 353-2007MTC/03 del 18 de MORDAZA de 2007, notificada el 20 de MORDAZA de 2007, se declaro aprobadas las transferencias de las autorizaciones otorgadas a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Resoluciones Viceministeriales Nº 0332001-MTC/15.03 y Nº 036-2001-MTC/15.03, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en las localidades de Satipo-Rio Negro y La Merced-San MORDAZA, departamento de MORDAZA, a favor de la ASOCIACION CULTURAL BETHEL; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 0739-2007MTC/28 del 18 de diciembre de 2007, notificada el 19 de diciembre de 2007, se aprobo, entre otro, la modificacion de la finalidad del servicio de comercial a educativa respecto de la estacion radiodifusora ubicada en el distrito y provincia de Satipo, departamento de Junin; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 0879-2007MTC/28 del 28 de diciembre de 2007, notificada el 31 de diciembre de 2007, se aprobo, entre otro, la modificacion de la finalidad del servicio de comercial a educativa respecto de la estacion radiodifusora ubicada en el distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de Junin; Que, mediante solicitudes de registros Nº 2011-002905 y Nº 2011-002907, ambos del 20 de enero de 2011, la ASOCIACION CULTURAL BETHEL solicito renovacion de la autorizacion de sus estaciones de FM; Que, el articulo 19º de la Ley de Radio y Television, Ley No. 28278, establece entre otros, que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; Que, los articulos 67º y 68º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, concordados con el articulo 15º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, establecen que la renovacion es automatica por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley, asimismo, establecen que la solicitud puede presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion, teniendose ademas por presentada la solicitud si a la la fecha del termino de su vigencia, los titulares de la autorizacion se encuentren

operando y ademas que esten al dia en sus pagos o cuenten con solicitud o con fraccionamiento vigente; Que, conforme al articulo 15º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television disponen que para obtener la renovacion de la autorizacion para continuar prestando el servicio de radiodifusion, es necesario cumplir con las condiciones y requisitos que en ellas se detallan; Que, acorde al Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada (FM), para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 109-2004-MTC/03, ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008MTC/03, modificado con Resoluciones Viceministeriales Nº 189-2009-MTC/03, Nº 440-2009-MTC/03, Nº 215-2010MTC/03, Nº 359-2010-MTC/03 y Nº 561-2011-MTC/03, se observa que dentro de la localidad denominada Satipo ­ Rio Negro, se incluye al distrito y provincia de Satipo, departamento de Junin; Que, acorde al Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada (FM), para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 109-2004-MTC/03, ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008MTC/03, modificado con Resoluciones Viceministeriales Nº 189-2009-MTC/03, Nº 440-2009-MTC/03, Nº 215-2010MTC/03, Nº 359-2010-MTC/03 y Nº 561-2011-MTC/03, se observa que dentro de la localidad denominada La MORDAZA ­ San MORDAZA, se incluye al distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de Junin; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informes Nº 1975-2011MTC/28 y 2994-2011-MTC/28, opina que corresponde renovar las autorizaciones otorgadas mediante Resoluciones Viceministeriales Nº 033-2001-MTC/15.03 y Nº 036-2001-MTC/15.03, al haberse cumplido con la MORDAZA de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley No. 27444, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones y conforme a lo informado por la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar las autorizaciones otorgadas mediante Resoluciones Viceministeriales Nº 033-2001MTC/15.03 y Nº 036-2001-MTC/15.03 a la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, para que continue prestando el servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en las localidades de La Merced-San MORDAZA y Satipo-Rio Negro, ambos en el departamento de Junin. Articulo 2º.- La renovacion de las autorizaciones a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de las Resoluciones Viceministeriales Nº 033-2001-MTC/15.03 y Nº 036-2001-MTC/15.03, en consecuencia, vencera el 27 de enero de 2021. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion y canon anual, por cada autorizacion.

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