Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2011 (02/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

435549

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 112-2011-MDSL que aprobo beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de San MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA N° 002 -2011-MDSL San MORDAZA, 31 de enero de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO; el Informe Nº 021-2011-GM-MDSL de la fecha, a traves del cual el Gerente Municipal remite el Informe Nº 010-2011-GR-MDSL presentado por la Gerencia de Rentas, mediante el cual propone la prorroga de la vigencia del Beneficio Tributario y No Tributario en el Distrito de San MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza N° 112-2011-MDSL; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 112-2011-MDSL se concedio Beneficios Tributarios y No Tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados que registren deudas vencidas al 31 de diciembre de 2010. Que, estando proximo al vencimiento del plazo contemplado en la Ordenanza N° 112-2011-MDSL para el acogimiento a dichos beneficios, se ha visto por conveniente conceder a los vecinos una mayor facilidad para el cumplimiento de sus obligaciones, ampliando en consecuencia el plazo de vigencia de la referida Ordenanza. Que, en la referida Ordenanza en su MORDAZA Disposicion Final precisa "FACULTESE al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue los plazos previstos y dicte las disposiciones complementarias y/o garanticen la correcta ejecucion de lo previsto en la Ordenanza. Estando a lo expuesto con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Legal segun Informe N° 054-2011GAL-MDSL y de conformidad con lo establecido en la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza N° 112-2011MDSL, y a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972. DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER la Prorroga por unica vez desde el 01 hasta el 19 de febrero de 2011, del plazo de vigencia de la Ordenanza N° 112-2011-MDSL, la misma que aprueba los Beneficios Tributarios y No Tributarios en el Distrito de San Luis. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Administracion y Recaudacion Tributaria, Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria y Subgerencia de Informatica y Estadistica, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Articulo Tercero.- ENCARGAR la Publicacion del presente Decreto a la Secretaria General, asi como su difusion a la Subgerencia de Imagen y Participacion Vecinal. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 597757-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Aprueban modificacion parcial de la Estructura Organica, del Reglamento de Organizacion y Funciones y del Cuadro para Asignacion de Personal de la Municipalidad
ORDENANZA N° 003 La Punta, 29 de enero de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de La Punta, en sesion celebrada el 29 de enero de 2011, con el MORDAZA aprobatorio de los Regidores Distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 y el Reglamento Interno del Concejo. VISTO: el Informe Nº 01-2011-MDLP/GM de la Gerencia Municipal que aprueba el Informe previo sobre modificacion parcial de la Estructura Organica, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignacion de Personal de la Municipalidad Distrital de La Punta; y, CONSIDERANDO: Que, segun el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680 y posteriormente modificado por la Ley Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son organos de Gobierno Local, que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con este, se pronuncia el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, que agrega que dicha autonomia radica en el ejercicio de actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, por lo que estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad a la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico, asi como a las normas tecnicas referidas a los sistemas administrativos del Estado que, por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorios; Que, con relacion a la autonomia de la que gozan las Municipalidades, el numeral constitucional MORDAZA senalado ha otorgado expresamente al Concejo la funcion normativa en los asuntos de su competencia, cumpliendose precisamente esta funcion, entre otros mecanismos, a traves de las Ordenanzas Municipales, mediante las cuales se aprueba el regimen de organizacion interior y funcionamiento del gobierno local, asi como otras materias en las que la municipalidad tiene competencia, tal y como se recoge en los Numerales 3), 8) y 32) del Articulo 9º y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972. Cabe precisar que las ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal a las que el Numeral 4 del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru les otorga rango de ley; Que, mediante Ordenanza Nº 015-2007-MDLP/ALC, publicada el 24 de noviembre de 2007, se aprobo la Estructura Organica, el Reglamento de Organizacion

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