Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2011 (20/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2011

2.2.5 Constituirse como un ejemplo de manejo comunal privado participativo, y difusion de conceptos de auto-gestion y conservacion para las comunidades aledanas y para todo el pais. 2.2.6 Promover el desarrollo de la comunidad mediante la captacion de fondos y atencion hacia la satisfaccion de sus necesidades basicas de servicios, infraestructura, logistica, apoyo tecnico y promocion social. 2.2.7 Contar con el respaldo de las autoridades gubernamentales competentes a los ambitos medioambiental, cientifico y de ordenamiento territorial, a fin de garantizar la intangibilidad fisica y legal de la propiedad de la comunidad para el logro de nuestros objetivos. Articulo 3º.- Actualizar el Plan Maestro, en aplicacion del parrafo 2 del articulo 3º del Decreto Supremo Nº 008-2009-MINAM, que establece las Disposiciones para la Elaboracion de los Planes Maestros de las Areas Naturales Protegidas- ANP, el expediente de renovacion del reconocimiento del Area de Conservacion Privada Chaparri es tambien su Plan Maestro, ya que contiene el listado de obligaciones y restricciones y la propuesta de zonificacion interna del area. Articulo 4º.- En aplicacion del articulo 11º de la Resolucion Presidencial Nº 144-2010-SERNANP, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privada, las obligaciones que se derivan del reconocimiento del Area de Conservacion Privada, son inherentes a la superficie reconocida como tal y el reconocimiento del area determina la aceptacion por parte de los propietarios, de condiciones especiales de uso que constituyen cargas vinculantes para todas aquellas personas que durante el plazo de vigencia del reconocimiento del Area de Conservacion Privada, MORDAZA titulares o les sea otorgado algun derecho real sobre el mismo. Articulo 5º.- En aplicacion del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas y de los incisos 1) y 5) del articulo 2019° del Codigo Civil; asi como del articulo 12º de la Resolucion Presidencial Nº 144-2010-SERNANP, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privada, el SERNANP inscribira en la SUNARP, las cargas de condiciones especiales de uso del Area de Conservacion Privada Chaparri, a perpetuidad, las cuales son las siguientes: Obligaciones de Hacer: 1. Usar el predio con fines de conservacion para los cuales ha sido reconocida el Area de Conservacion Privada. 2. Desarrollar practicas ambientales sostenibles en el aprovechamiento de los recursos naturales. 3. Preservar servicios ambientales en el Area de Conservacion Privada, como el recurso agua. 4. Dar cumplimiento a la normatividad del Areas Naturales Protegidas, directivas, disposiciones, y recomendaciones emitidas por el SERNANP, asi como las normas conexas aplicables a la conservacion del Area de Conservacion Privada. 5. Brindar al representante del SERNANP, las facilidades que esten a su alcance para la supervision del area. 6. Presentar un informe anual de avance respecto al cumplimiento de lo establecido en el Plan Maestro, el cual sera presentado dentro de los treinta (30) dias siguientes al termino de cada ano. Obligaciones de No Hacer: 1. No efectuar cambio de uso de la tierra. 2. No realizar actividades que pongan en riesgo los objetivos del area, asi como la zonificacion respectiva del area. 3. No desarrollar proyectos de infraestructura que altere el paisaje, atentando con ello a los objetivos de conservacion del area.

4. No introducir especies exoticas. 5. No realizar actividades incompatibles con la zonificacion del Area de Conservacion Privada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente

MEMORIA DESCRIPTIVA Nombre Superficie Limites : Area de Conservacion Privada "Amazon Natural Park" : 62,6575 ha : La demarcacion de los limites se realizo en base a la Carta Nacional de escala 1/100,000, elaborada y publicada por el Instituto Geografico Nacional - IGN, utilizando la informacion siguiente: Codigo 09-o Nombre Rio Itaya Datum WGS84

Proyeccion UTM, Datum WGS 84, MORDAZA 18 Sur Ubicacion politica : Se realizo en base a la informacion elaborada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica-INEI. Distrito Nauta Noreste Partiendo del punto Nº 1, el limite continua mediante linea recta en direccion sureste hasta llegar al punto Nº 2. Sureste Desde el ultimo punto descrito, el limite prosigue mediante linea recta en direccion suroeste hasta llegar al punto Nº 3. Suroeste Prosiguiendo desde el ultimo punto mencionado, el limite continua mediante linea recta en direccion noroeste hasta llegar al punto Nº 4. Noroeste Desde el ultimo punto descrito, el limite prosigue mediante linea recta en direccion noreste hasta alcanzar el punto Nº 1, inicio de la presente memoria descriptiva. Listado de Puntos
COORDENADAS UTM PUNTO Nº 1 2 3 4 ESTE 618 192,0000 61 8865,0000 618 526,9100 617 853,9100 NORTE 9 504 460,0000 9 504 050,0000 9 503 324,9500 9 503 734,9500

Provincia MORDAZA

Departamento MORDAZA

El Datum de referencia es el WGS 84, la MORDAZA de proyeccion es la MORDAZA 18S La version oficial impresa y digital de los limites se encuentra en el expediente de reconocimiento del Area de Conservacion Privada que sustenta la presente Resolucion Ministerial, la cual se ubica en el acervo documentario del SERNANP; dicho expediente en lo sucesivo constituye el principal documento al que se debera recurrir en materia de ordenamiento territorial a todo nivel.

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