Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2011 (10/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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Trapiche y Conservacion Del Medio Ambiente De La MORDAZA Baja Del Distrito De MORDAZA MORDAZA De Quives, la misma que forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DISPONER, la restriccion del MORDAZA por el MORDAZA de Trapiche de vehiculos superiores a 20 toneladas de peso total y en condiciones que puedan contaminar el medio ambiente. Articulo Tercero.- SOLICITAR, al Ministerio de Energia y Minas para la fiscalizacion de los denuncios mineros metalicos y no metalicos en la jurisdiccion de la Provincia de Canta, debiendo sustentarse con los estudios de impacto ambiental correspondiente. Articulo Cuarto.- SOLICITAR, a las autoridades del Gobierno Central, Regional y Policia Nacional del Peru, su apoyo para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- DEROGAR, la Ordenanza Municipal Nº 088-MPC y el Decreto de Alcaldia Nº 008-2010-A-MPC. Articulo Sexto.- DISPONER, la publicacion de la presente MORDAZA conforme a Ley, para su vigencia a partir del siguiente dia. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA RUFFNER MORDAZA 650534-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la compra de terreno para obtener acceso directo al Terminal Terrestre del Distrito de Mala
ACUERDO DE CONCEJO Nº 032-2011-MDM Mala, 24 de MORDAZA de 2011 VISTO.En Sesion de Concejo de fecha 24 de MORDAZA del 2011, el Memorandum Nº 182-2011-GDU/MDM de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Informe Legal Nº 153-2011-GAL/MDM de la Gerencia de Asesoria Legal respecto a factibilidad de compra de terreno para acceso al Terminal Terrestre del Distrito de Mala, a fin de mejorar las vias de ingreso al Terminal Terrestre. CONSIDERANDO.Que, de conformidad a lo establecido en el Articulo Nº 194 de la Constitucion Politica del Estado Peruano, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que: "las Municipalidades son los organos de gobierno local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia". Que, los terrenos de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, tienen caracteristicas que las hacen unicas para vias de acceso directo hacia el terminal terrestre, a todo lo largo del ancho del terminal terrestre. Que, estando a los hechos planteados, la Municipalidad debera resolver la via de acceso directo al Terminal Terrestre; haciendo viable considerar el terreno de propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, como unica proveedora, al ser propietaria de un predio que se encuentra ubicado a todo lo ancho del referido Terminal Terrestre, lo que ha sido senalado por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, en la cual senala la carta de fecha 28 de MORDAZA del 2011, donde MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA propone la venta

del terreno denominado San MORDAZA, valorizando el metro cuadro en $43.00, que resulta ser el precio de MORDAZA de la MORDAZA, informando la Gerencia de Desarrollo MORDAZA que la propuesta de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA es asequible para la transaccion. Que, el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC en su Articulo 35º Numeral 2 senala: "Que los terminales deben de contar con area apropiada y suficiente para que los vehiculos que lo utilizan puedan girar y maniobrar internamente,...". Que, de lo MORDAZA expuesto se tiene un solo predio materia para la compra del terreno destinado a obtener via de acceso al Terminal Terrestre del Distrito de Mala, de propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA De MORDAZA, que se ajusta a los parametros establecidos en el articulo 20 del Decreto Legislativo Nº 1017-Ley de Contrataciones del Estado en concordancia con el articulo 131º y siguiente del Decreto Supremo Nº 1842008-EF-Reglamento de la Ley, donde se produce la exoneracion del MORDAZA de seleccion y en consecuencia resulta viable la contratacion que se realiza cuando exista proveedor unico de bienes o servicios que no admiten sustitutos o cuando por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion del derecho, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor. Que, cuando se trata de un proveedor unico se produce un estado de necesidad, en el presente caso la compra del terreno se produciria por contrata directa. Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en su articulo 41 senala: "Que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidos a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional. Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 9º Inciso 24 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, que senala como atribuciones del Concejo Municipal de: Aprobar endeudamientos internos y externos, exclusivamente para obras y servicios publicos, por mayoria calificada y conforme a ley; Que, con la dispensa de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal por unanimidad; ACORDO: Articulo Primero: Aprobar la compra de terreno de propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA De MORDAZA para obtener el acceso directo al Terminal Terrestre del Distrito de Mala, cuya area de terreno a adquirirse es de 802.25 m2, a desmembrarse del area total de 6,774.00 m2 signado con la Unidad Catastral Nº 1899, inscrito en la partida electronica con el codigo P17024554 de la MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA, a $ 43.00 Dolares Americanos el metro cuadrado. Cualquier otra modificacion del predio que se adquiere se MORDAZA mediante Resolucion de Alcaldia, para el cual queda autorizado el Senor MORDAZA, asi como para la suscripcion de la minuta de Compra-Venta, de la Escritura Publica hasta la anotacion en la SUNARP, facultando subsanar y levantar toda observacion. Articulo Segundo: Exonerar de todo MORDAZA de Seleccion la compra de terreno citada en el primer articulo al ajustarse a los parametros establecidos en el articulo 20 del Decreto Legislativo Nº 1017Ley de Contrataciones del Estado en concordancia con el articulo 131º y siguiente del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF-Reglamento de la Ley por estado de necesidad al tratarse de un proveedor unico, segun los informes tecnicos y legales que forman parte integrante del presente Acuerdo. Articulo Tercero: Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Sub Gerencias de Logistica y Marquesi de Bienes, Contabilidad y Tesoreria el fiel cumplimiento del presente Acuerdo. Articulo Cuarto: Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial "El Peruano", SEACE, y remision en MORDAZA de los documentos

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