Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2011 (20/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, lunes 20 de junio de 2011

NORMAS LEGALES
Caracteristicas Tecnicas: Indicativo : OAM-2M Emision : 10K0A3EGN Potencia Nominal del Transmisor : 3.0 KW. Ubicacion de la Estacion: Estudios Coordenadas Geograficas Planta Transmisora Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio

445017

RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 543-2011-MTC/03
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2011 VISTO, el Escrito de registro Nº 161174, presentado por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA NEGREIROS sobre otorgamiento de autorizacion por Concurso Publico para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM), en la localidad de MORDAZA - Pataz - MORDAZA MORDAZA - MORDAZA de MORDAZA, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, el articulo 16º de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2778-2010MTC/28, se aprobo las Bases del Concurso Publico Nº 01-2010-MTC/28, para el otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora, en las modalidades educativa y comercial, en diversas localidades y bandas de frecuencias a nivel nacional, entre las cuales se encuentra la banda de Onda Media (OM) en la localidad de MORDAZA - Pataz - MORDAZA MORDAZA - MORDAZA de MORDAZA, departamento de La Libertad; Que, con fechas del 20 al 22 de setiembre del 2010, se llevo a cabo la MORDAZA de los Sobres Nºs 1 y 2 en la sede central del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y con fecha 29 de octubre del mismo ano, se llevo a cabo el Acto Publico Unico: Recepcion y Apertura de Sobres Nºs 3 y 4 y Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 01-2010-MTC/28, para la autorizacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM), en la localidad de MORDAZA - Pataz - MORDAZA MORDAZA - MORDAZA de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA NEGREIROS, conforme se verifica del Acta de los referidos Actos Publicos; Que, el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es concedida mediante Resolucion del Viceministro de Comunicaciones; Que, mediante Informe Nº 1759-2011-MTC/28, la Direccion General deAutorizaciones en Telecomunicaciones, considera que la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA NEGREIROS ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demas disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Publico Nº 01-2010-MTC/28, asi como con la MORDAZA de la documentacion tecnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona, la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, las Bases del Concurso Publico Nº 012010-MTC/28, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 236-2005-MTC/03, ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA NEGREIROS, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM) en la localidad de MORDAZA Pataz - MORDAZA MORDAZA - MORDAZA de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad : RADIODIFUSION SONORA EN OM : 570 KHz : EDUCATIVA

: Jr. MORDAZA Nº 591, distrito de Huamachuco, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de La MORDAZA : Longitud Oeste : 78° 02' 38.88'' Latitud Sur : 07° 48' 51.84'' : MORDAZA rural La Esquina, distrito de Huamachuco, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de La MORDAZA : Longitud Oeste : 78° 02' 41.90'' Latitud Sur : 07° 49' 22.76'' : El area comprendida dentro del contorno de 62 dB V/m

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorizacion y permiso concedidos se computara a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, la cual, ademas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. En virtud a lo indicado en el numeral 25 de las Bases del Concurso Publico Nº 01-2010-MTC/28, la titular de la autorizacion del servicio de radiodifusion con finalidad educativa, no podra modificarla, ni cualquier condicion u obligacion relacionada con dicha finalidad, durante la vigencia de la autorizacion, caso contrario esta quedara sin efecto. Articulo 2º.- En caso alguna infraestructura, utilizada para el despegue y aterrizaje de aeronaves, sea instalada con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente autorizacion y la estacion radiodifusora se encuentre dentro de las Superficies Limitadoras de Obstaculos o su operacion genere interferencias a los sistemas de radionavegacion, la titular debera obtener el permiso respectivo de la Direccion General de Aeronautica Civil o reubicar la estacion, asi como adoptar las medidas correctivas a efectos de no ocasionar interferencias. Asimismo, si con posterioridad al otorgamiento de la presente autorizacion, la estacion radiodifusora se encontrara dentro de las otras zonas de restriccion establecidas en el articulo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Tele vision, la titular debera obtener los permisos correspondientes y adoptar las medidas correctivas que correspondan. Articulo 3º.- La autorizacion que se otorga se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual, la titular de la autorizacion, debera cumplir con las obligaciones que a continuacion se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestacion del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las caracteristicas tecnicas aprobadas en la presente autorizacion. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento. La inspeccion tecnica correspondiente se efectuara de oficio hasta dentro de los ocho (08) meses siguientes al vencimiento del mencionado periodo de instalacion y prueba, verificandose en MORDAZA la correcta instalacion y operacion de la estacion, con equipamiento que permita una adecuada prestacion del servicio autorizado, asi como el cumplimiento de las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion. Sin perjuicio de lo indicado, la titular podra solicitar la realizacion de la inspeccion tecnica MORDAZA del vencimiento del periodo de instalacion y prueba otorgado. En caso de incumplimiento de las obligaciones MORDAZA mencionadas la autorizacion otorgada quedara sin efecto. De cumplir la titular con las obligaciones precedentemente indicadas y a merito del informe tecnico favorable, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a expedir la respectiva Licencia de Operacion.

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