Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2011 (02/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de octubre de 2011

la apertura de plazas por mandato judicial, que la Unidad de Presupuesto del MINEDU opina que es tecnicamente factible ejecutar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico entre Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educacion, con cargo a saldos proyectados al cierre de libre disponibilidad, para atender las necesidades ms urgentes del financiamiento solicitado, por la cual autoriza una modificacion presupuestaria, por tanto en ese sentido, al contar nuestra Institucion con los recursos necesarios para atender el pago de personal docente contratado hasta el mes de diciembre 2011, quedaria sustentada la modificacion del PAP; Que, de acuerdo a lo senalado en el Oficio Multiple Nº 001-2011-ME/SG-OGA-UPER SPE/UP de fecha 22.07.2011, este sugiere evaluar el pago en planillas continuas del presente ano el beneficio de la Ley Nº 29702 que establecio que el pago de la bonificacion dispuesta por el Decreto de Urgencia Nº 037-94, debia realizarse de acuerdo a los criterios del Tribunal Constitucional sin la exigencia de sentencia judicial, debiendo tomarse en cuenta los saldos presupuestales resultantes de la proyeccion de los gastos institucionales al cierre del ejercicio fiscal 2011. Es en dicho sentido que de acuerdo a lo senalado por la Sub Direccion de Recursos Humanos, nuestra Institucion tendria saldo presupuestal para cubrir los pagos correspondientes a la bonificacion del Decreto de Urgencia Nº 037-94 por 4 meses contando desde el mes de MORDAZA hasta el mes de octubre del presente ano, desembolso que debe incluirse en el PAP institucional; Que, mediante el mismo Informe la Direccion de Asesoria Legal senala que en relacion al pago de la bonificacion dispuesta por el Decreto de Urgencia Nº 037-94, en los meses de MORDAZA y agosto se ejecuto el pago correspondiente sustentado en la existencia de supuestos saldos presupuestados, segun lo senalado en el Informe Nº 065-2011-SUBD.RRHH-ENSABAP de fecha 01.08.2011, por tanto en dicho sentido debe aprobarse la modificacion del PAP con eficacia anticipada al 01.07.2011, toda vez que de acuerdo a lo senalado por la Subdireccion de Recursos Humanos mediante el Informe Nº 096-2011-SubdRRHHMP-ENSABAP, el 30.06.2011, fecha de cierre del Sistema Unico de Planilla correspondiente al mes de MORDAZA 2011, se informo acerca de los montos a pagar durante dicho mes; Que, en relacion a la eficacia anticipada, corresponde aludir al Articulo Nº 17 de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General que establece en su numeral 17.1 que la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopcion; Que, en este caso resulta procedente la aprobacion con eficacia anticipada de la modificacion del PAP institucional 2011 respecto del pago efectuado por concepto de la bonificacion contenida en el Decreto de Urgencia Nº 037-94 en los meses de MORDAZA y agosto, ya que resulta favorable a los administrados, en este caso al personal administrativo que se ha visto beneficiado con la bonificacion del Decreto de Urgencia Nº 037-94; no lesiona derechos fundamentales de terceros y porque a la fecha a la que pretende retrotraerse, esto es al dia 01.07.2011, ya existia el supuesto de hecho toda vez que con fecha 30.06.2011 fecha de cierre del Sistema Unico de Planillas se informo sobre los pagos a efectuarse en la planilla del mes de MORDAZA 2011, ocurriendo lo mismo en el mes de agosto de 2011, siendo ademas que dichos pagos fueron efectivamente realizados; Que, mediante Informe Nº 263-2011-DAL-ENSABAP la Direccion de Asesoria Legal indica que de acuerdo a lo precisado por la Subdireccion de Recursos Humanos y ratificado por la Direccion de Planificacion resultara procedente presupuestar la Plaza Nº 40 correspondiente al cargo de Sub Director de Logistica, desde el mes de octubre hasta diciembre del presente ano; Que, finalmente por medio del mismo Informe la Direccion de Asesoria Legal senala que de acuerdo a lo establecido por la Directiva Nº 001-82-INAP/DNP en su Articulo Nº 4, la Sub Direccion de Recursos Humanos en el caso de nuestra Entidad es la responsable del cumplimiento de la misma, debiendo disponer las acciones de coordinacion respectivas, especialmente con la Direccion de Planificacion, disposicion

que segun se aprecia de la documentacion remitida a este Despacho, ha sido considerada por dicha dependencia para efectos de efectuar las modificaciones necesarias al PAP, contandose en dicho sentido con la opinion favorable por parte de la Direccion de Planificacion sobre el proyecto de modificacion del Presupuesto Analitico de Personal, para efectos de cubrir necesidades especificamente establecidas en el CAP Institucional, ya que como lo ha indicado la Subdireccion de Recursos Humanos los contratos de los docentes solo se encuentran vigentes hasta el 31.10.2011 requiriendose la modificacion a efectos de prorrogar dicha contratacion hasta el 31.12.2011; requiriendose realizar los pagos correspondientes a la bonificacion contenida en el Decreto de Urgencia Nº 037-94 hasta el mes de octubre de 2011, debiendo darse la aprobacion con eficacia anticipada respecto de los pagos efectuados por concepto de la referida bonificacion durante los meses de MORDAZA y agosto; y finalmente presupuestandose la plaza correspondiente a la Subdireccion de Logistica dependiente de la Direccion Administrativa; Estando a lo solicitado y con las visaciones respectivas; y De conformidad con el Estatuto y el Reglamento General aprobados con Decreto Supremo Nº 015-2009ED y con Resolucion Directoral Nº 338-2009-ENSABA respectivamente; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, con eficacia anticipada al 01.07.2011 la modificacion del PAP 2011 en el extremo referido al pago de la bonificacion dispuesta por el Decreto de Urgencia Nº 037-94 correspondiente a los meses de MORDAZA y agosto 2011. Articulo Segundo.- APROBAR, la modificacion del PAP 2011. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Direccion de Administracion la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA Electronico de la Institucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CORTES CARCELEN Director General MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 697989-1

ENERGIA Y MINAS
Declaran nulidad de Auto Directoral Nº 426-2011-MEM-AAM que aprobo convocatoria a Audiencia Publica del proyecto de "Ampliacion de la Concentradora Toquepala y Recrecimiento del Embalse de Relaves de Quebrada Honda" en el Estadio Millsite
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 010-2011-MEM/VMM MORDAZA, 30 de setiembre del 2011 Visto; el expediente Nº 2114008 de "Ampliacion de la Concentradora Toquepala y Recrecimiento del Embalse de Relaves de Quebrada Honda", solicitado con fecha 20 de MORDAZA del 2011 por Southern Peru Copper CorporationSucursal del Peru; y, el Informe Nº 233-2011-MEM/OGAJ, de fecha 30 de setiembre del 2011, de la Direccion General de Asesoria Juridica del Ministerio de Energia y Minas; CONSIDERANDO: Que, por Auto Directoral Nº 363-2011-MEM/AAM de fecha 3 de agosto del 2011, se programo la realizacion de la Audiencia Publica del proyecto "Ampliacion de la

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