Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2011 (15/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de octubre de 2011

Declare al Lobo de Rio, como especie representativa de la Region de MORDAZA de Dios. Que, de conformidad con el articulo 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el mismo que senala que las ordenanzas regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion de los gobiernos regionales y reglamentan materias de su competencia; El Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Articulo Primero.- DECLARAR, al Lobo de Rio (pteronura brasiliensis), como especie representativa de la Region de MORDAZA de Dios. Articulo Segundo.- ENCARGAR, al Ejecutivo Regional, para que dentro de los noventa (90) dias calendario de publicada la presente, establezca mediante Decreto Regional, la estrategia de promocion de la Conservacion del Lobo de Rio (pteronura brasiliensis) y sus habitat saludables. Dicha estrategia debera contener mandatos a organos del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, a fin de que prioricen sus actividades e inversion, de acuerdo al listado no limitativo contenido en el Anexo l, que forma parte integrante de la presente ordenanza regional. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, realizar las gestiones necesarias para elaborar e implementar de manera participativa con el sector publico, el sector empresarial, la sociedad civil organizada y la poblacion local, la estrategia de promocion a que hace referencia el articulo MORDAZA de la presente ordenanza regional. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para su promulgacion. En la MORDAZA de Puerto MORDAZA, a los diez dias del mes de agosto del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA ALPACA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA de MORDAZA, a los diez dias del mes de agosto del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 703193-1

El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley N° 27902 y Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demas normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal; Que, el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, siendo el turismo una actividad multisectorial por su caracter transversal vincula a diversas instituciones publicas, privadas y organizaciones gremiales representativas de la sociedad, asimismo es necesario tomar decisiones que permitan una accion coordinada y compartida por los actores involucrados en la actividad turistica y en el desempeno laboral; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 029-2008GRSM/CR, de fecha 31 de Octubre del 2008, se constituye el Consejo Regional de Turismo de San MORDAZA ­ CRTSM, como MORDAZA instancia coordinadora, propositiva y concertadora de politicas del sector turismo en la Region San MORDAZA, aprobandose para tales fines los Estatutos del Consejo Regional de Turismo de San MORDAZA - CRTSM; conforme lo establece la Ley Nº 26961-Ley para el Desarrollo de la Actividad Turistica, publicada el 03 de junio de 1998; Que, con Oficio Nº 281-2011 GRSM/DIRCETURMOY de fecha 07 de MORDAZA del presente ano, la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo ­ SM, solicita a la Gerencia Regional de Desarrollo Economico del Gobierno Regional de San MORDAZA, dejar sin efecto la Ordenanza Regional Nº 029-2008-GRSM/CR, donde se constituye el Consejo Regional de Turismo de San MORDAZA - CRT-SM; dado que con la dacion de la Ley Nº 29408 "Ley General de Turismo" de fecha 18 de setiembre del ano 2009, se crean los Comites Consultivos Regionales de Turismo; Que, el Reglamento de la Ley Nº 29408 ­ Ley General de Turismo, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 003-2010-MINCETUR, del 16 de enero del ano 2010, senala que el Consejo Consultivo de Turismo ­ CCT y los Comites Consultivos Regionales de Turismo estableceran los mecanismos que permitan conocer y coordinar las recomendaciones, opiniones y propuestas que se efectuen, en cumplimiento que les asigne la precitada Ley; Que, mediante reunion extraordinaria realizada en las instalaciones del Auditorio de la Direccion Regional Agraria ­ SM, el dia 11 de MORDAZA del presente ano, los miembros del Consejo Regional de Turismo de San MORDAZA ­ CRT SM, con el quorum reglamentario se ACUERDA POR UNANIMIDAD la adecuacion a la Ley y el cambio de nombre de "Consejo Regional de Turismo de San Martin" a "Comite Consultivo Regional de Turismo de San Martin"; Que, el Informe Legal Nº 588-2011-GRSM /ORAL, de fecha 22 de junio del 2011, la Oficina Regional de Asesoria Legal del Gobierno Regional de San MORDAZA, emite opinion favorable para la creacion del "COMITE CONSULTIVO REGIONAL DE TURISMO DE SAN MARTIN", basado en la Ley Nº 29408 "Ley General de Turismo"; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nº 27902 y 28013, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos institucionales;

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Derogan Ordenanza Nº 029-2008GRSM/CR y crean el Comite Consultivo Regional de Turismo de San MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2011-GRSM/CR Moyobamba, 18 de MORDAZA de 2011

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