Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2012 (06/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, lunes 6 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES
ANEXO

472003

RELACION DE CINCO (05) PREDIOS AFECTADOS POR LA EJECUCION DE LA OBRA: REHABILITACION Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA MORDAZA - ABANCAY, TRAMO IV: KM. 154+000 AL KM. 210+000, UBICADOS EN EL DISTRITO DE CHINCHEROS, PROVINCIA DE CHINCHEROS, DEPARTAMENTO DE MORDAZA N° 1 2 3 4 5 CODIGO AND T-V-122 AND T-V-132 AND T-V-134 AND T-V-136 AND T-V-138 VALOR COMERCIAL US$ 19 928, 86 3 856, 62 4 668, 10 8 959, 94 7 336, 05

823413-5 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 411-2012-MTC/02 MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2012 Visto: La Nota de Elevacion Nº 341-2012-MTC/20 de fecha 15 de junio de 2012, de la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remitiendo la solicitud de aprobacion de las tasaciones que corresponden a nueve (09) predios afectados por la ejecucion de la Obra: Construccion y Mejoramiento de la Carretera MORDAZA Quillabamba, Tramo: Alfamayo - Chaullay - Quillabamba, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que Facilita la Ejecucion de Obras Publicas Viales, establece que la adquisicion de inmuebles afectados por trazos en vias publicas se realizara por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los articulos 2° y 3° de Ley Nº 27628, el valor de tasacion para la adquisicion de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vias publicas sera fijado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, el cual sera aprobado por

Resolucion Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el precio que se pagara por todo concepto a los propietarios via trato directo sera el monto del valor comercial actualizado de los mismos, mas un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se fusiono el Consejo Nacional de Tasaciones CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; en tanto que, por Resolucion Ministerial Nº 010-2007-VIVIENDA, se dispuso que la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en adelante DNC, en el MORDAZA de lo establecido en la Ley Nº 23337 y en el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, sera el organo responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas publicas, que por su naturaleza no pueden ser ejecutadas por privados; Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, en adelante PROVIAS NACIONAL, y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves de la DNC, suscribieron el Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional Nº 037-2009-MTC/20, con el objeto de establecer los mecanismos y procedimientos generales que faciliten la mutua colaboracion y la suma de esfuerzos institucionales en beneficio del desarrollo nacional, en aplicacion de lo dispuesto en las Leyes Nos. 27117Ley General de Expropiaciones y 27628 - Ley que Facilita la Ejecucion de Obras Publicas Viales, y con la finalidad de que la DNC efectue la valuacion comercial de los predios afectados por la ejecucion de obras publicas realizadas por PROVIAS NACIONAL, asi como los ejecutados por los Contratos de Concesion de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional, otorgados o a ser otorgados al Sector Privado bajo concesion o cualquier otra forma contractual que involucre una relacion contractual de mediano a largo plazo; Que, al MORDAZA del mencionado Convenio MORDAZA, PROVIAS NACIONAL y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento suscribieron el Convenio Especifico Nº 72, de fecha 13 de junio de 2011, con el objeto de que la DNC efectue la valuacion comercial de los predios afectados por la ejecucion de la Obra: Construccion de la Carretera MORDAZA - Quillabamba, localizados entre las progresivas Km. 84+380 y 129+060, en los distritos de Huayopata y Maranura, provincia de La Convencion, departamento del Cusco; Que, mediante Oficio Nº 1360-2011/VIVIENDAVMCS-DNC de fecha 29 de noviembre de 2011, la

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

4.

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