Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2012 (01/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 136

467498
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de junio de 2012

Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades", los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades" dispone que el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con los vecinos; y los articulos 9º, 53º y 97º, disponen que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado; Que, asimismo, la Decimo Sexta Disposicion Complementaria, establece que las municipalidades determinaran espacios de concertacion adicionales a los previstos en la citada ley y regularan mediante ordenanza los mecanismos de aprobacion de sus presupuestos participativos; Que, por otro lado, los articulos 18º y 20º de la Ley N° 27783 "Ley de Bases de la Descentralizacion", establecen que los Planes y Presupuestos Participativos son de caracter territorial y expresan los aportes y participacion del sector publico y privado, de las sociedades regionales y locales y la cooperacion tecnica internacional; dichas herramientas de inversion se elaboran y ejecutan en funcion a Planes de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente concertados, con sujecion a las normas tecnicas del Sistema Nacional de Inversion Publica; Que, la Ley N° 28056 "Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo" y su modificatoria la Ley Nº 29298, establece disposiciones que aseguran la efectiva participacion de la Sociedad Civil en el MORDAZA de Programacion Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo un aspecto fundamental para dicho MORDAZA los Planes de Desarrollo Concertado; Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 y de la Ley Nº 29298, establece en su Primera Disposicion Final que los Gobiernos Regionales y Locales, emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en el presente Reglamento y a las Directivas que emita la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, con el proposito de facilitar el desarrollo del MORDAZA participativo, a traves de mecanismos que faciliten la participacion de ciudadanos no organizados o no representados por organizaciones ya constituidas; Que, mediante Resolucion Directoral N° 0072010-EF/76.01 se aprobo el Instructivo N° 001-2010EF/76.01 "Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados", de caracter general y permanente, el cual es de alcance y aplicacion de los Gobiernos Locales; Que, con Informe Nº 048-2012-GPPR/MDI la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion sustenta el cumplimiento de la aprobacion del Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ejercicio Fiscal 2013 de la Municipalidad Distrital de Independencia, a efecto de iniciar este importante MORDAZA de programacion participativa; Que, la Gerencia de Asesoria Legal mediante el Informe Nº 447-2012-GAL/MDI opina por la procedencia de la Ordenanza que aprueba el referido Reglamento; Que, mediante el Dictamen Nº 002-2012-COEPPO/ MDI, la Comision de Economia, Planificacion, Presupuesto y Organizacion de la Municipalidad Distrital de Independencia; acuerda recomendar al pleno del Concejo Municipal la aprobacion de la ordenanza "Reglamento del MORDAZA del presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ejercicio Fiscal 2013 de la Municipalidad Distrital de Independencia" Estando a lo expuesto; y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Municipal, aprobo por UNANIMIDAD, lo siguiente:

"REGLAMENTO DEL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA" Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ejercicio Fiscal 2013, el mismo que consta de Tres Titulos, Cuarenta Articulos y Siete Disposiciones Finales, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza y cuyo texto integro sera publicado en la pagina web de la Municipalidad Distrital de Independencia: ww.muniindependencia. gob.pe Articulo Segundo.- CONVOCAR a la Sociedad Civil organizada y a las Instituciones Publicas y Privadas del Distrito de Independencia, a participar en el MORDAZA del Presupuesto Participativo por Resultados 2013. Articulo Tercero.- ENCARGAR del cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, Gerencia de Gestion MORDAZA, Gerencia de Gestion Ambiental, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Desarrollo Economico Local, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Secretaria General y demas Unidades Organicas segun el ambito de su competencia. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 795137-1

Dejan sin efecto la R.A. Nº 3962011-MDI y designan funcionario responsable de brindar informacion publica solicitada por ciudadanos
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 109-2012-MDI Independencia, 22 de MORDAZA del 2012. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA: VISTO: la Resolucion de Alcaldia Nº 096-2012, de fecha 16 de MORDAZA del 2012; Resolucion de Alcaldia Nº 396-2011-MDI, de fecha 04 de Octubre del 2011 y la Resolucion de Alcaldia Nº 094-2012, de fecha 16 de MORDAZA del 2012, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680 "Ley de Reforma Constitucional" establece que las Municipalidades son los organos de Gobiernos Local con autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia, Que, la Constitucion Politica del Estado, en su inciso 5) del articulo 2º, estipula el derecho fundamental de acceso a la informacion, al establecer que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresion de causa la informacion que requiera y recibirla de cualquier entidad publica, en el plazo legal y con el costo que suponga este pedido, Que, la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica", el Decreto Supremo Nº 0432003-PC, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, y el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, promueven la transparencia de los actos del estado y regulan el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrada en el numeral 5 del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru,

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