Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2012 (01/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de junio de 2012

los Acuerdos de Directorio de los organos operadores, a fin de formalizarlos mediante resolucion administrativa de la Presidencia del SINEACE; a tal efecto, en todos los casos, se establecio que se requiere contar con acuerdo aprobatorio del Directorio del organo operador; el informe de la Secretaria Tecnica y el acuerdo expreso del Consejo Superior; Que, mediante Acuerdo Nº 089-2012-CONEAU, Sesion Nº 026 de 16 de MORDAZA del 2012, el Directorio del CONEAU aprueba los "Estandares para la Acreditacion de la MORDAZA Profesional Universitaria de Contabilidad"; Que, con arreglo a las consideraciones establecidas en su Acuerdo Nº 038-2010-SINEACE, el Consejo Superior del SINEACE, en su Sesion Nº 35 de 20 de MORDAZA del 2012, a traves del Acuerdo Nº 079-2012-SINEACE, acordo oficializar los "Estandares para la Acreditacion de la MORDAZA Profesional Universitaria de Contabilidad", aprobados mediante Acuerdo Nº 089-2012-CONEAU por el Directorio del CONEAU; Que, en la Sesion Nº 25, Acuerdo Nº 007-2011, el Consejo Superior del SINEACE MORDAZA como su Presidenta a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidenta del Directorio del IPEBA; De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 28740, del SINEACE y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley Nº 29158, del Poder Ejecutivo y el Acuerdo Nº 038-2010-SINEACE, estando a lo opinado en el Informe Nº 030-2012-SINEACE/ST. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar los "Estandares para la Acreditacion de la MORDAZA Profesional Universitaria de Contabilidad" aprobados por el Directorio del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria- CONEAU mediante Acuerdo Nº 089-2012-CONEAU, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Publicar los "Estandares para la Acreditacion de la MORDAZA Profesional Universitaria de Contabilidad" aprobados, en el MORDAZA institucional del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria: http://www.coneau.gob.pe/, en la misma fecha en que sea publicada esta resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Encargar al Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria- CONEAU realizar la mas amplia difusion a nivel nacional de los "Estandares para la Acreditacion de la MORDAZA Profesional Universitaria de Contabilidad". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta SINEACE 793783-4

ENERGIA Y MINAS
Declaran como MORDAZA Geografica determinada para la instalacion de un Complejo Petroquimico de Desarrollo Descentralizado a la MORDAZA denominada "Lomas de Tarpuy, Contayani, San MORDAZA y Quebrada Verde", ubicada en el distrito y provincia de Islay del departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 250-2012-MEM/DM MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2012

Que, la Ley Nº 29163, Ley de Promocion para el Desarrollo de la Industria Petroquimica, declara de interes nacional y necesidad publica el fomento, la promocion y el desarrollo de la Industria Petroquimica dentro del MORDAZA de un desarrollo integral y equilibrado del MORDAZA y mediante el apoyo a la iniciativa privada para el desarrollo y puesta en marcha de la infraestructura tecnica, administrativa, operacional y de recursos humanos, a traves de Complejos Petroquimicos Descentralizados; Que, de acuerdo a la definicion establecida en la Ley Nº 29163, Ley de Promocion para el Desarrollo de la Industria Petroquimica, el Complejo Petroquimico es un conjunto de plantas petroquimicas instaladas en una MORDAZA geografica determinada, en la cual se obtienen sinergias productivas y logisticas que le confieren ventajas comparativas, y donde se instala la infraestructura y los servicios que responden a las necesidades de la Industria Petroquimica; Que, conforme a lo establecido en el articulo 8º de la Ley Nº 29163, Ley de Promocion para el Desarrollo de la Industria Petroquimica, los incentivos y beneficios aplicables a la Industria Petroquimica Basica e Intermedia solo son aplicables cuando dichas industrias se establezcan en un Complejo Petroquimico Descentralizado; Que, son funciones del Ministerio de Energia y Minas y del Ministerio de la Produccion, entre otras, promover la creacion de Complejos Petroquimicos de desarrollo descentralizado que permitan el adecuado desenvolvimiento y desarrollo de proyectos para la industria Petroquimica; siendo competente el Ministerio de Energia y Minas en coordinacion con el Ministerio de la Produccion cuando existan proyectos que involucren en un solo Complejo Petroquimico a la Petroquimica Basica, Petroquimica Intermedia y Petroquimica Final, o a la Petroquimica Basica y Petroquimica Intermedia, o a la Petroquimica Basica y Petroquimica Final; Que, por otro lado el articulo 5° del Reglamento de la Ley N° 29163, Ley de Promocion para el Desarrollo de la Industria Petroquimica, aprobado por Decreto Supremo N° 066-2008-EM, establece que las entidades y organismos vinculados con la promocion de las actividades de la industria Petroquimica deberan establecer la MORDAZA o zonas geograficas determinadas dentro del MORDAZA para la instalacion de un Complejo o Complejos Petroquimicos Descentralizados para el desarrollo de la Industria Petroquimica. Asimismo, dicho articulo refiere que para efectos de aplicar los incentivos y beneficios de la Ley, la autoridad competente para declarar la MORDAZA geografica determinada para la instalacion del Complejo sera el MINEM, y cuando se presenten los supuestos establecidos en el ultimo parrafo del articulo 7º, sera necesario contar con la opinion favorable de PRODUCE; Que, mediante Oficio Nº 309-2009-EM/DM de fecha 08 de MORDAZA de 2009, este Ministerio solicito al Gobierno Regional de MORDAZA informacion respecto a la existencia de terrenos en las cercanias al Puerto de Matarani, a fin de evaluar la posibilidad que dichos terrenos MORDAZA declarados como MORDAZA Geografica Determinada para la ubicacion de un Complejo Petroquimico Descentralizado; Que, a traves del Oficio Nº 689-2009-GRA/PR de fecha 22 de MORDAZA de 2009, el Gobierno Regional de MORDAZA hizo llegar MORDAZA del Informe Nº 475-2009-GRA/OOT, mediante el cual indico que para establecer el sector mas adecuado para la MORDAZA Geografica Determinada para la instalacion de un Complejo Petroquimico es necesario se le precise los requerimientos funcionales que los terrenos deben de cumplir; Que, mediante Oficio Nº 2081-2009-MEM/SEG de fecha 07 de octubre de 2009, este Ministerio remitio al Gobierno Regional de MORDAZA el Informe Tecnico Nº 003-2009-MEM/ DGH-ODC mediante el cual se precisan los criterios a tener en cuenta para establecer el area mas adecuada para la MORDAZA Geografica Determinada; Que, a traves del Oficio Nº 1006-2009-GRA/PR de fecha 16 de noviembre de 2009, el Gobierno Regional

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