Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2012 (07/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

478093

traves del Documento Simple Nº 127-2012 por el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lescano. 7. DEL RECURSO DE RECONSIDERACION INTERPUESTO CONTRA EL ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2012-MDP/C 7.1 Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 005-2012MDP/C - Dispone en su Articulo Primero: "DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de suspension al cargo de los regidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Tubilla MORDAZA De MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA formulado por el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presentado mediante Expediente Nº J-2011-00846 al MORDAZA Nacional de Elecciones, por las consideraciones expuestas en el presente Acuerdo." 7.2 Que, mediante el Documento Simple Nº 0557 de 07.Feb.2012 el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpone recurso de reconsideracion contra el Acuerdo de Concejo Nº 005-2012-MDP/C, sustentando su pedido en que los regidores habrian incumplido el Numeral 25 del articulo 100º "Reiterado incumplimiento de las funciones establecidas en los Acuerdos, Ordenanzas, Ley Organica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo Municipal (Principio de legalidad y tipicidad). Asi como el MORDAZA de Lesividad puesto que dichos regidores debieron abstenerse de emitir el dictamen correspondiente al Acuerdo de Concejo Nº 081-2011-MDP/C y no recomendar que se vote directamente, sustentando como prueba la resolucion Nº 720-2011-JNE considerando 2 (Fundamento sobre las garantias del debido procedimiento en el MORDAZA Administrativo Sancionador). 7.3 Al respecto, resulta necesario manifestar que el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA senala que su pedido de suspension versa sobre lo sindicado en el articulo 99º del Reglamento Interno del Concejo y las MORDAZA Eticas Ley Nº 27815, y no por la emision del Dictamen Nº 007-2011MDP/CALLCT, siendo asi debemos senalar que la Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica no establece impedimento alguno en que un regidor de un concejo Municipal deba abstenerse sobre un MORDAZA puesto de su conocimiento en ejercicio de sus funciones, asimismo es de recalcar que el articulo 101º de la Ley Nº 27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General, Numeral 101 senala que: "Salvo disposicion legal en contrario, los integrantes de organos colegiados asistentes a la sesion y no impedidos legalmente de intervenir, deben afirmar su posicion sobre la propuesta en debate, estando prohibido inhibirse de votar", es decir los integrantes de un organo colegiado como el Concejo Municipal deber emitir su MORDAZA, esto se corrobora con el Instructivo del Procedimiento de Vacancia de Autoridades Municipales emitido por el MORDAZA Nacional de Elecciones, donde se senala, en el numeral III.3 ­Votacion-, "Todos los miembros del concejo municipal deben emitir su MORDAZA (alcalde y regidores), ya sea a favor o en contra, incluyendo el miembro contra quien vaya dirigida la solicitud de vacancia. (...)". Es decir, no habria la posibilidad de abstencion, por que la MORDAZA especial no lo senala, por consiguiente el recurso carece de sustento. Que, de acuerdo al Articulo 41º de la Ley Nº 27972, (...) los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo Municipal, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el numeral 8) del Articulo 9º en concordancia con el Articulo 41º de la Ley Nº 27972 ­ "Ley Organica de Municipalidades", con el MORDAZA UNANIME de los senores Regidores, se: ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR el Dictamen Nº 0132012-MDP/CALLCT de fecha 12 de octubre del 2012 emitido por la Comision de Asuntos Legales, Limites, Control y Transparencia de la Municipalidad Distrital de Pachacamac.

Articulo Segundo.- ESTABLECER que el MORDAZA Nacional de Elecciones no tiene facultad ni competencia establecida por Ley para declarar nula la Convocatoria Nº 017-2012-MDP/SG de fecha 24 de agosto del 2012 por la que se cita a Sesion Extraordinaria del Concejo Distrital de MORDAZA para el dia 14 de septiembre del 2012. Articulo Tercero.- DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Reconsideracion presentado por el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a traves del Documento Simple Nº 034-2012, contra el Acuerdo de Concejo Nº 092-2011MDP/C, por las consideraciones expuestas en el presente Acuerdo. Articulo Cuarto.- DECLARAR FUNDADO los Recursos de Reconsideracion presentados por el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a traves del Documento Simple Nº 126-2012 y 161-2012 Respectivamente, EN CONSECUENCIA REVOCAR en todos sus extremos el Acuerdo de Concejo Nº 092-2011MDP/C de fecha 27 de diciembre del 2011. Articulo Quinto.- DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Reconsideracion presentado por el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a traves del Documento Simple Nº 033-2012, contra el Acuerdo de Concejo Nº 093-2011MDP/C, por las consideraciones expuestas en el presente Acuerdo. Articulo Sexto.- DECLARAR FUNDADO el Recurso de Reconsideracion presentado por el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a traves del Documento Simple Nº 1272012, EN CONSECUENCIA REVOCAR en todos sus extremos el Acuerdo de Concejo Nº 093-2011-MDP/C. Articulo Septimo.- DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Reconsideracion presentado por el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a traves del Documento Simple Nº 557-2012 contra el Acuerdo de Concejo Nº 005-2012MDP/C, por las consideraciones expuestas en el presente Acuerdo. EN CONSECUENCIA CONFIRMAR en todos sus extremos el Acuerdo de Concejo Nº 005-2012-MDP/ C. Articulo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaria General notifique el presente a las partes, asi como ponga en conocimiento al MORDAZA Nacional de Elecciones el presente Acuerdo de Concejo, a efectos de evitar el pronunciamiento del MORDAZA Nacional de Elecciones (instancia Jurisdiccional), en primera instancia, siendo competencia exclusiva del Concejo Municipal (instancia administrativa) evitando asi vulnerar el MORDAZA de doble instancia, asi como la autonomia municipal y el derecho de defensa de todas las partes involucradas (Julio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Custodio). Articulo Noveno.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Decimo.- DISPENSAR la aprobacion del acta. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 862508-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican Ordenanza Nº 318-MSI que regula el otorgamiento de Asesoria Legal Especializada a autoridades, funcionarios, ex funcionarios o servidores de la Municipalidad
ORDENANZA N° 345-MSI San MORDAZA, 30 de octubre de 2012

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