Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2013 (27/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de enero de 2013

aquellas personas naturales o juridicas que se dedican a la recoleccion selectiva de residuos solidos en la jurisdiccion de MORDAZA MORDAZA (recicladores y segregadores), a fin de promover una mejora en la calidad de dichas labores y propiciar un mejor manejo de los residuos solidos a nivel local. Articulo 2º- DEL AMBITO En concordancia con la ley Nº 29419.- Ley que Regula la Actividad de los Recicladores, la presente Ordenanza es de cumplimiento obligatorio por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, asi como por toda persona natural o juridica, de derecho publico o privado, que generen residuos solidos y/o que desarrollen actividades vinculadas al manejo selectivo de los residuos solidos no peligrosos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades similares que generen residuos solidos susceptibles de reaprovechamiento en el ambito del Distrito de MORDAZA Anita. Articulo 3º- DEFINICIONES Para efectos de la presente Ordenanza, se deberan tener en cuenta las siguientes definiciones: 3.1 Generador: Persona natural o juridica que en razon de sus actividades genera residuos, sea como productor, importador, distribuidor, comerciante o usuario. Tambien se considerara como generador al poseedor de residuos peligrosos, cuando no se pueda identificar al generador real y a los gobiernos municipales a partir de las actividades de recoleccion. 3.2 Reciclador(a): Se considera Recicladores a las personas que, de forma dependiente o independiente, se dedican a las actividades de recoleccion selectiva para el reciclaje, segregacion y comercializacion en pequena escala de residuos solidos de origen domiciliario, comercial y aquellas que generan residuos similares no peligrosos, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos. 3.3 Reciclador Autorizado.- Persona natural capacitada, miembro de una Asociacion de Recicladores del Distrito de MORDAZA MORDAZA y registrada por la Municipalidad para dedicarse de manera organizada, sin generar riesgos sanitarios ni ambientales a la recoleccion selectiva de residuos solidos reaprovechables. 3.4 Responsabilidad Social y Ambiental.- Establecer un sistema de responsabilidad compartida de manejo integral de los residuos solidos de la minimizacion, la generacion hasta su disposicion final, a fin de evitar situaciones de riesgo e impactos negativos a la salud humana y al ambiente. 3.5 Residuos solidos: Sustancias, productos o subproductos en estado solido o semisolido de los que su generador dispone, o esta obligado a disponer, en virtud de lo establecido en la normatividad nacional o en virtud de los riesgos que causan a la salud y el ambiente. 3.6 Residuos Solidos Comerciales: Son aquellos generados en los establecimientos comerciales de bienes y servicios, tales como: centros de abastos de alimentos, restaurantes, supermercados, tiendas, bares, bancos, centros de convenciones o espectaculos, oficinas de trabajo en general, entre otras actividades comerciales y laborales analogas. Estos residuos estan constituidos mayormente por papel, plasticos, botellas, embalajes en general, latas, carton, entre otros similares. 3.7 Residuos Solidos Domiciliarios: Son aquellos residuos generados en las actividades domesticas realizadas en los domicilios, constituidos por restos de alimentos, periodicos, revistas, botellas, embalajes en general, latas, carton, panales descartables, restos de aseo personal y otros similares. 3.8 Residuos solidos peligrosos: Aquellos que por sus caracteristicas o el manejo al que son o van a ser sometidos representa, un riesgo significativo para la salud o el ambiente. Sin perjuicio de lo establecido en las normas pertinentes sobre la materia, se consideran residuos peligrosos los que presentan por lo menos una de las siguientes caracteristicas, autocumbustibilidad, explosividad, corrosividad, reactividad, toxicidad, radiactividad o patogenicidad. 3.9 Gestion de Residuos Solidos: Es toda actividad tecnica administrativa de planificacion, coordinacion, concertacion, diseno, aplicacion y evaluacion de politica, estrategias, planes y programas de accion de manejo

apropiado de los residuos solidos de ambito nacional, regional y local. 3.10 Manejo de Residuos Solidos: Es toda actividad tecnica operativa de residuos solidos que involucren su manipuleo, acondicionamiento, transporte, transferencia, tratamiento, disposicion final o cualquier otro procedimiento tecnico operativo utilizado desde la generacion hasta la disposicion final. 3.11 Manejo Integral de Residuos Solidos.- Es un conjunto de acciones normativas, financieras y de planeamiento que se aplica a todas las etapas del manejo de residuos solidos desde su generacion, basandose en criterios sanitarios ambientales y de viabilidad tecnica y economica para la reduccion en la fuente, el aprovechamiento, tratamiento y la disposicion final de los residuos solidos. 3.12 Minimizacion: Accion de reducir al minimo posible el volumen y peligrosidad de los residuos solidos, a traves de cualquier estrategia preventiva, procedimiento, metodo o tecnica utilizada en la actividad generadora. 3.13 Segregacion: Accion de agrupar determinados componentes o elementos fisicos de residuos solidos para ser manejados en forma especial. 3.14 Reutilizacion: Toda actividad que permita raprovechar directamente el bien, articulo o elemento que constituye el residuo solido, con el objetivo de que cumpla con el mismo fin para el que fue elaborado originalmente. 3.15 Reaprovechar: Volver a obtener un beneficio del bien, articulo, elemento o parte del mismo que constituye residuo solido. Se reconoce como tecnica de reaprovechamiento el reciclaje, recuperacion o reutilizacion. 3.16 Recuperacion: Toda actividad que permita reaprovechar partes de sustancia o componentes que constituyen residuos solidos. 3.17 Reciclaje: Toda actividad que permite reaprovechar un residuo solido mediante un MORDAZA de transformacion para cumplir su fin inicial u otros fines. 3.18 Tratamiento: Cualquier MORDAZA, metodo o tecnica que permita modificar la caracteristica fisica, quimica o biologica del residuo solido, a fin de reducir o eliminar su potencial peligro de causar danos a la salud y el ambiente. 3.19 Acondicionamiento: El acondicionamiento no comprende el tratamiento 3.20 Recoleccion Selectiva: Recoleccion solo de los residuos susceptibles de reaprovechamiento de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generan residuos similares. 3.21 Empresa comercializadora de residuos solidos (EC-RS): Persona juridica que desarrolla actividades de comercializacion de residuos solidos para su reaprovechamiento. 3.22 Disposicion final de Residuos Solidos: MORDAZA u operaciones para tratar o disponer en un lugar los residuos solidos como MORDAZA etapa de su manejo en forma permanente, sanitaria y ambientalmente segura. Articulo 4º.- MORDAZA LEGAL 4.1 Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972. 4.2 Ley que Regula la Actividad de los Recicladores, Ley Nº 29419. 4.3 D.S. Nº 005-2010-MINAM, Reglamento de la Ley Nº 29419. 4.4 Ley General de Residuos Solidos Ley Nº 27314. 4.5 Decreto de Ley Nº 1065 Modificatoria de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos. 4.6 Decreto Supremo Nº 057, Reglamento de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos. 4.7 Ordenanza Nº 097-2012/MDSA, Plan de Manejo de Residuos Solidos del Distrito de MORDAZA Anita. Articulo 5º.- LINEAMIENTOS DE LA POLITICA 5.1 Una cultura de consumidores ambientalmente responsables. 5.2 Promover la reduccion, reutilizacion y reciclaje de residuos solidos. 5.3 La segregacion en la fuente como responsabilidad social y ambiental en las viviendas, comercios, servicios, industrias, instituciones publicas, privadas y similares. 5.4 La formalizacion de Recicladores informales agrupados en asociaciones u organizaciones con miras a su constitucion empresarial.

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