Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2013 (19/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, martes 19 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

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b) En el acta debera constar el acuerdo de reconocer los actos no inscritos y las fechas en que estos se realizaron; c) En una misma asamblea se podra acordar el reconocimiento de mas de un acto inscribible. TITULO XIV SUCURSALES Articulo 68.- Actos inscribibles en la partida de la sucursal Solo son inscribibles en la partida de la sucursal los siguientes actos: a) El acuerdo de establecimiento de sucursal y sus modificatorias; b) La designacion de representante legal permanente, sus facultades y los actos de modificacion de estas, asi como la sustitucion, la revocacion, la renuncia y demas actos que conllevan la extincion de la designacion del representante legal permanente; c) La designacion de apoderados de la sucursal, sus facultades y los actos de modificacion de estas, asi como los actos de modificacion, sustitucion, revocacion, renuncia y demas actos que conllevan la extincion de la designacion de apoderado; d) Resoluciones judiciales, arbitrales o administrativas que afecten a la sucursal; e) La cancelacion de la sucursal. Para la inscripcion de los actos senalados en los literales a), b) y e), y cuando los actos inscribibles provengan de acuerdos adoptados por la matriz, se requiere su previa inscripcion en la partida de la principal conforme al procedimiento previsto en el articulo 70 de este Reglamento en lo que resulte pertinente. Articulo 69.- Titulo que da merito a la inscripcion de sucursal de persona juridica constituida en el MORDAZA La inscripcion de la sucursal de una persona juridica constituida en el MORDAZA se efectuara en merito a la MORDAZA certificada notarial del respectivo acuerdo, salvo que el establecimiento de la sucursal MORDAZA sido decidido al constituirse la principal o al modificarse su estatuto, en cuyo caso la sucursal se inscribira en merito del titulo de constitucion o modificacion, segun sea el caso. El acuerdo de establecimiento de sucursal debe contener la declaracion expresa de que las actividades de la sucursal se encuentran comprendidas dentro de los fines de la principal. No sera materia de calificacion si efectivamente las actividades de la sucursal se encuentran comprendidas dentro de la finalidad de su principal. Articulo 70.- Procedimiento de inscripcion La inscripcion de una sucursal de persona juridica constituida en el Peru se efectuara de la siguiente manera: a) El Registrador de la Oficina Registral del domicilio de la principal tiene competencia nacional para calificar la solicitud de inscripcion de establecimiento de sucursal. b) Realizada la inscripcion del acuerdo de establecimiento de sucursal en la partida de la principal, el Registrador oficiara al funcionario encargado del diario de la misma Oficina para que genere el asiento de MORDAZA respectivo en el diario de la Oficina Registral del domicilio de la sucursal, acompanando MORDAZA certificada del titulo archivado. c) Generado el asiento de MORDAZA, el encargado del Diario remitira MORDAZA certificada del titulo archivado al Registrador de la Oficina Registral del domicilio de la sucursal, para que proceda a la apertura de la partida respectiva. Esta inscripcion sera de responsabilidad exclusiva del Registrador del domicilio de la principal. Articulo 71.Designacion obligatoria de representante legal permanente de la sucursal Para su inscripcion, el acuerdo de establecimiento de la sucursal debera contener el nombramiento del o los representantes legales permanentes con facultades cuando menos para obligar a su principal por las

operaciones que realice la sucursal. De tratarse de persona juridica, debera ademas indicarse quien o quienes actuan en su representacion. La remocion de un representante legal permanente por el organo competente de la persona juridica solo sera inscribible si consta registrado el representante removido y se designa otro representante en su lugar. Articulo 72.- Contenido del asiento de inscripcion del acto de establecimiento de sucursal El asiento de inscripcion del acto de establecimiento de sucursal, ademas de los requisitos previstos en el articulo 20 de este Reglamento y de acuerdo a la normativa aplicable segun su naturaleza, cuando menos debera contener: a) El acuerdo de establecimiento de sucursal y la mencion que la identifique como tal, conforme al articulo 30 de este Reglamento; b) Nombre de su principal; c) El domicilio de la sucursal; d) Nombre completo y documento de identidad de la o las personas naturales designadas representantes legales permanentes. De tratarse de personas juridicas, ademas debe indicarse quien o quienes actuan en su representacion; e) Las facultades y poderes relativos a la sucursal que importen actos de disposicion y gravamen, y cualquier otro acto de naturaleza patrimonial que importe restriccion de la titularidad de un bien o derecho, asi como las limitaciones para su ejercicio; f) Actividades a desarrollar por la sucursal. Articulo 73.- Cancelacion de sucursal de persona juridica constituida en el Peru Para la inscripcion de la cancelacion de sucursal de persona juridica constituida en el Peru, es suficiente la MORDAZA de MORDAZA certificada del acta en el que consta el acuerdo del organo social competente. Articulo 74.- Sucursal en el Peru de persona juridica constituida y domiciliada en el extranjero Para la inscripcion del establecimiento de sucursal de una persona juridica constituida y domiciliada en el extranjero se requerira escritura publica otorgada ante notario o consul del Peru, la cual debe contener por lo menos lo siguiente: a) El certificado de vigencia de la persona juridica constituida y domiciliada en el extranjero, u otro instrumento equivalente expedido por un funcionario o autoridad competente en su MORDAZA de origen; b) El estatuto o instrumento equivalente en su MORDAZA de origen; c) Acuerdo de establecer la sucursal en el Peru, adoptado por el organo social competente de la principal, otorgado con las formalidades del lugar del domicilio de esta, en el que se indique el domicilio de la sucursal, la designacion de por lo menos un representante legal permanente en el MORDAZA, los poderes que se le confieren y su sometimiento a las leyes de Peru para responder por las obligaciones que contraiga su sucursal en el MORDAZA y las actividades de la sucursal con la declaracion expresa de que se encuentra comprendida dentro de los fines de la principal. No sera materia de calificacion si efectivamente las actividades de la sucursal se encuentran comprendidas dentro de la finalidad de su principal. Articulo 75.- Actos inscribibles en la partida de sucursal de persona juridica constituida y domiciliada en el extranjero Son inscribibles en la partida de la sucursal de la persona juridica constituida y domiciliada en el extranjero los actos enumerados en el articulo 68 del presente Reglamento. Es de aplicacion lo dispuesto en los articulos 71 y 72 de este Reglamento. Articulo 76.- Disolucion, liquidacion y extincion de la sucursal de una persona juridica constituida y domiciliada en el extranjero

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