Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2014 (29/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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Por lo que este organo colegiado considera que no cabe valorar el documento que se presenta con el recurso de apelacion. Por lo tanto, corresponde que el MORDAZA Electoral Especial declare inadmisible la solicitud de inscripcion, en el extremo de la formula presidencial, debiendo otorgar un plazo al Partido Humanista Peruano, a efectos de que subsane la observacion advertida a traves de la MORDAZA de la hoja adjunta a la que alude el documento que se presento con la solicitud de inscripcion y se emita un acta complementaria o aclaratoria de la misma. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Pasco por la organizacion politica de alcance nacional Partido Humanista Peruano, y, en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 0001-2014-JEE-PASCO/ JNE, del 10 de MORDAZA de 2014, emitida por el referido MORDAZA Electoral Especial, en el extremo que declaro improcedente su solicitud de inscripcion de formula presidencial al Gobierno Regional de Pasco, en el MORDAZA de Elecciones Regionales y Municipales 2014. Articulo Segundo.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Pasco por la organizacion politica de alcance nacional Partido Humanista Peruano, y CONFIRMAR la Resolucion Nº 0001-2014-JEE-PASCO/JNE, del 10 de MORDAZA de 2014, emitida por el referido MORDAZA Electoral Especial, en el extremo que declaro improcedente su solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Gobierno Regional de Pasco, en el MORDAZA de Elecciones Regionales y Municipales 2014. Articulo Tercero.- DISPONER que el MORDAZA Electoral Especial continue con el MORDAZA de calificacion de la presente solicitud de inscripcion, para lo cual debera valorar los documentos presentados hasta la fecha de emision de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1116469-6

El Peruano Martes 29 de MORDAZA de 2014

VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular de la organizacion politica Siempre Unidos, en contra de la Resolucion Nº 1-2014, del 10 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Tambopata, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Inambari, provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA, presentada por la citada organizacion politica con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014, y oido el informe oral. ANTECEDENTES El 7 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular de la organizacion politica Siempre Unidos, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Tambopata (en adelante JEE), presenta su solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Concejo Distrital de Inambari, provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de Dios. Mediante Resolucion Nº 1-2014 (fojas 14 a 15), del 10 de MORDAZA de 2014, el JEE declaro improcedente la referida solicitud de inscripcion, debido a que, de la revision del libro de actas presentado por la citada organizacion politica, se observa que el MORDAZA de democracia interna no ha sido llevado a cabo por un comite u organo electoral conformado por un minimo de tres (3) miembros, tal como lo establece la ley. Con fecha 14 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular de la referida agrupacion politica, interpone recurso de apelacion en contra de la Resolucion Nº 1-2014, solicitando que la misma sea revocada y se admita la inscripcion de la lista presentada, bajo los siguientes argumentos (fojas 4 a 7): a) Al momento de solicitar la inscripcion de la lista de candidatos, debido a un error involuntario (no doloso), solo se presento un libro de actas en donde constaba la eleccion de candidatos, pero no la conformacion de un comite u organo electoral. b) Con el recurso de apelacion se anexa el acta de eleccion interna, la cual si observa el cumplimiento de requisitos legales exigidos, especificamente, con la conformacion de un comite electoral constituido por tres miembros (fojas 8 a 9). CUESTION EN DISCUSION A partir de lo senalado, este Supremo Tribunal Electoral considera que se debe establecer si, en el presente MORDAZA de inscripcion de lista de candidatos, el JEE realizo una debida calificacion de la solicitud presentada por el personero legal de la organizacion politica Siempre Unidos. CONSIDERANDOS Respecto de las normas que regulan la democracia interna 1. El articulo 19 de la Ley Nº 28094, Ley de Partidos Politicos (en adelante LPP), establece que la eleccion de autoridades y candidatos de los partidos politicos y movimientos de alcance regional o departamental debe regirse por las normas de democracia interna establecidas en la presente ley, el estatuto y el reglamento electoral de la agrupacion politica. 2. Asimismo, en virtud del articulo 20 de la LPP, la eleccion de autoridades y de los candidatos a cargos publicos de eleccion popular es realizada por un organo electoral central conformado por un minimo de tres (3) miembros. Dicho organo electoral tiene autonomia respecto de los demas organos internos y cuenta con organos descentralizados tambien colegiados que funcionan en los comites partidarios. 3. De acuerdo al numeral 29.2 del articulo 29 del Reglamento de Inscripcion de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado por Resolucion Nº 2712014-JNE (en adelante Reglamento), son requisitos de

Confirman resolucion del MORDAZA Electoral Especial de Tambopata que declaro improcedente solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Concejo Distrital de Inambari, provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION Nº 758-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00989 INAMBARI - TAMBOPATA - MORDAZA DE MORDAZA JEE TAMBOPATA (EXPEDIENTE Nº 00101-2014-077) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 MORDAZA, veintidos de MORDAZA de dos mil catorce.

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