Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2015 (25/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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las principales areas de extraccion de la Costa Peruana, por un monto de S/. 2 198 485.00 (DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES) a cargo del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE.; y ii) Evaluacion y Clasificacion sanitaria de seis (06) areas de produccion de moluscos bivalvos diferentes a la MORDAZA de abanico, ubicados en zonas remotas, por un monto de S/. 2 045 436.00 (DOS MILLONES CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES) a cargo del Instituto Tecnologico de la Produccion - ITP; Que, conforme consta en el Acta de Sesion de fecha 17 de octubre de 2014, la Comision Especial, evaluo y aprobo el financiamiento de las actividades solicitadas a que hace referencia el considerando precedente; Que, el literal d) del numeral 42.1 del articulo 42 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, senala que las incorporaciones de mayores fondos publicos que se generen como consecuencia de la percepcion de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolucion del Titular de la Entidad, cuando provienen de los recursos financieros distintos a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios que no se hayan utilizado al 31 de diciembre del ano fiscal, constituyen saldos de balance y son registrados financieramente cuando se determine su cuantia. Durante la ejecucion presupuestaria, dichos recursos se podran incorporar para financiar la creacion o modificacion de metas presupuestarias de la entidad, que requieran mayor financiamiento. Los recursos financieros incorporados mantienen la finalidad para los cuales fueron asignados en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, establece que lo dispuesto en el articulo 42 del Texto Unico Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, es aplicable para la incorporacion de los recursos directamente recaudados del Ministerio de la Produccion en los organismos publicos de dicho sector en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 17 del Decreto Ley 25977, Ley General de Pesca, y en el articulo 27 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, concordado con el Decreto Supremo Nº 002-2008-PRODUCE; Que, en atencion a los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar la transferencia de recursos del Ministerio de la Produccion a favor del Instituto Tecnologico de la Produccion ­ ITP y del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, con cargo a los Derechos de Pesca (2008-2014), Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Unidad Ejecutora 001, Pliego 038: Ministerio de la Produccion; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesqueria, de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero y de las Oficinas Generales de Administracion, de Planeamiento y Presupuesto y, de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el TUO de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y su modificatoria; el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; y el Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la transferencia de recursos financieros a favor del Instituto Tecnologico de la Produccion ­ ITP y del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, con cargo a los Derechos de Pesca (20082014), Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Unidad Ejecutora 001: Pliego 038 Ministerio de la Produccion, por un total de S/. 4 243 921,00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS VEINTIUN Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecucion de las actividades siguientes: - Monitoreo Biologico-Pesquero del Calamar Gigante a bordo de la Flota Artesanal Potera en las principales areas de extraccion de la Costa Peruana, por un monto de S/. 2 198 485.00 (DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL

El Peruano Miercoles 25 de febrero de 2015

CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES) a cargo del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE. - Evaluacion y Clasificacion sanitaria de seis (06) areas de produccion de moluscos bivalvos diferentes a la MORDAZA de abanico, ubicados en zonas remotas, por un monto de S/. 2 045 436.00 (DOS MILLONES CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES) a cargo del Instituto Tecnologico de la Produccion - ITP. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion 1203788-1

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Popular China relativo al Proyecto del "Centro de Operaciones de Emergencia Nacional - COEN"
DECRETO SUPREMO Nº 009-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Popular China relativo al Proyecto del "Centro de Operaciones de Emergencia Nacional ­ COEN", fue formalizado mediante intercambio de Notas, Nota s/n del Ministerio de Comercio de la Republica Popular China y Nota RE (GAB) Nº 6/192 del Ministerio de Relaciones Exteriores de Peru, MORDAZA de fecha 12 de noviembre de 2014; Que, es conveniente a los intereses de la Republica del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 57 y 118, inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el MORDAZA parrafo del articulo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la Republica a celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Popular China relativo al Proyecto del "Centro de Operaciones de Emergencia Nacional ­ COEN", formalizado mediante intercambio de Notas, Nota s/n del Ministerio de Comercio de la Republica Popular China y Nota RE (GAB) Nº 6/192 del Ministerio de Relaciones Exteriores de Peru, MORDAZA de fecha 12 de noviembre de 2014. Articulo 2°.- De conformidad con los articulos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procedera a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto integro del referido Acuerdo, asi como su fecha de entrada en vigencia. Articulo 3°.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Articulo 4°.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de febrero del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1204394-4

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