Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2016 (15/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Lunes 15 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

596833

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO 1-2016-2017-CR
LA PRESIDENTA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa del Congreso siguiente:

acreditada por la Escuela Nacional de Control de la Contraloría General de la República o probada experiencia y conocimientos en materia de gestión y control gubernamental; y 3) haber tenido por lo menos seis años de ejercicio profesional en materia de control gubernamental. 15.3. No pueden ser designados jefes de la Oficina de Auditoría Interna: 1) Quienes hayan desempeñado en el Congreso de la República funciones en gestión o asesoría en los cuatro años previos a la fecha de designación; y 2) quienes tengan vínculos de parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad o por matrimonio con congresistas, funcionarios o directivos del Congreso de la República o con aquellos que tienen a su cargo la administración de bienes públicos, aun cuando hayan cesado en sus funciones en los últimos dos años". Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dada en el Palacio del Congreso, en Lima, a los doce días del mes de agosto de dos mil dieciséis. LUZ SALGADO RUBIANES Presidenta del Congreso de la República ROSA BARTRA BARRIGA Primera Vicepresidenta del Congreso de la República 1415895-1

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 13 Y 15 DEL ESTATUTO DEL SERVICIO PARLAMENTARIO
Artículo 1. Modificación del artículo 13 del Estatuto del Servicio Parlamentario Modifícase el artículo 13 del Estatuto del Servicio Parlamentario, en los siguientes términos: "Artículo 13. Designación, requisitos, atribuciones y cese en el cargo de director general de administración 13.1. El director general de administración es un funcionario de confianza designado por la Mesa Directiva de entre los profesionales de carrera del Servicio Parlamentario, a propuesta del oficial mayor. De manera excepcional y justificada la Mesa Directiva puede designar como director general de administración a un profesional no perteneciente al cuerpo de profesionales de carrera del Servicio Parlamentario pero con experiencia de dirección en el servicio público. En este caso, la designación puede efectuarse por un plazo máximo de un año renovable. 13.2. Para ser director general de administración se requiere: 1) Tener título profesional universitario; 2) tener estudios de postgrado en materia de gestión o administración o probada experiencia y conocimientos en gestión y asuntos administrativos en el ámbito público; 3) haber tenido por lo menos ocho años de ejercicio profesional en el Servicio Parlamentario o diez años en el sector público; y 4) haber desempeñado cargos de dirección o jefatura en unidades orgánicas del ámbito administrativo del Servicio Parlamentario o en otras dependencias del sector público. 13.3. Corresponde al director general de administración proponer ante el oficial mayor la designación de los jefes de las unidades orgánicas de la Dirección General de Administración". Artículo 2. Modificación del artículo 15 del Estatuto del Servicio Parlamentario Modifícase el artículo 15 del Estatuto del Servicio Parlamentario, en los siguientes términos: "Artículo 15. Designación y requisitos del cargo de jefe de la Oficina de Auditoría Interna 15.1. El jefe de la Oficina de Auditoría Interna es designado por la Mesa Directiva a propuesta del presidente del Congreso de la República. 15.2. Para ser jefe de la Oficina de Auditoría Interna se requiere: 1) Tener título profesional universitario, colegiatura y habilitación en el colegio profesional respectivo; 2) tener estudios de postgrado en materia de gestión o administración o capacitación

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO 2-2016-2017-CR
LA PRESIDENTA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa del Congreso siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA QUE AUTORIZA A LA CONGRESISTA Y SEGUNDA VICEPRESIDENTA DE LA REPÚBLICA PARA QUE EJERZA LA PRESIDENCIA DE LA COMISIÓN EXTRAORDINARIA DE ALTO NIVEL APEC 2016
El Congreso de la República, en mérito a la propuesta del Poder Ejecutivo y de conformidad con lo prescrito en el artículo 92 de la Constitución Política del Perú y en los artículos 19, inciso a), y 22, inciso i), del Reglamento del Congreso de la República, ha resuelto autorizar a la congresista y segunda vicepresidenta de la República Mercedes Rosalba Aráoz Fernández para que ejerza la Presidencia de la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel APEC 2016, encargada de organizar y dirigir la Reunión Anual de la Cooperación Económica del Asia-Pacífico que se realizará el presente año en nuestro país. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dada en el Palacio del Congreso, en Lima, a los doce días del mes de agosto de dos mil dieciséis. LUZ SALGADO RUBIANES Presidenta del Congreso de la República ROSA BARTRA BARRIGA Primera Vicepresidenta del Congreso de la República 1415895-2

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