Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2017 (30/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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NORMAS LEGALES

Miércoles 30 de agosto de 2017 /

El Peruano

como atribución del Concejo Municipal el Adoptar el Régimen de Organización Interior y Funcionamiento del Gobierno Local, administración municipal que debe adoptar una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior; Que, el artículo 28º de la norma acotada, establece la estructura básica de los Gobiernos Locales, la misma que comprende en el ámbito administrativo a la Gerencia Municipal, el órgano de auditoría interna, la procuraduría pública municipal, la oficina de asesoría jurídica y la oficina de planeamiento y presupuesto; determinando que los demás órganos de línea, apoyo y asesoría se establece conforme lo determine cada Gobierno Local; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, por parte de las Entidades de la Administración Pública, el mismo que en su artículo 34º, establece que el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, para el caso de las municipalidades deberá aprobarse mediante Ordenanza Municipal; Que, el proyecto de Modificación del Reglamento de Organización y Funciones y su Estructura Orgánica, aprobado con Ordenanza Municipal Nº 017-2016MPH, propuesto por la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización, considera los criterios y parámetros legales que permitirán el cumplimiento de los fines de la Corporación con mayor eficiencia y un mejor nivel de atención hacia los ciudadanos, con una integración de las funciones afines, la eliminación de posibles conflictos de competencia y cualquier duplicidad de funciones entre sus unidades orgánicas, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Que, mediante el Informe Nº 0203-2017-MPH/ GPPR/SGPR de la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización, el Informe Nº 0703-2017-MPH-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 06692017-MPH/GM de la Gerencia Municipal se considera que el proyecto de ordenanza del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Huaral, cumple con los requisitos sustanciales para ser aprobado. Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9, numeral 8) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; contando con el voto aprobatorio y unánime de los Señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y LA MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Artículo Primero.- APROBAR la modificación de los Artículos 85º y 86º correspondientes a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Artículos 92º y 93º correspondientes a la Subgerencia de Estudios y Planeamiento Territorial; incorporar funciones al Artículo 100º correspondiente a la Subgerencia de Salud y Sanidad; Suprimir los Artículos 52º y 53º correspondientes a la Subgerencia de Promoción de las Inversiones y Cooperación Técnica; e Incorporar los Artículos 87Aº y 87Bº correspondiente a la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) y Promoción de las Inversiones, adscrita a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF (Anexo Nº 01) y la Estructura Orgánica (Anexo Nº 02) de la Municipalidad Provincial de Huaral, aprobado con Ordenanza Municipal Nº 017-2016-MPH, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- DISPONER la adecuación progresiva de los documentos de gestión municipal como son: Presupuesto Institucional de Apertura - PIA; Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE, Manual de Perfil de Puestos - MPP; Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; y otros instrumentos de gestión

municipal, conforme a las disposiciones previstas en la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, adopte las acciones necesarias para la adecuación de las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Provincial de Huaral, a la nueva Estructura Orgánica, aprobada con la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- IMPLEMENTAR un Libro para el registro de las personas naturales o jurídicas prestadoras de servicios de transporte y comercialización de alimentos agropecuarios primarios y piensos dentro del ámbito del distrito de Huaral, el mismo que estará a cargo de la Subgerencia de Salud y Sanidad; y su diseño debe de responder a las necesidades de información y actualización para lo cual la municipalidad estipulará los requerimientos pertinentes. Artículo Quinto.- DEROGAR las normas o disposiciones municipales que se opongan o contradigan a lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal en materia de Organización, Funciones y Competencias. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente dispositivo municipal en el Diario Oficial El Peruano; y el texto íntegro de la Modificación del Reglamento de Organización y Funciones y Modificación del Organigrama Estructural, en el Portal del Estado Peruano y Portal Institucional de la Entidad (www.munihuaral.gob.pe). Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANA AURORA KOBAYASHI KOBAYASHI Alcaldesa de Huaral 1560006-1

Aprueban nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas - RASA y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas - CUISA de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 023-2017-MPH Huaral, 25 de agosto de 2017 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Extraordinaria de la fecha el proyecto de Ordenanza que Aprueba el Nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas ­ RASA, y El Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas ­ CUISA, de la Municipalidad Provincial de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y modificatorias concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley de Bases de la Descentralización Ley Nº 27783, en su Artículo 42º, inciso c), indica como competencias exclusivas el administrar y reglamentar los servicios públicos locales, destinados a satisfacer las necesidades colectivas de carácter local;

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