Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2017 (18/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Miércoles 18 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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VISTO: El Informe N° 772-2016-SERNANP-DDE, del 11 de agosto de 2016, a través del cual la Dirección de Desarrollo Estratégico emite su aprobación respecto a las adecuaciones de los indicadores de los objetivos y líneas de acción del Plan Maestro de la Reserva Nacional de Lachay periodo 2013­2018. CONSIDERANDO: Que, el artículo 68° de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, el mismo que se constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SINANPE, y en su autoridad técnico normativa; Que, de conformidad con el literal g) del artículo 8° de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP, aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas; Que, el artículo 18° de la precitada Ley, establece que las áreas naturales protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y específico, por tipo de recursos y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro del Área; Que, el artículo 20° de la precitada Ley, establece que la misma Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada ANP y que deberá ser elaborado bajo procesos participativos y revisado cada cinco (5) años; Que, mediante Decreto Supremo Nº 310-77-AG, de fecha 21 de junio de 1977, se declara la Reserva Nacional de Lachay, sobre una superficie de cinco mil setenta hectáreas (5,070 ha) ubicado en la provincia de Chancay, departamento de Lima; Que, mediante Resolución Presidencial N° 090-2013-SERNANP, publicada el 10 de junio de 2013, se aprobó el Plan Maestro de la Reserva Nacional de Lachay, para el periodo 2013-2018; Que, el numeral 5 del artículo 1° del Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM, que estableció las "Disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas", precisa que el proceso de elaboración de los Planes Maestros y en particular su zonificación, debe obligatoriamente considerar que el establecimiento de las Áreas Naturales Protegidas no tiene efectos retroactivos ni afecta los derechos adquiridos con anterioridad a la creación de las mismas; Que, mediante Resolución Presidencial N° 049-2014-SERNANP de fecha 19 de febrero de 2014, se aprobaron las "Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros de Áreas Naturales Protegidas de administración nacional"; Que, mediante el informe del visto se recomienda aprobar las adecuaciones a los indicadores de los objetivos y líneas de acción; así como al Portafolio de proyectos que corresponde a los Anexos del Plan Maestro; Con las visaciones de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Dirección de Desarrollo Estratégico y de la Secretaría General; De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las adecuaciones realizadas a los indicadores de los objetivos, líneas de acción, así

como el Portafolio de proyectos del Plan Maestro de la Reserva Nacional de Lachay periodo 2013­2018, de acuerdo a los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y sus Anexos en el portal web institucional: www.sernanp.gob.pe. Regístrese y comuníquese. PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA Jefe 1474368-1

Aprueban adecuaciones de los objetivos, estrategias, compromisos, modelo conceptual y portafolio de proyectos del Plan Maestro de la Reserva Nacional San Fernando periodo 2015­2019
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 365-2016-SERNANP Lima, 30 de diciembre de 2016 VISTO: El Informe N° 832-2016-SERNANP-DDE, del 26 de agosto de 2016, a través del cual la Dirección de Desarrollo Estratégico recomienda la aprobación de las adecuaciones de los objetivos, estrategias, compromisos, modelo conceptual y portafolio de proyectos del Plan Maestro de la Reserva Nacional San Fernando periodo 2015­2019. CONSIDERANDO: Que, el artículo 68° de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, el mismo que se constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SINANPE, y en su autoridad técnico normativa; Que, de conformidad con el literal g) del artículo 8° de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP, aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas; Que, el artículo 18° de la precitada Ley, establece que las áreas naturales protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y específico, por tipo de recursos y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro del Área; Que, el artículo 20° de la precitada Ley, establece que la misma Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada ANP y que deberá ser elaborado bajo procesos participativos y revisado cada cinco (5) años; Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2011-MINAM de fecha 09 de julio de 2011, se categoriza en forma definitiva la Zona Reservada San Fernando, como Reserva Nacional San Fernando, sobre una superficie de ciento cincuenta y cuatro mil setecientos dieciséis hectáreas y tres mil setecientos metros cuadradros (154,716.37 ha), ubicada en el distrito de Santiago, de la provincia de Ica, así como en los distritos de Changuillo, Nazca y Marcona de la provincia de Nazca, en el departamento de Ica; Que, mediante Resolución Presidencial N° 326-2014-SERNANP, publicada el 17 de enero de 2015,

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