Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2017 (27/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Viernes 27 de octubre de 2017 /

El Peruano

encuentra registrado en el padrón de Registro de Grados y Títulos de la SUNEDU; Que, la petición formulada por el administrado ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria efectuada el día 05 de octubre de 2017, siendo aprobada por unanimidad; Estando a lo referido, Ley 28626, a la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitidos por la UNSAAC, Resolución del Consejo Directivo de la SUNEDU Resolución Nº 038-2016-SUNEDU/CD, al acuerdo adoptado por el Consejo Universitario y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitarios; RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE MÉDICO CIRUJANO, POR MOTIVO DE PÉRDIDA, a favor de don RICHARD QUISPE TOCRE, con Código Universitario Nº 990901, por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolución. Segundo.- DEJAR ESTABLECIDO que el diploma a que se refiere el numeral primero de la presente, deberá consignar al margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Tercero.- DISPONER que la Oficina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad. La Oficina de Secretaría General y la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. BALTAZAR NICOLÁS CÁCERES HUAMBO Rector 1580078-1

al proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017, Valeriano Quispetupa Huaracha, con documento nacional de identidad (DNI) número 02534030, alcalde del distrito de Phara, provincia de Sandia, departamento de Puno fue revocado del mandato de su cargo edil. Mediante Resolución Nº 003-2017-JEECUSCO/JNE, de fecha 18 de julio de 2017, en el Expediente Nº 0332017-002, se resolvió, entre otros, convocar a Samuel Ángel Minaya Gonzales, con documento nacional de identidad (DNI) número 02543655, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Phara, por revocatoria del mandato de su cargo de Valeriano Quispetupa Huaracha. El referido Jurado Electoral Especial expidió a Samuel Ángel Minaya Gonzales la credencial respectiva, en la que se consignó el número de DNI 2543655. CONSIDERANDOS 1. El alcalde de la Municipalidad Distrital de Phara solicita que se rectifique la credencial que le otorgó el Jurado Electoral Especial de Cusco, en lo que respecta al número de DNI, a fin de que se consigne el número 02543655 en lugar del número 2543655, debido a que se ha omitido consignar el dígito "0" en la credencial otorgada a su favor como alcalde de la referida municipalidad. 2. Realizada la consulta en línea al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), se constata que el registro del DNI número 02543655, corresponde a nombre de Samuel Ángel Minaya Gonzales. 3. Sobre la expedición de credenciales a los candidatos electos, la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, LOJNE), en su artículo 36, literal i, atribuye esta función de los Jurados Electorales Especiales, respecto de las elecciones realizadas en su respectiva jurisdicción. 4. De otro lado, el artículo 31 de la LOJNE, en concordancia con el artículo 44 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece que los Jurados Electorales Especiales son órganos de carácter temporal creados para un proceso electoral. Es así que el Jurado Electoral Especial de Cusco, instalado para el proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017, se desactivó luego de culminadas las proclamaciones y entrega de credenciales a las autoridades que reemplazaron a las autoridades revocadas en el ámbito de su competencia territorial, lo que hace imposible que dicho órgano, en la actualidad, emita una credencial a nombre del alcalde de Phara con la rectificación que solicita. 5. En vista de lo expuesto en el numeral precedente, y en atención de que la credencial que se otorga a las autoridades de elección popular es necesaria para su reconocimiento como tales ante instituciones y autoridades, este Pleno estima pertinente, en virtud de la función establecida en el literal j del artículo 5 de la LOJNE, extender una nueva credencial en la que se actualice el DNI del mencionado alcalde, consignando el número 02543655, a fin de que la credencial cumpla su finalidad. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DISPONER la actualización, en la credencial y en el registro de autoridades electas del Jurado Nacional de Elecciones, del número de documento nacional de identidad de Samuel Ángel Minaya Gonzales, alcalde de la Municipalidad Distrital de Phara, provincia de Sandia, departamento de Puno, en los que se debe consignar el número 02543655. Artículo Segundo.- OTORGAR a Samuel Ángel Minaya Gonzales una nueva credencial que lo acredite como alcalde de la Municipalidad Distrital de Phara, provincia de Sandia, departamento de Puno, para completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018,

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Otorgan nueva credencial a ciudadano que lo acredite como alcalde de la Municipalidad Distrital de Phara, provincia de Sandia, departamento de Puno
RESOLUCIÓN Nº 0405-A-2017-JNE EPU-2017-000613 Lima, nueve de octubre de dos mil diecisiete. VISTA la solicitud presentada por don Samuel Ángel Minaya Gonzales, alcalde de la Municipalidad Distrital de Phara, provincia de Sandia, departamento de Puno, con fecha 29 de setiembre de 2017, sobre la rectificación del número de su documento nacional de identidad (DNI), consignado en su credencial expedida por el Jurado Electoral Especial de Cusco. ANTECEDENTES Según el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo, de fecha 12 de julio de 2017, suscrita por el Jurado Electoral Especial de Cusco, correspondiente

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