Norma Legal Oficial del día 17 de Diciembre del año 1999 (17/12/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, viernes 17 de diciembre de 1999
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Pag. 181535

Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesion de ruta: MORDAZA - HUANCAYO y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 759-99-MTC/15.18.04.1.SCG., se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA S.A. la concesion de la ruta: MORDAZA HUANCAYO y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIA ESCALA COMERCIAL FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA : : : : : : : MORDAZA - HUANCAYO y viceversa MORDAZA HUANCAYO JAUJA-SICAYA-CHUPACA UNA DIARIA JAUJA-SICAYA-CHUPACA Cuatro omnibus

ha solicitado otorgamiento de la concesion de ruta: MORDAZA MORDAZA y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 619-99-MTC/15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES Y TURISMO NANO S.A.C., la concesion de la ruta: MORDAZA - MORDAZA y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS HORARIOS DE SALIDA : : : : : : : MORDAZA - MORDAZA y VICEVERSA MORDAZA MORDAZA HUAURA-PATIVILCA-HUARMEYCASMA-CHIMBOTE-TRUJILLO-CHICLAYO CHIMBOTE-TRUJILLO-CHICLAYO UNA DIARIA LIMA: A las 18.00 horas PIURA: A las 18.00 horas UI-8831 (1990) y UI-8832 (1991) UQ-3997 (1992)

: Tres omnibus: UO-7136 (1995), UO-7137 (1995) y UQ-3696 (1982) FLOTA DE RESERVA : Un omnibus: UQ-3698 (1982) : Salida de Lima: A las 21.30 horas Salida de Huancayo: A las 21.30 horas.

FLOTA OPERATIVA : FLOTA DE RESERVA :

HORARIOS

La Tarjeta de Circulacion Vehicular sera expedida con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados. Segundo.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion; para lo cual debera contar lo establecido en el Articulo 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario, se procedera a aplicar lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del citado Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 15660 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2877-99-MTC/15.18 MORDAZA, 11 de noviembre de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02743010, organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES Y TURISMO NANO S.A.C., sobre concesion de ruta del Servicio Publico de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus y el Informe Nº 619-99MTC/15.18.04.1.MMF emitidos por la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES Y TURISMO NANO S.A.C., mediante el expediente indicado en vistos,

Las tarjetas de circulacion seran expedidas en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados. Segundo.- La empresa esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha de su notificacion. Cuarto.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion; para lo cual debera contar lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95MTC, caso contrario, se procedera a aplicar lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Quinto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 15662

PODER JUDICIAL
Declaran infundada impugnacion contra resolucion referida a cese de personal por causal de reorganizacion y racionalizacion administrativa
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 515-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 13 de diciembre de 1999

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.