Norma Legal Oficial del día 14 de Febrero del año 2001 (14/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, miercoles 14 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, con fecha 29 de agosto de 2000, la empresa INVERSIONES LINOMAX S.A. interpone Recurso de Apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 5092000-MITINCI/VMT/DNT, manifestando en su descargo que, de conformidad con el Articulo 2º, numeral 20 de la Constitucion Politica del Estado, y por razones atendibles, solicito, sin resultado alguno, la ampliacion del plazo para presentar todos los requisitos que le fueran requeridos por la Direccion Nacional de Turismo, mediante el Oficio Nº 1500-2000-MITINCI/ VMT/DNT; Que, asimismo, expresa que ante tal situacion interpuso una Accion de MORDAZA para que se declaren inaplicables los articulos de la Ley Nº 27153 que vulneran sus derechos constitucionales, motivo por el cual, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 13º de la Ley Organica del Poder Judicial, oportunamente solicito la abstencion administrativa con respecto a su solicitud de Autorizacion Expresa; Que, conforme se aprecia en los actuados, mediante el Oficio Nº 1500-2000-MITINCI/VMT/DNT, la Direccion Nacional de Turismo requirio a la empresa INVERSIONES LINOMAX S.A. diversos requisitos contemplados en la Ley Nº 27153 y en su respectivo Reglamento, no habiendo cumplido con presentar, dicha empresa, la documentacion correspondiente, por considerar que la Administracion debia abstenerse de pronunciarse sobre su solicitud, dado a que se encontraba en MORDAZA su Accion de MORDAZA formulada contra las exigencias de la Ley Nº 27153 y su Reglamento; Que, la Administracion, en estricta aplicacion de la Ley Nº 27153, de su Reglamento y del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, dio curso a la solicitud de la citada empresa, por lo que al no haber cumplido esta con presentar los requisitos establecidos por la nombrada Ley y su Reglamento, resulta procedente que la Direccion Nacional de Turismo, mediante la Resolucion Directoral Nº 509-2000-MITINCI/VMT/DNT, MORDAZA ordenado que se tenga por no presentada su solicitud y que se archive el Expediente Nº 0009613-2000-MITINCI; Que, siendo el Viceministro de Turismo la Autoridad Administrativa que resuelve en MORDAZA y MORDAZA instancia todo procedimiento de Autorizacion Expresa vinculado con la explotacion de maquinas tragamonedas, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; y estando a lo dispuesto en la Ley Nº 27153, la Ley Nº 27232 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion interpuesto por la Empresa INVERSIONES LINOMAX S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 509-2000-MITINCI/VMT/DNT, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Declarese agotada la via administrativa en lo que MORDAZA sido materia de Apelacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

Que, mediante Resolucion Directoral Nº 513-2000MITINCI/VMT/DNT, se resuelve que se tenga por no presentada la solicitud de la empresa INVERSIONES LINOMAX S.A. sobre Autorizacion Expresa para Explotar Maquinas Tragamonedas en el establecimiento ubicado en la Av. Gran Chimu Nº 372, San MORDAZA de Lurigancho, MORDAZA, al no haber cumplido con subsanar las observaciones formuladas por la Direccion Nacional de Turismo en el plazo senalado en el Articulo 19º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, y que se archive la documentacion presentada en el Expediente Nº 016642-2000-MITINCI; Que, con fecha 29 de agosto de 2000, la empresa INVERSIONES LINOMAX S.A. interpone Recurso de Apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 513-2000MITINCI/VMT/DNT, manifestando en su descargo que, de conformidad con el Articulo 2º, numeral 20º de la Constitucion Politica del Estado, y por razones atendibles, solicito, sin resultado alguno, la ampliacion del plazo para presentar todos los requisitos que le fueran requeridos por la Direccion Nacional de Turismo, mediante el Oficio Nº 1498-2000-MITINCI/VMT/DNT; Que, asimismo, expresa que ante tal situacion interpuso una Accion de MORDAZA para que se declaren inaplicables los articulos de la Ley Nº 27153 que vulneran sus derechos constitucionales, motivo por el cual, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 13º de la Ley Organica del Poder Judicial, oportunamente solicito la abstencion administrativa con respecto a su solicitud de Autorizacion Expresa; Que, conforme se aprecia en los actuados, mediante el Oficio Nº 1498-2000-MITINCI/VMT/DNT, la Direccion Nacional de Turismo requirio a la empresa INVERSIONES LINOMAX S.A. diversos requisitos contemplados en la Ley Nº 27153 y en su respectivo Reglamento, no habiendo cumplido con presentar, dicha empresa, la documentacion correspondiente, por considerar que la Administracion debia abstenerse de pronunciarse sobre su solicitud, dado a que se encontraba en MORDAZA su Accion de MORDAZA formulada contra las exigencias de la Ley Nº 27153 y su Reglamento; Que, la Administracion, en estricta aplicacion de la Ley Nº 27153, de su Reglamento y del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, dio curso a la solicitud de la citada empresa, por lo que al no haber cumplido esta con presentar los requisitos establecidos por la nombrada Ley y su Reglamento, resulta procedente que la Direccion Nacional de Turismo, mediante la Resolucion Directoral Nº 513-2000-MITINCI/VMT/DNT, MORDAZA ordenado que se tenga por no presentada su solicitud y que se archive el Expediente Nº 016642-2000-MITINCI; Que, siendo el Viceministro de Turismo la Autoridad Administrativa que resuelve en MORDAZA y MORDAZA instancia todo procedimiento de Autorizacion Expresa vinculado con la explotacion de maquinas tragamonedas, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; y estando a lo dispuesto en la Ley Nº 27153, la Ley Nº 27232 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; SE RESUELVE:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Turismo 18094 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 037-2001-MITINCI/VMT MORDAZA, 26 de enero del 2001

Articulo 1º.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion interpuesto por la Empresa INVERSIONES LINOMAX S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 513-2000-MITINCI/VMT/DNT, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Declarese agotada la via administrativa en lo que MORDAZA sido materia de Apelacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

Vistos, el Recurso de Apelacion interpuesto por la empresa INVERSIONES LINOMAX S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 513-2000-MITINCI/VMT/DNT, de fecha 18 de agosto de 2000 y el Informe Nº 027-2001MITINCI/VMT/AJA;

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Turismo 18095

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