Norma Legal Oficial del día 06 de Julio del año 2001 (06/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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MORDAZA, falta de celo, criterio tecnico y otras acciones u omisiones que causen dano al INFES seran asumidos por el Residente; reservandose el INFES el derecho de iniciar las acciones pertinentes para el cobro de los danos y perjuicios originados por causas imputables al Residente durante la ejecucion de la obra; Que, una vez concluida la obra fisica, la Comision de Recepcion designada para tal efecto, procedio a la constatacion y verificacion de las obras realizadas observando que estas han sido concluidas conforme a los documentos tecnicos del proyecto y modificaciones autorizadas por la supervision, procediendo a recepcionar los trabajos, mediante la correspondiente Acta de Recepcion de Obra; Que, por medio del Informe Nº 004-95-GO-PRESINFES, la Comision Permanente de Liquidacion de Obras de Administracion Directa, formulo la liquidacion de la obra C.E. Nº 5086, estableciendo un costo final de S/. 490 671,75, lo que dio lugar a que por Oficio Nº 233-95-GOPRES-INFES, se requiera al Residente de Obra otorgue mayor informacion por el mayor costo de obra, toda vez que las valorizaciones pagadas y actualizadas y el adicional de obra como la ampliacion de meta solo alcanza la suma de S/. 391 743,91; Que, con fecha 30 de octubre de 1999, la Comision de Liquidacion de Obras por Administracion Directa, reformulo la liquidacion final de la obra C.E. Nº 5086, determinando entre otros, encargar a la Gerencia de Administracion la recuperacion del importe de S/. 128 846,10 por parte del Residente de Obra, monto que comprende la suma de S/. 29 917,54 por saldos de anticipos otorgados y no rendidos, y la suma de S/. 98 928,56, por responsabilidad administrativa al haber incurrido en mayores gastos de planillas de jornales por mano de obra, no sustentados tecnicamente; Que, por Resolucion de Gerencia de Obras Nº 679-1999PRES-INFES de fecha 19 de noviembre de 1999, se establecio el saldo a cargo del Residente de Obra, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ascendente a S/. 128 846,10, la misma que fue notificada mediante el Oficio Nº 9721-1999GO-PRES-INFES, de fecha 22 de noviembre de 1999, cursado por conducto notarial cuya MORDAZA de recepcion aparece que dicho Oficio fue dejado en el domicilio indicado, no habiendose interpuesto recurso impugnativo alguno, por lo que la resolucion ha quedado consentida; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, los Articulos 1219º, 1242º y 1333º del Codigo Civil, y el Decreto Supremo Nº 019-93-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Sector a iniciar las acciones judiciales que correspondan por las razones y hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al Procurador Publico del Ministerio de la Presidencia, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 26470

Que, a traves del Informe Especial Legal Nº 0142000-INADE/2101-OGAI elaborado por la Oficina General de Auditoria Interna del INADE, se concluye que se han utilizado recursos del Proyecto Especial Majes MORDAZA, para la adquisicion de pasajes aereos a nombre de terceras personas que no tenian vinculo laboral con el mencionado Proyecto, ni con el INADE, situacion que se acredita con los boletos de pasajes y notas de cobranza emitidos por la Agencia de Viajes y Servicios MORDAZA E.I.R.L.; Que, la referida situacion se agrava por el hecho que las referidas instrumentales han sido posteriormente sustituidas a nombre de trabajadores del Proyecto Especial Majes MORDAZA, los que nunca realizaron dichos viajes, tal como se corrobora con sus testimoniales que corren en el expediente administrativo; Que, mediante el Informe Especial Legal referido en el primer considerando, se ha determinado que los hechos evidencian la existencia de indicios razonables de la comision de ilicitos penales, habiendo sido individualizados como presuntos autores el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Unidad de Abastecimientos y Servicios Generales; Eco. MORDAZA Congona MORDAZA, Jefe de la Oficina de Administracion y el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Adriazola, ex Director Ejecutivo del Proyecto Especial Majes Siguas; Que, el Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control, en su Articulo 16º preve que los resultados de cualquier accion de control, emitidos por cualquiera de los organos del Sistema, estan considerados como prueba preconstituida para el inicio de acciones administrativas y/o legales a que hubiere lugar; Que, en tal sentido es necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, a interponer las acciones legales correspondientes; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones legales correspondientes por las razones y hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso, al mencionado Procurador Publico, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 26471

Atrznapouao iiirpoe uoia rcrdr nca rcs jdca cnr epeacnrtsa o uiil ota mrs otait para que cumpla con el pago de saldo Atrzn a pouao iiir aco duo d lqiaind or uoia rcrdr nca ci- edr e iudco e ba nes correspondientes contra presunRESOLUCION MINISTERIAL Nº 233-2001-PRES tos r s o s b e p n a les d l c m s o d e a oiin e dltse arvodlPoet Epeio n gai e ryco se MORDAZA, 27 de junio del 2001 ca MjsSga il ae ius Visto, el Oficio Nº 461-2001/CTAR PIURA-P del ConseRESOLUCION MINISTERIAL Nº 231-2001-PRES MORDAZA, 26 de junio del 2001 Visto el Oficio Nº 0784-2001-INADE-1101-OGAJ del Jefe del Instituto Nacional de Desarrollo -INADE; y, jo Transitorio de Administracion Regional CTAR Piura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio de visto la Presidencia del CTAR MORDAZA pone en conocimiento del Despacho del Viceministro de Desarrollo Regional el Informe Nº 076-

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