Norma Legal Oficial del día 16 de Mayo del año 2002 (16/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 16 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion del bien que se encuentra en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; CONSIDERANDO: Que, los Articulos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882, "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion", establecen que la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios que efectuen las instituciones educativas publicas y particulares, para sus fines propios, estan inafectas de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobo la relacion de bienes y servicios inafectos al pago de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas aplicables a las instituciones educativas publicas o particulares estableciendose, asimismo, el procedimiento para la aplicacion del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APRUEBASE, en via de regularizacion, la inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion realizada por la Universidad Privada MORDAZA MORDAZA segun consta en el Expediente Nº 29872-2001, por un valor total de US$ 206 392,95 (Doscientos Seis Mil Trescientos Noventa y Dos y 95/100 Dolares de Estados Unidos de America), del siguiente bien que se encuentra incluido en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF y la adecuacion arancelaria senalada en la Circular Nº 46-06-98-ADUANAS-INTA del 19 de enero de 1998: Cantidad (Unidad) 01 Partida Arancelaria Descripcion

ENERGIA Y MINAS
Aprueban Addendum que modifica contrato de concesion celebrado entre el Ministerio y ETECEN
RESOLUCION SUPREMA Nº 018-2002-EM
MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2002 Visto: El Expediente Nº 14048294 sobre concesion definitiva de transmision de energia electrica organizado por la Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. ETECEN, y las solicitudes de modificacion de la concesion definitiva presentada el 20 y 28 de diciembre de 2001; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 081-94-EM de fecha 17 de noviembre de 1994, se otorgo a favor de ETECEN concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, entre otras, con las lineas de transmision en 220 kV de tension: S.E. Paramonga Nueva - S.E. Chimbote 1 de una (01) terna, S.E. MORDAZA S.E. Chiclayo Oeste de una (01) terna, S.E. MORDAZA - S.E. Independencia y S.E. Chiclayo Oeste - S.E. MORDAZA Oeste, aprobandose el contrato de concesion Nº 033-94; Que, mediante documentos presentados el 20 y 28 de diciembre de 2001, ingresado bajo los Registros Nºs. 1346559, 1347279, 1346555 y 1346557, la concesionaria solicita la modificacion de la concesion a que se refiere el considerando que antecede, exponiendo como sustento la necesidad de efectuar variacion en el recorrido de las indicadas lineas; Que, la concesionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y la solicitud cuenta con la opinion favorable a que se refiere el Informe Nº 030-2002-EM/DGE, siendo procedente aprobar el Addendum Nº 033-94-2 al contrato de concesion Nº 033-94, el mismo que debera ser elevado a Escritura Publica incorporando en esta el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Estando a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 53º y en el Articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Addendum Nº 033-94-2 que modifica el Anexo Nº 2 del Contrato de Concesion Nº 03394 celebrado entre el Ministerio de Energia y Minas y la Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. - ETECEN, por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La modificacion se refiere a los siguientes tramos:
Salida / Llegada de las Lineas Electricas S.E. PARAMONGA NUEVA - S.E. CHIMBOTE 1 Codigo Tension (kV) Nº de Ternas Longitud (km) Modificacion de la Linea y Rehabilitacion Tramo Chimbote: L-215 A desde la MORDAZA T-008 a T-039, longitud 11,93 km. Tramo Casma: L-215 B desde la MORDAZA T-115 a T-134, longitud 8,04 km Tramo Huarmey: L-215C - longitud 36,68 km, desde la MORDAZA T-310 a T-396 Tramo comprendido entre las MORDAZA T-165 y T-170, longitud 2.44 km.

8443.19.00.00 Las demas maquinas y aparatos para imprimir, offset.

Articulo 2º.- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la importacion del bien se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Universidad Privada MORDAZA MORDAZA segun Expediente Nº 29872-2001 y que dicho bien sea destinado al cumplimiento de los fines propios de la referida institucion educativa. Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que correspondan efectuar segun el caso, al Ministerio de Educacion, asi como a la Superintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS-, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria del bien cuya inafectacion se solicita. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion Encargado de la Cartera de Economia y Finanzas 8793

L-215

220

01

220,31

S.E. MORDAZA S.E. CHICLAYO OESTE

L-236

220

01

84,10

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