Norma Legal Oficial del día 27 de Agosto del año 2004 (27/08/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

Pag. 275266
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 27 de agosto de 2004

Que, el articulo 1º de la Constitucion Politica del Estado establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado; Que, es deber de la sociedad y del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, como expresion de la supremacia de la persona humana, fin y objeto de todo el sistema democratico; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 065-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 101-2001-PCM, se constituyo la Comision de la Verdad y Reconciliacion con la finalidad de esclarecer el MORDAZA, los hechos y responsabilidades de la violencia terrorista y de la violacion de los derechos humanos producidos desde MORDAZA de 1980 hasta noviembre de 2000, imputables principalmente a las organizaciones terroristas pero tambien a los agentes del Estado; asimismo proponer iniciativas destinadas a afirmar la paz y la MORDAZA entre los peruanos, como para propender a la reconciliacion nacional, al MORDAZA de la justicia y al fortalecimiento del regimen democratico constitucional; Que, en el mes de agosto del ano 2003, la Comision de la Verdad y Reconciliacion concluyo sus labores presentando su Informe Final, el mismo que contiene una serie de conclusiones y recomendaciones, destinadas a procurar el establecimiento de los mecanismos y politicas necesarias para superar las causas y consecuencias del MORDAZA de violencia vivido en el pais; Que, las conclusiones de los numerales 163 a 167 del Informe de la Comision de la Verdad y Reconciliacion senalan que las victimas de la violencia deben recibir atencion preferente por parte del Estado, recomendando la implementacion de un "Plan Integral de Reparaciones"; Que, a la fecha, el Estado Peruano ha venido implementando una serie de reparaciones, asi como aprobado el Plan de Paz y Desarrollo I para los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, y las provincias de Satipo (departamento de Junin) y La Convencion (departamento del Cusco), asi como la formulacion del Plan de Paz y Desarrollo II para los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Pasco y San MORDAZA y la provincia de Padre MORDAZA del departamento de Ucayali, mediante el Decreto Supremo Nº 092-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 001-2004PCM, respectivamente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 024-2004-PCM se conformo la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion y la reconciliacion nacional; Que, el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 011-2004PCM senala como funciones de la Comision el coordinar las politicas publicas especificas para el cumplimiento de los objetivos de paz, reconciliacion y reparacion; Que, la Comision Multisectorial de Alto Nivel en virtud de los mandatos recibidos por los Decretos que MORDAZA su conformacion y funcionamiento, y tras revisar el "Plan Integral de Reparaciones" propuesto por la Comision de la Verdad y Reconciliacion en su Informe Final, asi como las acciones que el Estado ha venido realizando hasta la fecha en esa materia, ha llegado a la conclusion que es necesario reforzar los mecanismos de coordinacion programatica y operativa, a fin de mejorar la eficacia, eficiencia e impacto de las acciones asi como el seguimiento de las mismas, tomando como base el "Plan Integral de Reparaciones" propuesto por la Comision de la Verdad y Reconciliacion con los aportes y complementos desarrollados por el Estado en materia de reparaciones en vivienda y otros, asi como su ajuste progresivo en funcion del desarrollo del MORDAZA de descentralizacion en curso; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebese como MORDAZA Programatico de la accion del Estado en materia de reparaciones integrales, los siguientes ejes: Restitucion de Derechos Ciudadanos, Reparaciones en Educacion, Reparaciones en Salud,

Reparaciones Colectivas y las Reparaciones Simbolicas. Este MORDAZA Programatico servira de base para la formulacion, coordinacion, seguimiento, monitoreo y ajuste del Plan Integral de Reparaciones que el Estado apruebe como parte de su politica de paz, reparacion colectiva y reconciliacion nacional. Articulo 2º.- Integrese como parte de las medidas y beneficios complementarios del Plan Integral de Reparaciones al que se refiere el articulo 1º de este Decreto Supremo, la promocion y facilitacion del acceso a una solucion habitacional para las victimas del conflicto armado interno o sus deudos, contribuyendo a que tengan una proyeccion de MORDAZA y un futuro en condiciones de dignidad y bienestar. Dichas acciones, se desarrollaran progresivamente en el MORDAZA del Plan Nacional de Vivienda, de acuerdo al nivel de financiamiento al que se refiere el articulo 4º del presente Decreto Supremo y podran comprender mecanismos que contribuyan al mejoramiento de vivienda rural, la regularizacion de la propiedad y un sistema de preferencias para el acceso a los programas de vivienda y servicios basicos que ejecuta o MORDAZA el Estado. Articulo 3º.- Los sectores del Estado involucrados en la ejecucion del Plan Integral de Reparaciones al que se refiere el presente Decreto, incluiran los objetivos generales, especificos y metas, acciones permanentes y temporales y los proyectos de Inversion Publica vinculados a estas materias, en sus planes estrategicos sectoriales multianuales, planes estrategicos institucionales y su programacion operativa anual. Articulo 4º.- Los pliegos presupuestarios involucrados en la materia de reparaciones integrales, desarrollaran estrategias economicas de corto, mediano y largo plazo conducentes al financiamiento del Plan Integral de Reparaciones, cuyos gastos seran atendidos con los respectivos presupuestos institucionales aprobados en las Leyes Anuales de Presupuesto. Articulo 5º.- El Ministerio de Economia y Finanzas incluira en el MORDAZA de transparencia economica a su cargo, un procedimiento de consulta publica para el seguimiento de la ejecucion presupuestal vinculada a las acciones del Estado a traves de sus diversos sectores y pliegos referidas a la aplicacion del Plan Integral de Reparaciones y en su caso, a las recomendaciones de la CVR en lo que fuera pertinente. Articulo 6º.- Los sectores del Estado involucrados en la ejecucion del Plan Integral de Reparaciones designaran un representante permanente que trabajara directamente con la Secretaria Ejecutiva de la Comision Multisectorial de Alto Nivel para los fines de una mejor coordinacion y cooperacion intersectorial, los que conformaran el Grupo de Apoyo a esta. Articulo 7º.- Declarese como zonas de primera prioridad para la ejecucion de las acciones en materia de reparaciones integrales a los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Pasco y las provincias de La Convencion (departamento del Cusco) y Padre MORDAZA (departamento de Ucayali). Esta relacion podra ser ampliada y/o modificada mediante Decreto Supremo a propuesta de la Comision Multisectorial de Alto Nivel creada por Decreto Supremo Nº 011-2004PCM, modificada por el Decreto Supremo Nº 024-2004PCM. Articulo 8º.- Encarguese a la Comision Multisectorial de Alto Nivel creada por Decreto Supremo Nº 011-2004PCM, modificada por el Decreto Supremo Nº 024-2004PCM, con la colaboracion del Grupo de Apoyo al que se refiere el articulo 6º del presente Decreto Supremo, la preparacion y publicacion en un plazo de 60 dias del texto unico concordado del MORDAZA Programatico de la accion del Estado en materia de Reparaciones Integrales a que se refiere el presente Decreto Supremo, asi como la programacion multianual de las acciones del Estado para el periodo 2005-2006. Articulo 9º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, la Ministra de Salud, el Ministro de Educacion, el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, el Ministro de Agricultura, el Mi-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.